{"ley":{"id":"aguascalientes/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Aguascalientes","abreviatura":"CCAGS","titulo":"Código Civil del Estado de Aguascalientes","jurisdiccion":"aguascalientes","materia":"civil","publicacion_original":"1947-12-07","ultima_reforma":"2026-09-21","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes","fuente":"H. Congreso del Estado de Aguascalientes — Leyes","fuente_url":"https://congresoags.gob.mx/agenda_legislativa/leyes","archivo_url":"https://congresoags.gob.mx/agenda_legislativa/leyes/descargarPdf/474","sha256":"624e34061724fbc7fd39a1100739497da20073217876ca8d7cc7c00609d35be5","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-civil/","notas_verificacion":["9 renglones justificados que el texto del PDF da palabra por palabra se leen como un solo renglón.","1 párrafos cortados por el salto de página después de ';' (la página siguiente empieza con minúscula) se unen.","17 notas de reforma impresas en dos o más renglones se leen como una sola nota.","18 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","2 notas de reforma impresas después de un encabezado (fuera de un artículo) no se asignan a ningún artículo.","4 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","51 notas de reforma impresas entre un encabezado y el primer rótulo de artículo van en nota_reforma de ese artículo (no en el nombre del encabezado).","2 notas de la Suprema Corte impresas bajo un encabezado («(NOTA: … DECLARÓ LA INVALIDEZ …)») van en nota_reforma del artículo que sigue (arts. 143, 313 Bis).","número de artículo repetido en la fuente: 347 Quinquies (orden 371 y 372); el segundo se publica con clave '347 Quinquies-dup2'","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Leyes); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y «Última actualización: …»). Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio."]},"articulo":{"numero":"1228","clave":"1228","slug":"1228","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO TERCERO.. DE LAS SUCESIONES.","TITULO SEGUNDO.. DE LA SUCESION POR TESTAMENTO.","CAPITULO III.. DE LA CAPACIDAD PARA HEREDAR."],"texto":"Son incapaces de heredar por testamento o por intestado:\n\nI.- El que haya sido condenado por haber dado, mandado o intentado dar muerte a la persona de cuya sucesión se trate, o a los padres, hijos, cónyuge o hermanos de ella;\n\n(REFORMADA, P.O. 7 DE MAYO DE 2018)\n\nII.- EI que haya presentado contra el autor de la sucesión, sus ascendientes, descendientes, hermanos o cónyuge, denuncia o querella infundada contra el autor de la sucesión;\n\nIII.- El cónyuge que mediante juicio ha sido declarado adúltero, si se trata de suceder al cónyuge inocente;\n\nIV.- El coautor del cónyuge adúltero, ya sea que se trate de la sucesión de éste o de la del cónyuge inocente;\n\nV.- El que haya sido condenado por un delito que merezca pena de prisión, cometido contra el autor de la herencia, de sus hijos, de su cónyuge, de sus ascendientes o de sus hermanos;\n\nVI.- El padre y la madre respecto del hijo expuesto por ellos;\n\n(REFORMADA, P.O. 5 DE NOVIEMBRE DE 2001)\n\nVII.- Los ascendientes que abandonen, prostituyan o corrompan a sus descendientes, respecto de los ofendidos;\n\nVIII.- Los demás parientes del autor de la herencia que, teniendo obligación de darle alimentos, no la hubieren cumplido;\n\nIX.- Los parientes del autor de la herencia que, hallándose éste imposibilitado para trabajar y sin recursos, no se cuidaren de recogerlo, o de hacerlo recoger en establecimientos de beneficencia;\n\nX.- El que usare de violencia, dolo o fraude con una persona para que haga, deje de hacer o revoque su testamento;\n\nXI.- El que conforme al Código Penal fuere culpable de supresión, substitución o suposición de infante, siempre que se trate de la herencia que debió de corresponder a éste o a las personas a quienes se haya perjudicado o intentado perjudicar con esos actos;\n\n(ADICIONADA, P.O. 5 DE NOVIEMBRE DE 2001)\n\nXII.- El que haya sido condenado por delito cometido en contra del autor de la herencia, o el que haya cometido en contra de éste violencia familiar.","nota":"(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 5 DE NOVIEMBRE DE 2001)","url":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-civil/articulo-1228/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-civil/articulo-1228.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"aguascalientes/codigo-civil","numero":"1229","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-civil/articulo-1229/"},{"ley":"aguascalientes/codigo-civil","numero":"1230","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-civil/articulo-1230/"},{"ley":"aguascalientes/codigo-civil","numero":"1232","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-civil/articulo-1232/"},{"ley":"aguascalientes/codigo-civil","numero":"1234","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-civil/articulo-1234/"},{"ley":"aguascalientes/codigo-civil","numero":"1252","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-civil/articulo-1252/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"1316","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-1316/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"1316","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-1316/"},{"ley":"chihuahua/codigo-civil","numero":"1219","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-1219/"},{"ley":"estado-de-mexico/codigo-civil","numero":"6.20","epigrafe":"Capacidad e incapacidad para ser heredero","url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-civil/articulo-6-20/"},{"ley":"sonora/codigo-civil","numero":"1391","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/articulo-1391/"}]}},"cita":"Artículo 1228, Código Civil de Aguascalientes (Aguascalientes). Texto vigente, última reforma 21 sep 2026. https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-civil/articulo-1228/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}