{"ley":{"id":"aguascalientes/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Aguascalientes","abreviatura":"CCAGS","titulo":"Código Civil del Estado de Aguascalientes","jurisdiccion":"aguascalientes","materia":"civil","publicacion_original":"1947-12-07","ultima_reforma":"2026-09-21","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes","fuente":"H. Congreso del Estado de Aguascalientes — Leyes","fuente_url":"https://congresoags.gob.mx/agenda_legislativa/leyes","archivo_url":"https://congresoags.gob.mx/agenda_legislativa/leyes/descargarPdf/474","sha256":"624e34061724fbc7fd39a1100739497da20073217876ca8d7cc7c00609d35be5","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-civil/","notas_verificacion":["9 renglones justificados que el texto del PDF da palabra por palabra se leen como un solo renglón.","1 párrafos cortados por el salto de página después de ';' (la página siguiente empieza con minúscula) se unen.","17 notas de reforma impresas en dos o más renglones se leen como una sola nota.","18 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","2 notas de reforma impresas después de un encabezado (fuera de un artículo) no se asignan a ningún artículo.","4 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","51 notas de reforma impresas entre un encabezado y el primer rótulo de artículo van en nota_reforma de ese artículo (no en el nombre del encabezado).","2 notas de la Suprema Corte impresas bajo un encabezado («(NOTA: … DECLARÓ LA INVALIDEZ …)») van en nota_reforma del artículo que sigue (arts. 143, 313 Bis).","número de artículo repetido en la fuente: 347 Quinquies (orden 371 y 372); el segundo se publica con clave '347 Quinquies-dup2'","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Leyes); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y «Última actualización: …»). Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio."]},"articulo":{"numero":"2283","clave":"2283","slug":"2283","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO CUARTO.. DE LAS OBLIGACIONES.","PARTE SEGUNDA.. DE LAS DIVERSAS ESPECIES DE CONTRATOS.","TITULO SEXTO.. DEL ARRENDAMIENTO.","CAPITULO II.. DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR."],"texto":"El arrendador está obligado, aunque no haya pacto expreso:\n\n(REFORMADA, P.O. 7 DE MAYO DE 2018)\n\nI.- A entregar al arrendatario la finca arrendada, con todas sus pertenencias, al corriente en el pago de los servicios públicos básicos y accesorios vinculados a la cosa arrendada, y en estado de servir para el uso convenido; si no hubo convenio expreso, para aquel a que por su misma naturaleza estuviere destinada; así como en condiciones que ofrezcan al arrendatario la higiene y seguridad del inmueble;\n\nII.- A conservar la cosa arrendada en el mismo estado durante el arrendamiento, haciendo para ello todas las reparaciones necesarias;\n\nIII.- A no estorbar ni embarazar de manera alguna el uso de la cosa arrendada, a no ser por causa de reparaciones urgentes o indispensables;\n\n(REFORMADA, P.O. 27 DE OCTUBRE DE 2008)\n\nIV.- A garantizar el uso o goce pacifico de la cosa por todo el tiempo del contrato;\n\n(REFORMADA, P.O. 27 DE OCTUBRE DE 2008)\n\nV.- A responder de los daños y perjuicios que sufra el arrendatario por los defectos o vicios ocultos de la cosa, anteriores al arrendamiento;\n\n(ADICIONADA, P.O. 27 DE OCTUBRE DE 2008) (F. DE E., P.O. 1 DE DICIEMBRE DE 2008)\n\nVI.- A solicitar al arrendatario copia de su identificación oficial y comprobante de domicilio, así como los del fiador u obligado solidario y en su caso de su representante legal; si el arrendatario es extranjero, adicionalmente, le deberá solicitar copia de la documentación oficial que acredite su estancia legal en el país; y\n\n(ADICIONADA, P.O. 27 DE OCTUBRE DE 2008)\n\nVII.- Inscribir o dar aviso del contrato de arrendamiento al Registro Público de la Propiedad, conforme a lo dispuesto por el Artículo 2876 de este Código, formalidad que en caso de no cumplirse, será causa de rescisión imputable al arrendador.","nota":"(REFORMADO, P.O. 13 DE SEPTIEMBRE DE 2004)","url":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-civil/articulo-2283/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-civil/articulo-2283.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"aguascalientes/codigo-civil","numero":"2285","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-civil/articulo-2285/"},{"ley":"aguascalientes/codigo-civil","numero":"2289","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-civil/articulo-2289/"},{"ley":"aguascalientes/codigo-civil","numero":"2319 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-civil/articulo-2319-bis/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"2286","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-2286/"},{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"2412","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-2412/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"2412","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-2412/"},{"ley":"chihuahua/codigo-civil","numero":"2311","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-2311/"},{"ley":"sonora/codigo-civil","numero":"2680","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/articulo-2680/"}]}},"cita":"Artículo 2283, Código Civil de Aguascalientes (Aguascalientes). Texto vigente, última reforma 21 sep 2026. https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-civil/articulo-2283/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}