{"ley":{"id":"aguascalientes/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Aguascalientes","abreviatura":"CCAGS","titulo":"Código Civil del Estado de Aguascalientes","jurisdiccion":"aguascalientes","materia":"civil","publicacion_original":"1947-12-07","ultima_reforma":"2026-09-21","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes","fuente":"H. Congreso del Estado de Aguascalientes — Leyes","fuente_url":"https://congresoags.gob.mx/agenda_legislativa/leyes","archivo_url":"https://congresoags.gob.mx/agenda_legislativa/leyes/descargarPdf/474","sha256":"624e34061724fbc7fd39a1100739497da20073217876ca8d7cc7c00609d35be5","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-civil/","notas_verificacion":["9 renglones justificados que el texto del PDF da palabra por palabra se leen como un solo renglón.","1 párrafos cortados por el salto de página después de ';' (la página siguiente empieza con minúscula) se unen.","17 notas de reforma impresas en dos o más renglones se leen como una sola nota.","18 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","2 notas de reforma impresas después de un encabezado (fuera de un artículo) no se asignan a ningún artículo.","4 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","51 notas de reforma impresas entre un encabezado y el primer rótulo de artículo van en nota_reforma de ese artículo (no en el nombre del encabezado).","2 notas de la Suprema Corte impresas bajo un encabezado («(NOTA: … DECLARÓ LA INVALIDEZ …)») van en nota_reforma del artículo que sigue (arts. 143, 313 Bis).","número de artículo repetido en la fuente: 347 Quinquies (orden 371 y 372); el segundo se publica con clave '347 Quinquies-dup2'","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Leyes); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y «Última actualización: …»). Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio."]},"articulo":{"numero":"289","clave":"289","slug":"289","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO.. DE LAS PERSONAS.","TÍTULO QUINTO. DE LA FAMILIA","CAPITULO XII.. DEL DIVORCIO."],"texto":"El cónyuge que unilateralmente desee promover el juicio de divorcio deberá acompañar a su solicitud la propuesta de convenio para regular las consecuencias inherentes a la disolución del vínculo matrimonial, debiendo contener los siguientes requisitos:\n\nI.- La designación de la persona que tendrá la guarda y custodia de los hijos menores de edad o incapaces;\n\nII.- Las modalidades bajo las cuales el progenitor, que no tenga la guarda y custodia, ejercerá el derecho de visitas, respetando los horarios de comidas, descanso y estudio de los hijos;\n\nIII.- El modo de atender las necesidades de los hijos y, en su caso, del cónyuge a quien deba darse alimentos, especificando la forma, lugar y fecha de pago de la obligación alimentaria, así como la garantía para asegurar su debido cumplimiento;\n\nIV.- En su caso, la designación del cónyuge al que corresponderá el uso del domicilio conyugal y su menaje;\n\n(REFORMADA, P.O. 16 DE JUNIO DE 2025)\n\nV.- La manera de administrar los bienes de la sociedad conyugal durante el procedimiento y hasta que se liquide, así como la forma de liquidarla, exhibiendo para ese efecto, en su caso, las capitulaciones matrimoniales, el inventario que considere respecto a los bienes muebles, inmuebles y animales de compañía, en su caso; avalúo y el proyecto de participación;\n\nVI.- En el caso de que los cónyuges hayan celebrado el matrimonio bajo el régimen de separación de bienes deberá señalarse la compensación, que no podrá ser superior al 50% del valor de los bienes que hubieren adquirido, a que tendrá derecho el cónyuge que, durante el matrimonio, se haya dedicado preponderantemente al desempeño del trabajo del hogar y, en su caso, al cuidado de los hijos. El Juez resolverá atendiendo a las circunstancias especiales de cada caso.\n\nEl divorcio se decretará solo cuando se cumpla con los requisitos señalados en el presente Artículo.","nota":"(REFORMADO, P.O. 22 DE JUNIO DE 2015)","url":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-civil/articulo-289/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-civil/articulo-289.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"aguascalientes/codigo-civil","numero":"294 Ter","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-civil/articulo-294-ter/"},{"ley":"aguascalientes/codigo-civil","numero":"295","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-civil/articulo-295/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"tabasco/codigo-civil","numero":"273","epigrafe":"Requisitos del convenio","url":"https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-civil/articulo-273/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"267","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-267/"},{"ley":"nayarit/codigo-civil","numero":"261","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nayarit/codigo-civil/articulo-261/"},{"ley":"tamaulipas/codigo-civil","numero":"249","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-civil/articulo-249/"},{"ley":"puebla/codigo-civil","numero":"443","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-443/"}]}},"cita":"Artículo 289, Código Civil de Aguascalientes (Aguascalientes). Texto vigente, última reforma 21 sep 2026. https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-civil/articulo-289/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}