{"ley":{"id":"aguascalientes/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Aguascalientes","abreviatura":"CPAGS","titulo":"Código Penal para el Estado de Aguascalientes","jurisdiccion":"aguascalientes","materia":"penal","publicacion_original":"2013-05-20","ultima_reforma":"2026-09-21","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes","fuente":"H. Congreso del Estado de Aguascalientes — Leyes","fuente_url":"https://congresoags.gob.mx/agenda_legislativa/leyes","archivo_url":"https://congresoags.gob.mx/agenda_legislativa/leyes/descargarPdf/2481","sha256":"b4a28118d56a4aee6d62b25ecc10b9f2e1fdf4da0b54810f493acb5bf56f302a","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-penal/","notas_verificacion":["21 renglones justificados que el texto del PDF da palabra por palabra se leen como un solo renglón.","11 notas de reforma impresas en dos o más renglones se leen como una sola nota.","1 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","8 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","1 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","9 notas de reforma impresas entre un encabezado y el primer rótulo de artículo van en nota_reforma de ese artículo (no en el nombre del encabezado).","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Leyes); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y «Última actualización: …»). Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","El encabezado de página dice «Última actualización: 13/07/2026», pero la portada y la lista del Congreso dan como última reforma la del P.O. del 21 de septiembre de 2026, y el texto ya trae notas de esa fecha; se usa la de la portada."]},"articulo":{"numero":"132","clave":"132","slug":"132","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","PARTE ESPECIAL","TÍTULO PRIMERO. FIGURAS TÍPICAS DOLOSAS","CAPÍTULO III. Tipos Penales Protectores de la Familia"],"texto":"Violencia familiar. La violencia familiar consiste en usar la fuerza física o moral en contra de un miembro de la familia por otro integrante de la misma y que ello le cause afectación en su integridad física o psíquica.\n\n(REFORMADO, P.O. 21 DE AGOSTO DE 2017)\n\nSe consideran autores de violencia familiar a los cónyuges, la concubina o el concubino, el pariente consanguíneo en línea recta ascendiente o descendiente sin limitación de grado, el pariente colateral consanguíneo o afín hasta el cuarto grado, el adoptante o el adoptado y el pariente por afinidad hasta el cuarto grado.\n\n(REFORMADO [N. DE E. ADICIONADO], P.O. 17 DE OCTUBRE DE 2022)\n\nTambién se considera autor a quien ejerza violencia familiar contra los hijos del cónyuge o pareja, pupilos o incapaces que se encuentren sujetos a la tutela, guarda o custodia de uno u otro.\n\n(REFORMADO, P.O. 12 DE ENERO DE 2026)\n\nAl responsable de violencia familiar se le aplicarán de 3 a 7 años de prisión.\n\n(REFORMADO [N. DE E. CON SUS FRACCIONES], P.O. 12 DE ENERO DE 2026)\n\nEl delito de Violencia Familiar se aumentará en una mitad en sus mínimos y máximos cuando la violencia se ejerza sobre:\n\nI. Persona niña, niño o adolescente;\n\nII. Persona que no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho o posibilidad para resistir la conducta delictuosa;\n\nIII. Personas (sic) sea mayor de sesenta años de edad;\n\nIV. Persona con alguna discapacidad; o\n\n(REFORMADO, P.O. 21 DE SEPTIEMBRE DE 2026)\n\nV. Mujeres, cuando la conducta se cometa por razones de género.\n\n(ADICIONADO [N. DE E. CON SUS FRACCIONES], P.O. 12 DE ENERO DE 2026)\n\nAsí mismo, el delito de Violencia Familiar será calificado y se aumentará en dos terceras partes en sus mínimos y máximos cuando la violencia se cometa:\n\nI. Con la participación de dos o más personas;\n\nII. Con el uso de armas de fuego o punzocortantes;\n\nIII. Por persona que pertenezca a alguna institución de seguridad pública o realice funciones de seguridad privada, aun y cuando éstas sean temporales;\n\nIV. Por persona agresora en estado de ebriedad o bajo el influjo de sustancias tóxicas; o\n\nV. Por persona agresora que consuma alcohol de forma consuetudinaria o tenga un uso no terapéutico de sustancias ilícitas conforme a lo previsto por la Ley General de Salud y se realice de manera habitual.\n\n(ADICIONADO, P.O. 12 DE ENERO DE 2026)\n\nAl responsable de Violencia Familiar en cualquiera de sus modalidades o expresiones, además de la pena privativa de libertad correspondiente, al responsable se le aplicarán de 70 a 150 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, así como al pago de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados, así como a la prohibición de acudir al domicilio de la víctima o acercarse a ésta y se le someterá a tratamiento psicológico para su reinserción, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 73 A de este Código.\n\n(ADICIONADO, P.O. 12 DE ENERO DE 2026)\n\nLa aplicación de las penas y medidas establecidas en este artículo, en caso de que la víctima sea niña, niño o adolescente, se realizará en estricta observancia al Interés Superior de la Niñez, en términos de lo dispuesto por el artículo 6o. de este ordenamiento.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-penal/articulo-132/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-penal/articulo-132.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"puebla/codigo-penal","numero":"284 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-284-bis/"},{"ley":"michoacan/codigo-penal","numero":"178","epigrafe":"Violencia familiar","url":"https://articuladomx.com/estados/michoacan/codigo-penal/articulo-178/"},{"ley":"nayarit/codigo-penal","numero":"311","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nayarit/codigo-penal/articulo-311/"},{"ley":"ley-general-de-acceso-de-las-mujeres-a-una-vida-libre-de-violencia","numero":"7","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-acceso-de-las-mujeres-a-una-vida-libre-de-violencia/articulo-7/"},{"ley":"zacatecas/codigo-penal","numero":"254 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/zacatecas/codigo-penal/articulo-254-bis/"}]}},"cita":"Artículo 132, Código Penal de Aguascalientes (Aguascalientes). Texto vigente, última reforma 21 sep 2026. https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-penal/articulo-132/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}