{"ley":{"id":"aguascalientes/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Aguascalientes","abreviatura":"CPAGS","titulo":"Código Penal para el Estado de Aguascalientes","jurisdiccion":"aguascalientes","materia":"penal","publicacion_original":"2013-05-20","ultima_reforma":"2026-09-21","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes","fuente":"H. Congreso del Estado de Aguascalientes — Leyes","fuente_url":"https://congresoags.gob.mx/agenda_legislativa/leyes","archivo_url":"https://congresoags.gob.mx/agenda_legislativa/leyes/descargarPdf/2481","sha256":"b4a28118d56a4aee6d62b25ecc10b9f2e1fdf4da0b54810f493acb5bf56f302a","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-penal/","notas_verificacion":["21 renglones justificados que el texto del PDF da palabra por palabra se leen como un solo renglón.","11 notas de reforma impresas en dos o más renglones se leen como una sola nota.","1 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","8 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","1 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","9 notas de reforma impresas entre un encabezado y el primer rótulo de artículo van en nota_reforma de ese artículo (no en el nombre del encabezado).","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Leyes); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y «Última actualización: …»). Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","El encabezado de página dice «Última actualización: 13/07/2026», pero la portada y la lista del Congreso dan como última reforma la del P.O. del 21 de septiembre de 2026, y el texto ya trae notas de esa fecha; se usa la de la portada."]},"articulo":{"numero":"176 Bis","clave":"176bis","slug":"176-bis","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","PARTE ESPECIAL","TÍTULO PRIMERO. FIGURAS TÍPICAS DOLOSAS","CAPÍTULO X. Tipos Penales Protectores de la Administración Pública"],"texto":"Enriquecimiento Ilícito. El Enriquecimiento Ilícito consiste en la imposibilidad del servidor público para acreditar el legítimo aumento de su patrimonio o la legítima procedencia de los bienes a su nombre o de aquellos respecto de los cuales se conduzca como dueño.\n\nPara efectos del párrafo anterior, se computarán entre los bienes que adquieran los servidores públicos o con respecto de los cuales se conduzcan como dueños, los que reciban o de los que dispongan su cónyuge y sus dependientes económicos directos, salvo que el servidor público acredite que éstos los obtuvieron por sí mismos.\n\nNo será enriquecimiento ilícito en caso de que el aumento del patrimonio sea producto de una conducta que encuadre en otra hipótesis del presente Capítulo. En este caso se aplicará la hipótesis y la sanción correspondiente, sin que dé lugar al concurso de delitos.\n\nAl que cometa el delito de enriquecimiento ilícito se le impondrán las siguientes sanciones:\n\nDecomiso en beneficio del Estado de aquellos bienes cuya procedencia no se logre acreditar.\n\nCuando el monto a que ascienda el enriquecimiento ilícito no exceda del equivalente de 5,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización se impondrán de 3 meses a 2 años de prisión y de 30 a 100 días multa.\n\nCuando el monto a que ascienda el enriquecimiento ilícito exceda del equivalente de 5,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización se impondrán de 2 años a 14 años de prisión y multa de 100 a 150 días multa.","nota":"(ADICIONADO, P.O. 8 DE MAYO DE 2017)","url":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-penal/articulo-176-bis/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-penal/articulo-176-bis.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"aguascalientes/codigo-penal","numero":"163 A","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-penal/articulo-163-a/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"sonora/codigo-penal","numero":"192","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-penal/articulo-192/"},{"ley":"jalisco/codigo-penal","numero":"153","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-penal/articulo-153/"},{"ley":"puebla/codigo-penal","numero":"432","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-432/"},{"ley":"baja-california/codigo-penal","numero":"307 Quater","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-307-quater/"},{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"224","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-224/"}]}},"cita":"Artículo 176 Bis, Código Penal de Aguascalientes (Aguascalientes). 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