{"ley":{"id":"aguascalientes/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Aguascalientes","abreviatura":"CPAGS","titulo":"Código Penal para el Estado de Aguascalientes","jurisdiccion":"aguascalientes","materia":"penal","publicacion_original":"2013-05-20","ultima_reforma":"2026-09-21","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes","fuente":"H. Congreso del Estado de Aguascalientes — Leyes","fuente_url":"https://congresoags.gob.mx/agenda_legislativa/leyes","archivo_url":"https://congresoags.gob.mx/agenda_legislativa/leyes/descargarPdf/2481","sha256":"b4a28118d56a4aee6d62b25ecc10b9f2e1fdf4da0b54810f493acb5bf56f302a","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-penal/","notas_verificacion":["21 renglones justificados que el texto del PDF da palabra por palabra se leen como un solo renglón.","11 notas de reforma impresas en dos o más renglones se leen como una sola nota.","1 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","8 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","1 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","9 notas de reforma impresas entre un encabezado y el primer rótulo de artículo van en nota_reforma de ese artículo (no en el nombre del encabezado).","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Leyes); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y «Última actualización: …»). Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","El encabezado de página dice «Última actualización: 13/07/2026», pero la portada y la lista del Congreso dan como última reforma la del P.O. del 21 de septiembre de 2026, y el texto ya trae notas de esa fecha; se usa la de la portada."]},"articulo":{"numero":"181 B","clave":"181b","slug":"181-b","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","PARTE ESPECIAL","TÍTULO PRIMERO. FIGURAS TÍPICAS DOLOSAS","CAPÍTULO XII. Tipos Penales Protectores de la Confidencialidad, la Intimidad de la Información y la Identidad de la Persona"],"texto":"Violación a la intimidad personal. La violación a la intimidad personal consiste en la conducta del sujeto activo que divulgue, comparta, distribuya, comercialice, publique o amenace con publicar información personal, privada o confidencial de una persona sin consentimiento expreso, voluntario, y deseado de la víctima.\n\n(ADICIONADO, P.O. 8 DE DICIEMBRE DE 2025)\n\nTambién se equipará a violación a la intimidad personal, la conducta del sujeto activo que divulgue comparta, distribuya, comercialice, publique o amenace con publicar una o más imágenes, audios o videos referentes al pene, senos, glúteos o la vagina, o bien actos sexuales o eróticos de cualquier persona, ya sea impreso, grabado o digital, sin consentimiento expreso, voluntario, y deseado de la víctima mayor de 18 años.\n\n(REFORMADO, P.O. 8 DE DICIEMBRE DE 2025)\n\nTambién se equipara a violación a la intimidad personal, la conducta del sujeto activo que elabore, manipule o gestione por medio de tecnologías digitales, imágenes, audios, textos, grabaciones de voz o contenidos audiovisuales, con la finalidad de generar elementos de naturaleza erótica o sexual, utilizando las partes del cuerpo a que se refiere el párrafo anterior, que correspondan total o parcialmente a la víctima, y las revele, publique, comparta, difunda, exhiba o comercialice por cualquier medio tecnológico o tradicional, sin consentimiento expreso, voluntario, y deseado de la víctima mayor de 18 años.\n\n(ADICIONADO [N. DE E. REUBICADO], P.O. 23 DE SEPTIEMBRE DE 2024)\n\nAl responsable de violar la intimidad personal se le aplicarán de 1 a 4 años de prisión, y de 300 a 600 días multa, así como al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados.\n\n(ADICIONADO, P.O. 8 DE DICIEMBRE DE 2025)\n\nSe impondrán las mismas penas previstas en el párrafo anterior, a quien haciendo uso de la Inteligencia Artificial, manipule imágenes, audios o videos, de contenido íntimo sexual de una persona, para crear hechos falsos con apariencia real, con el propósito de exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar y/o compartir a través de materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier otro medio tecnológico, sin consentimiento expreso, voluntario, genuino y deseado de la víctima mayor de 18 años.\n\n(ADICIONADO, P.O. 8 DE DICIEMBRE DE 2025)\n\nPara efectos del párrafo anterior, se entenderá por Inteligencia Artificial las aplicaciones, programas o tecnología que analice fotografías, audios o videos y ofrece ajustes automáticos para hacerles alteraciones o modificaciones.","nota":"(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 8 DE DICIEMBRE DE 2025)","url":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-penal/articulo-181-b/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-penal/articulo-181-b.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"yucatan/codigo-penal","numero":"243 Bis 3","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/yucatan/codigo-penal/articulo-243-bis-3/"},{"ley":"tamaulipas/codigo-penal","numero":"276 Septies","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-276-septies/"},{"ley":"nayarit/codigo-penal","numero":"297 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nayarit/codigo-penal/articulo-297-bis/"},{"ley":"oaxaca/codigo-penal","numero":"249","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-penal/articulo-249/"},{"ley":"zacatecas/codigo-penal","numero":"232 Ter","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/zacatecas/codigo-penal/articulo-232-ter/"}]}},"cita":"Artículo 181 B, Código Penal de Aguascalientes (Aguascalientes). Texto vigente, última reforma 21 sep 2026. https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-penal/articulo-181-b/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}