{"ley":{"id":"baja-california-sur/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Baja California Sur","abreviatura":"CCBCS","titulo":"Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur","jurisdiccion":"baja-california-sur","materia":"civil","publicacion_original":"1996-07-19","ultima_reforma":"2026-09-08","ultima_reforma_fuente":"Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur","fuente":"H. 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Se quita el encabezado/pie de página de Word que textutil agrega al final (nombre del código, «H. Congreso del Estado de Baja California Sur / Oficialía Mayor / Departamento de Apoyo Parlamentario / Última Reforma BOGE …», número de página)."]},"articulo":{"numero":"279","clave":"279","slug":"279","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO. De las personas","TITULO SEXTO. Del divorcio","CAPITULO III. Del Divorcio Voluntario por Vía Judicial y Administrativa"],"texto":"El Oficial del Registro Civil, previa identificación de los cónyuges, levantará un acta en la que hará constar la solicitud de divorcio, recibirá copia del acta de matrimonio, copia certificada de las actas de nacimiento de los hijos mayores de edad no sujetos a tutela, si los hubiera y del convenio de liquidación de bienes, así como la declaración de dos testigos que, bajo protesta de decir verdad, aseguren que los divorciantes no han procreado hijos entre sí o que los hijos procreados entre si ya son mayores de edad y no están sujetos a tutela.\n\nUna vez que se haya verificado que se cumplan los requisitos anteriores, el Oficial del Registro Civil remitirá a los divorciantes al Centro de Justicia Alternativa más cercano a su domicilio, a fin de que traten de solucionar sus conflictos y mantener la unión.\n\nSi los promoventes exhiben certificación del Centro de que no fue posible evitar el divorcio por estos métodos o que se negaron a someterse a los mismos, el Oficial del Registro Civil dictará resolución administrativa decretando el divorcio, siempre que hayan transcurrido más de quince días de exhibida la certificación, debiendo hacerse las anotaciones correspondientes en el libro de matrimonios o solicitar dicha anotación al Oficial del Registro Civil donde éste se haya celebrado, para lo cual adjuntara al oficio correspondiente copia certificada del expediente que se haya formado con motivo de la solicitud de divorcio voluntario en la vía administrativa, en ambos casos el Juez del Registro Civil entregará gratuitamente copia del acta de divorcio a los interesados.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california-sur/codigo-civil/articulo-279/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/baja-california-sur/codigo-civil/articulo-279.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"durango/codigo-civil","numero":"112 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/durango/codigo-civil/articulo-112-bis/"},{"ley":"tlaxcala/codigo-civil","numero":"628 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-civil/articulo-628-bis/"},{"ley":"estado-de-mexico/codigo-civil","numero":"4.106","epigrafe":"Ratificación de solicitud y exhortación","url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-civil/articulo-4-106/"},{"ley":"baja-california-sur/codigo-civil","numero":"305 L","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california-sur/codigo-civil/articulo-305-l/"},{"ley":"estado-de-mexico/codigo-civil","numero":"4.110","epigrafe":"Anotación en el Registro Civil","url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-civil/articulo-4-110/"}]}},"cita":"Artículo 279, Código Civil de Baja California Sur (Baja California Sur). Texto vigente, última reforma 8 sep 2026. https://articuladomx.com/estados/baja-california-sur/codigo-civil/articulo-279/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}