{"ley":{"id":"baja-california/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Baja California","abreviatura":"CCBC","titulo":"Código Civil para el Estado de Baja California","jurisdiccion":"baja-california","materia":"civil","publicacion_original":"1974-01-31","ultima_reforma":"2026-06-05","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Baja California","fuente":"H. Congreso del Estado de Baja California — Leyes y Códigos","fuente_url":"https://www.congresobc.gob.mx/TrabajoLegislativo/Leyes","archivo_url":"https://www.congresobc.gob.mx/Documentos/ProcesoParlamentario/Leyes/TOMO_III/20260605_CODCIVIL.PDF","sha256":"5fe8e40ac957a933ec003156d550388d1c8452e25adde7fb978207c09e17f94a","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/","notas_verificacion":["1 párrafos del .doc no se localizaron en el PDF (omitidos): \u0007","Párrafos: límites tomados del .DOC oficial de la misma edición (https://www.congresobc.gob.mx/Documentos/ProcesoParlamentario/Leyes/TOMO_III/20260605_CODCIVIL.DOC); texto tomado del PDF oficial. Se omiten el encabezado y el pie repetidos de cada página.","Números de artículo: las palabras latinas del rótulo se escriben con mayúscula inicial ('12 BIS' -> '12 Bis'; '307-BIS' -> '307-Bis'); se conserva la grafía de la fuente ('Quarter').","Las marcas editoriales de la fuente ('Artículo Reformado', 'Párrafo Adicionado', …) y la entrada del historial de reformas que la fuente publica después de los transitorios originales van en nota_reforma del artículo, no en el texto."]},"articulo":{"numero":"1203","clave":"1203","slug":"1203","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO TERCERO. DE LAS SUCESIONES","TITULO SEGUNDO. DE LA SUCESION POR TESTAMENTO","CAPITULO III. DE LA CAPACIDAD PARA HEREDAR"],"texto":"Por razón de delito son incapaces de adquirir por testamento o por intestado:\n\nI.- El que haya sido condenado por haber dado, mandado o intentado dar muerte a la persona de cuya sucesión se trate, o a los padres, hijos, cónyuge o hermanos de ella;\n\nII.- El que haya hecho contra el autor de la sucesión, sus ascendientes, descendientes, hermanos o cónyuge, acusación de delito que merezca pena capital o de prisión, aun cuando aquella sea fundada, si fuere su descendiente, su ascendiente, su cónyuge o su hermano, a no ser que ese acto haya sido preciso para que el acusador salvara su vida, su honra, o la de sus descendientes, ascendientes, hermanos o cónyuge;\n\nIII.- El cónyuge que mediante juicio ha sido declarado adúltero, si se trata de suceder al cónyuge inocente;\n\nIV.- El coautor del cónyuge adúltero, ya sea que se trate de la sucesión de éste o de la del cónyuge inocente;\n\nV.- El que haya sido condenado por un delito que merezca pena de prisión, cometido contra el autor de la herencia, de sus hijos, de su cónyuge, de sus ascendientes o de sus hermanos;\n\nVI.- El padre y la madre respecto del hijo expuesto por ellos;\n\nVII.- Los padres que abandonaren a sus hijos, prostituyeren a sus hijas o atentaren a su pudor, respecto de los ofendidos;\n\nVIII.- Los demás parientes del autor de la herencia que, teniendo obligación de darle alimentos, no la hubieren cumplido;\n\nIX.- Los parientes del autor de la herencia que, hallándose éste imposibilitado para trabajar y sin recursos, no se cuidaren de recogerlo, o de hacerlo recoger en establecimiento de beneficencia;\n\nX.- El que usare de violencia, dolo o fraude con una persona para que haga, deje de hacer o revoque su testamento;\n\nXI.- El que conforme al Código Penal, fuere culpable de supresión, substitución o suposición de infante, siempre que se trate de la herencia que debió de corresponder a éste o a las personas a quienes se haya perjudicado o intentado perjudicar con esos actos.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-1203/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-1203.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"1204","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-1204/"},{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"1205","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-1205/"},{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"1207","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-1207/"},{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"1209","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-1209/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"hidalgo/codigo-civil","numero":"1297","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-civil/articulo-1297/"},{"ley":"nuevo-leon/codigo-civil","numero":"1213","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-civil/articulo-1213/"},{"ley":"queretaro/codigo-civil","numero":"1209","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-1209/"},{"ley":"guanajuato/codigo-civil","numero":"2572","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-2572/"},{"ley":"estado-de-mexico/codigo-civil","numero":"6.22","epigrafe":"Incapacidad de heredar por delito","url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-civil/articulo-6-22/"}]}},"cita":"Artículo 1203, Código Civil de Baja California (Baja California). 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