{"ley":{"id":"baja-california/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Baja California","abreviatura":"CCBC","titulo":"Código Civil para el Estado de Baja California","jurisdiccion":"baja-california","materia":"civil","publicacion_original":"1974-01-31","ultima_reforma":"2026-06-05","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Baja California","fuente":"H. Congreso del Estado de Baja California — Leyes y Códigos","fuente_url":"https://www.congresobc.gob.mx/TrabajoLegislativo/Leyes","archivo_url":"https://www.congresobc.gob.mx/Documentos/ProcesoParlamentario/Leyes/TOMO_III/20260605_CODCIVIL.PDF","sha256":"5fe8e40ac957a933ec003156d550388d1c8452e25adde7fb978207c09e17f94a","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/","notas_verificacion":["1 párrafos del .doc no se localizaron en el PDF (omitidos): \u0007","Párrafos: límites tomados del .DOC oficial de la misma edición (https://www.congresobc.gob.mx/Documentos/ProcesoParlamentario/Leyes/TOMO_III/20260605_CODCIVIL.DOC); texto tomado del PDF oficial. Se omiten el encabezado y el pie repetidos de cada página.","Números de artículo: las palabras latinas del rótulo se escriben con mayúscula inicial ('12 BIS' -> '12 Bis'; '307-BIS' -> '307-Bis'); se conserva la grafía de la fuente ('Quarter').","Las marcas editoriales de la fuente ('Artículo Reformado', 'Párrafo Adicionado', …) y la entrada del historial de reformas que la fuente publica después de los transitorios originales van en nota_reforma del artículo, no en el texto."]},"articulo":{"numero":"1539","clave":"1539","slug":"1539","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO TERCERO. DE LAS SUCESIONES","TITULO QUINTO. DISPOSICIONES COMUNES A LAS SUCESIONES TESTAMENTARIA Y LEGITIMA.","CAPITULO II. DE LA APERTURA Y TRANSMISION DE LA HERENCIA"],"texto":"El derecho de reclamar la herencia prescribe en diez años contados a partir del discernimiento del cargo de albacea de la sucesión. Este derecho es transmisible a los herederos y legatarios.\n\nSe considera interrumpida la prescripción cuando el heredero este en posesión de los bienes hereditarios, haya ejecutado actos ostentándose como tal o haya denunciado la sucesión. Lo mismo se aplicará a los legatarios.\n\nLa aceptación expresa o tácita de la herencia o del legado también interrumpe el término de prescripción para reclamar la herencia.\n\nEn el caso de los menores e incapaces, mientras dure su condición, no correrá el término citado en el párrafo primero de presente numeral.","nota":"Artículo Reformado\n\nHistorial de la fuente: Fue reformado por Decreto No. 234, publicado en el Periódico Oficial No. 17, de fecha 10 de abril de 2015, Sección II, Tomo CXXII, expedido por la H. XXI Legislatura, siendo Gobernador Constitucional el C. Francisco Arturo Vega de Lamadrid 2013-2019;","url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-1539/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-1539.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"guanajuato/codigo-civil","numero":"2890","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-2890/"},{"ley":"sonora/codigo-civil","numero":"1730","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/articulo-1730/"},{"ley":"jalisco/codigo-civil","numero":"2993","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-civil/articulo-2993/"},{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"1652","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-1652/"},{"ley":"hidalgo/codigo-civil","numero":"1633","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-civil/articulo-1633/"}]}},"cita":"Artículo 1539, Código Civil de Baja California (Baja California). Texto vigente, última reforma 5 jun 2026. https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-1539/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}