{"ley":{"id":"baja-california/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Baja California","abreviatura":"CCBC","titulo":"Código Civil para el Estado de Baja California","jurisdiccion":"baja-california","materia":"civil","publicacion_original":"1974-01-31","ultima_reforma":"2026-06-05","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Baja California","fuente":"H. 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Se omiten el encabezado y el pie repetidos de cada página.","Números de artículo: las palabras latinas del rótulo se escriben con mayúscula inicial ('12 BIS' -> '12 Bis'; '307-BIS' -> '307-Bis'); se conserva la grafía de la fuente ('Quarter').","Las marcas editoriales de la fuente ('Artículo Reformado', 'Párrafo Adicionado', …) y la entrada del historial de reformas que la fuente publica después de los transitorios originales van en nota_reforma del artículo, no en el texto."]},"articulo":{"numero":"2359","clave":"2359","slug":"2359","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO CUARTO. DE LAS OBLIGACIONES","SEGUNDA PARTE. DE LAS DIVERSAS ESPECIES DE CONTRATOS","TITULO SEXTO. DEL ARRENDAMIENTO","CAPITULO IX. 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Tratándose del aumento para arrendamiento de inmuebles para uso habitacional, se estará a lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 2273 de este Código.\n\nQuedan exceptuados de la obligación de prorrogar el contrato de arrendamiento, los propietarios que quieran habitar la casa o cultivar la finca cuyo arrendamiento ha vencido.","nota":"Párrafo Reformado\n\nArtículo Reformado\n\nHistorial de la fuente: Fue reformado por Decreto No. 671, publicado en el Periódico Oficial No. 47, Sección V, de fecha 21 de octubre de 2016, Tomo CXXIII, expedido por la H. XXI Legislatura, siendo Gobernador Constitucional el C. Francisco Arturo Vega de Lamadrid 2013-2019; fue reformado por Decreto No. 181, publicado en el Periódico Oficial No. 72, de fecha 12 de diciembre de 2025, Tomo CXXXII, expedido por la H. XXV Legislatura, siendo Gobernadora Constitucional la C. Marina del Pilar Ávila Olmeda 2021-2027;","url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-2359/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-2359.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"chihuahua/codigo-civil","numero":"2384","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-2384/"},{"ley":"guanajuato/codigo-civil","numero":"1992","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-1992/"},{"ley":"queretaro/codigo-civil","numero":"2378","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-2378/"},{"ley":"nuevo-leon/codigo-civil","numero":"2346 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-civil/articulo-2346-bis/"},{"ley":"guanajuato/codigo-civil","numero":"1949","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-1949/"}]}},"cita":"Artículo 2359, Código Civil de Baja California (Baja California). 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