{"ley":{"id":"baja-california/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Baja California","abreviatura":"CCBC","titulo":"Código Civil para el Estado de Baja California","jurisdiccion":"baja-california","materia":"civil","publicacion_original":"1974-01-31","ultima_reforma":"2026-06-05","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Baja California","fuente":"H. Congreso del Estado de Baja California — Leyes y Códigos","fuente_url":"https://www.congresobc.gob.mx/TrabajoLegislativo/Leyes","archivo_url":"https://www.congresobc.gob.mx/Documentos/ProcesoParlamentario/Leyes/TOMO_III/20260605_CODCIVIL.PDF","sha256":"5fe8e40ac957a933ec003156d550388d1c8452e25adde7fb978207c09e17f94a","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/","notas_verificacion":["1 párrafos del .doc no se localizaron en el PDF (omitidos): \u0007","Párrafos: límites tomados del .DOC oficial de la misma edición (https://www.congresobc.gob.mx/Documentos/ProcesoParlamentario/Leyes/TOMO_III/20260605_CODCIVIL.DOC); texto tomado del PDF oficial. Se omiten el encabezado y el pie repetidos de cada página.","Números de artículo: las palabras latinas del rótulo se escriben con mayúscula inicial ('12 BIS' -> '12 Bis'; '307-BIS' -> '307-Bis'); se conserva la grafía de la fuente ('Quarter').","Las marcas editoriales de la fuente ('Artículo Reformado', 'Párrafo Adicionado', …) y la entrada del historial de reformas que la fuente publica después de los transitorios originales van en nota_reforma del artículo, no en el texto."]},"articulo":{"numero":"444","clave":"444","slug":"444","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO. DE LAS PERSONAS","TITULO OCTAVO. DE LA PATRIA POTESTAD","CAPITULO III. DE LOS MODOS DE ACABARSE Y SUSPENDERSE LA PATRIA POTESTAD"],"texto":"La patria potestad se suspende:\n\nI.- Por incapacidad declarada judicialmente;\n\nII.- Por la ausencia declarada en forma;\n\nIII.- Por sentencia condenatoria que imponga como pena esta suspensión.\n\nIV.- Por auto de vinculación a proceso dictado por delito de feminicidio en contra de la madre de las niñas, niños y adolescentes sujetos a su patria potestad.","nota":"Fracción Adicionada\n\nArtículo Reformado\n\nHistorial de la fuente: Fue reformado por Decreto No. 407, publicado en el Periódico Oficial No. 18, de fecha 05 de abril de 2024, Índice, Tomo CXXXI, expedido por la H. XXIV Legislatura, siendo Gobernadora Constitucional la C. Marina del Pilar Ávila Olmeda 2021-2027;","url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-444/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-444.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"estado-de-mexico/codigo-civil","numero":"4.225","epigrafe":"Suspensión de la patria potestad","url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-civil/articulo-4-225/"},{"ley":"chihuahua/codigo-civil","numero":"424","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-424/"},{"ley":"queretaro/codigo-civil","numero":"443","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-443/"},{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"447","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-447/"},{"ley":"nuevo-leon/codigo-civil","numero":"447","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-civil/articulo-447/"}]}},"cita":"Artículo 444, Código Civil de Baja California (Baja California). Texto vigente, última reforma 5 jun 2026. https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-444/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}