{"ley":{"id":"baja-california/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Baja California","abreviatura":"CCBC","titulo":"Código Civil para el Estado de Baja California","jurisdiccion":"baja-california","materia":"civil","publicacion_original":"1974-01-31","ultima_reforma":"2026-06-05","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Baja California","fuente":"H. Congreso del Estado de Baja California — Leyes y Códigos","fuente_url":"https://www.congresobc.gob.mx/TrabajoLegislativo/Leyes","archivo_url":"https://www.congresobc.gob.mx/Documentos/ProcesoParlamentario/Leyes/TOMO_III/20260605_CODCIVIL.PDF","sha256":"5fe8e40ac957a933ec003156d550388d1c8452e25adde7fb978207c09e17f94a","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/","notas_verificacion":["1 párrafos del .doc no se localizaron en el PDF (omitidos): \u0007","Párrafos: límites tomados del .DOC oficial de la misma edición (https://www.congresobc.gob.mx/Documentos/ProcesoParlamentario/Leyes/TOMO_III/20260605_CODCIVIL.DOC); texto tomado del PDF oficial. Se omiten el encabezado y el pie repetidos de cada página.","Números de artículo: las palabras latinas del rótulo se escriben con mayúscula inicial ('12 BIS' -> '12 Bis'; '307-BIS' -> '307-Bis'); se conserva la grafía de la fuente ('Quarter').","Las marcas editoriales de la fuente ('Artículo Reformado', 'Párrafo Adicionado', …) y la entrada del historial de reformas que la fuente publica después de los transitorios originales van en nota_reforma del artículo, no en el texto."]},"articulo":{"numero":"55 Quater","clave":"55quater","slug":"55-quater","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO. DE LAS PERSONAS","TITULO CUARTO. DEL REGISTRO CIVIL","CAPITULO II. DE LAS ACTAS DE NACIMIENTO"],"texto":"Una vez que la Oficialía del Registro Civil, reciba la declaración de nacimiento referida en el artículo anterior, verificará que los datos expresados son correctos y coincidentes con los contenidos en las bases de datos a cargo del Registro Civil y procederá al levantamiento del Acta de Nacimiento.\n\nCuando la información proporcionada por la institución de salud se encuentre incompleta o con datos imprecisos, la Oficialía del Registro Civil requerirá, al momento en que se presente el interesado a recoger la primera copia certificada del acta de nacimiento, la información necesaria para concluir el registro del menor.\n\nEn caso de que la Oficialía del Registro Civil, advierta que se pudiera haber proporcionado información con el propósito de alterar la filiación del menor, hará la denuncia penal correspondiente.","nota":"Artículo Adicionado\n\nHistorial de la fuente: Fue adicionado por Decreto No. 242, publicado en el Periódico Oficial No. 18, de fecha 17 de abril de 2015, Sección I, Tomo CXXII, expedido por la H. XXI Legislatura, siendo Gobernador Constitucional el C. Francisco Arturo Vega de Lamadrid 2013-2019;","url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-55-quater/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-55-quater.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"nuevo-leon/codigo-civil","numero":"46","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-civil/articulo-46/"},{"ley":"chihuahua/codigo-civil","numero":"78","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-78/"},{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"54","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-54/"},{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"70","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-70/"},{"ley":"chihuahua/codigo-civil","numero":"55","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-55/"}]}},"cita":"Artículo 55 Quater, Código Civil de Baja California (Baja California). Texto vigente, última reforma 5 jun 2026. https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-55-quater/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}