{"ley":{"id":"baja-california/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Baja California","abreviatura":"CPBC","titulo":"Código Penal para el Estado de Baja California","jurisdiccion":"baja-california","materia":"penal","publicacion_original":"1989-08-20","ultima_reforma":"2026-08-28","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Baja California","fuente":"H. 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Se omiten el encabezado y el pie repetidos de cada página.","Números de artículo: las palabras latinas del rótulo se escriben con mayúscula inicial ('12 BIS' -> '12 Bis'; '307-BIS' -> '307-Bis'); se conserva la grafía de la fuente ('Quarter').","Las marcas editoriales de la fuente ('Artículo Reformado', 'Párrafo Adicionado', …) y la entrada del historial de reformas que la fuente publica después de los transitorios originales van en nota_reforma del artículo, no en el texto."]},"articulo":{"numero":"166","clave":"166","slug":"166","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","PARTE ESPECIAL","TITULO SEGUNDO. DELITOS CONTRA LA LIBERTAD Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS","CAPITULO II. SECUESTRO"],"texto":"El Juez de Control o Tribunal de Enjuiciamiento además de la pena de prisión que corresponda, podrá imponer la vigilancia de la autoridad policial, de seis meses hasta cinco años posteriores a su liberación, tratándose de sentenciados por los delitos de secuestro previstos en la ley general de la materia.","nota":"Artículo Reformado\n\nHistorial de la fuente: Fue reformado por Decreto No.71, publicado en el Periódico Oficial No.53, de fecha 24 de diciembre de 1993, Tomo C, expedido por la H. XIV Legislatura, siendo Gobernador Constitucional el C. L.A.E. Ernesto Ruffo Appel, 1989-1995; Fue reformado por Decreto No. 161, publicado en el Periódico Oficial No. 24, de fecha 12 de junio de 1998, Sección I, Tomo CV, expedido por la H. XV Legislatura, siendo Gobernador Constitucional del Estado, el C. Lic. Héctor Terán Terán, 1995-2001; fue derogado por Decreto No. 347, publicado en el Periódico Oficial No. 36, de fecha 31 de agosto de 2007, Tomo CXIV, expedido por la H. 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