{"ley":{"id":"baja-california/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Baja California","abreviatura":"CPBC","titulo":"Código Penal para el Estado de Baja California","jurisdiccion":"baja-california","materia":"penal","publicacion_original":"1989-08-20","ultima_reforma":"2026-08-28","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Baja California","fuente":"H. Congreso del Estado de Baja California — Leyes y Códigos","fuente_url":"https://www.congresobc.gob.mx/TrabajoLegislativo/Leyes","archivo_url":"https://www.congresobc.gob.mx/Documentos/ProcesoParlamentario/Leyes/TOMO_V/20260828_CODPENAL.PDF","sha256":"331c3ab23cf742eab23fc0ac22c9e1ebd8214c5d9d154f616cbae0cd8523a5f1","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/","notas_verificacion":["1 párrafos del .doc no se localizaron en el PDF (omitidos): \u0007","2 marcadores de lista ('A.', 'B.') del PDF unidos al párrafo que numeran (la lista automática de Word no aparece en el texto del .DOC)","Párrafos: límites tomados del .DOC oficial de la misma edición (https://www.congresobc.gob.mx/Documentos/ProcesoParlamentario/Leyes/TOMO_V/20260828_CODPENAL.DOC); texto tomado del PDF oficial. Se omiten el encabezado y el pie repetidos de cada página.","Números de artículo: las palabras latinas del rótulo se escriben con mayúscula inicial ('12 BIS' -> '12 Bis'; '307-BIS' -> '307-Bis'); se conserva la grafía de la fuente ('Quarter').","Las marcas editoriales de la fuente ('Artículo Reformado', 'Párrafo Adicionado', …) y la entrada del historial de reformas que la fuente publica después de los transitorios originales van en nota_reforma del artículo, no en el texto."]},"articulo":{"numero":"201 Quater","clave":"201quater","slug":"201-quater","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","PARTE ESPECIAL","TITULO SEXTO. DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO","CAPITULO I. ROBO"],"texto":"Además de la pena que corresponda conforme al artículo 201 de este Código, se impondrán hasta cinco años de prisión cuando se trate de una o más partes de vehículos estacionados en la vía pública o en otro lugar destinado a su guarda o reparación.","nota":"Artículo Adicionado\n\nHistorial de la fuente: Fue adicionado por Decreto No. 283, publicado en el Periódico Oficial No. 36, Índice, de fecha 22 de junio de 2026, Tomo CXXXIII, expedido por la Honorable Legislatura XXV, siendo Gobernadora Constitucional la C. Marina del Pilar Ávila Olmeda 2021-2027;","url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-201-quater/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-201-quater.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"cdmx/codigo-penal","numero":"347","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-347/"},{"ley":"queretaro/codigo-penal","numero":"225","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-penal/articulo-225/"},{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"319","epigrafe":"Bloqueo de tránsito en vía pública o retención de vehículo de servicio público","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-319/"},{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"171","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-171/"},{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"307","epigrafe":"Abandono del lugar del daño por culpa con motivo del tránsito de vehículos","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-307/"}]}},"cita":"Artículo 201 Quater, Código Penal de Baja California (Baja California). Texto vigente, última reforma 28 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-201-quater/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}