{"ley":{"id":"baja-california/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Baja California","abreviatura":"CPBC","titulo":"Código Penal para el Estado de Baja California","jurisdiccion":"baja-california","materia":"penal","publicacion_original":"1989-08-20","ultima_reforma":"2026-08-28","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Baja California","fuente":"H. 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Se omiten el encabezado y el pie repetidos de cada página.","Números de artículo: las palabras latinas del rótulo se escriben con mayúscula inicial ('12 BIS' -> '12 Bis'; '307-BIS' -> '307-Bis'); se conserva la grafía de la fuente ('Quarter').","Las marcas editoriales de la fuente ('Artículo Reformado', 'Párrafo Adicionado', …) y la entrada del historial de reformas que la fuente publica después de los transitorios originales van en nota_reforma del artículo, no en el texto."]},"articulo":{"numero":"261 Quarter","clave":"261quarter","slug":"261-quarter","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","PARTE ESPECIAL","TÍTULO CUARTO. DELITOS CONTRA EL LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD","CAPÍTULO I. CORRUPCIÓN DE PERSONAS MENORES DE DIECIOCHO AÑOS DE EDAD O QUIENES NO TIENEN LA CAPACIDAD PARA COMPRENDER EL SIGNIFICADO DEL HECHO O DE PERSONAS QUE NO TIENEN CAPACIDAD PARA RESISTIRLO"],"texto":"Agravación de la Pena.- Las penas a que se refieren los artículos 261 y 261 BIS, se aumentarán hasta una mitad, cuando:\n\nI.- El sujeto activo tenga parentesco por consanguinidad, afinidad o civil, tenga la custodia o tutela del sujeto pasivo,\n\nII.- El sujeto activo habite en el mismo domicilio de la persona menor de dieciocho años de edad o quien no tiene la capacidad para comprender el significado del hecho o quien no tiene capacidad para resistirlo, aunque no exista parentesco alguno;\n\nIII.- Se realice en centros educativos, de asistencia social, de cuidado infantil, de recreo, hospitales o centros deportivos o en sus inmediaciones;\n\nIV.- Se empleare violencia física o moral en la comisión del delito,\n\nV.- El agente fuere ministro de un culto religioso,\n\nVI.- El agente se valiese de la función pública o de una situación de subordinación de la victima o desempeñe o ejerza una profesión, oficio o cargo aprovechando los medios o circunstancias que ello le proporciona.\n\nEn el supuesto previsto en la fracción I de este artículo, además se les privará de todo derecho a los bienes de la víctima y del derecho a alimentos que le correspondiera por su relación con la víctima, así como del ejercicio de la patria potestad de manera definitiva.\n\nEn el supuesto previsto en la fracción VI de este artículo al sujeto activo, además se le destituirá del empleo, cargo o comisión públicos e inhabilitará para desempeñar otro, hasta por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta.","nota":"Artículo Adicionado y Reformado\n\nHistorial de la fuente: Fue adicionado por Decreto No. 125, publicado en el Periódico Oficial No. 51, de fecha 18 de noviembre de 2005, Tomo CXII, expedido por la H. XVIII Legislatura siendo Gobernador Constitucional el C. Eugenio Elorduy Walther 2001-2007; fue derogado por Decreto No. 191, publicado en el Periódico Oficial No. 7, de fecha 17 de febrero de 2006, Tomo CXIII, expedido por la H. XVIII Legislatura siendo Gobernador Constitucional el C. Eugenio Elorduy Walther 2001-2007; fue reformado por Decreto No. 330, publicado en el Periódico Oficial No. 20, de fecha 11 de mayo de 2007, Sección I, Tomo CXIV, expedido por la Honorable XVIII Legislatura, siendo Gobernador Constitucional el C. Lic. Eugenio Elorduy Walter 2001-2007;","url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-261-quarter/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-261-quarter.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"baja-california/codigo-penal","numero":"263","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-263/"},{"ley":"baja-california/codigo-penal","numero":"266","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-266/"},{"ley":"jalisco/codigo-penal","numero":"142-Ñ","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-penal/articulo-142-enie/"},{"ley":"baja-california/codigo-penal","numero":"162","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-162/"},{"ley":"baja-california/codigo-penal","numero":"180 Ter","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-180-ter/"}]}},"cita":"Artículo 261 Quarter, Código Penal de Baja California (Baja California). Texto vigente, última reforma 28 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-261-quarter/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}