{"ley":{"id":"baja-california/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Baja California","abreviatura":"CPBC","titulo":"Código Penal para el Estado de Baja California","jurisdiccion":"baja-california","materia":"penal","publicacion_original":"1989-08-20","ultima_reforma":"2026-08-28","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Baja California","fuente":"H. 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Se omiten el encabezado y el pie repetidos de cada página.","Números de artículo: las palabras latinas del rótulo se escriben con mayúscula inicial ('12 BIS' -> '12 Bis'; '307-BIS' -> '307-Bis'); se conserva la grafía de la fuente ('Quarter').","Las marcas editoriales de la fuente ('Artículo Reformado', 'Párrafo Adicionado', …) y la entrada del historial de reformas que la fuente publica después de los transitorios originales van en nota_reforma del artículo, no en el texto."]},"articulo":{"numero":"266","clave":"266","slug":"266","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","PARTE ESPECIAL","TÍTULO CUARTO. DELITOS CONTRA EL LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD","CAPÍTULO III. LENOCINIO Y TRATA DE PERSONAS MENORES DE DIECIOCHO AÑOS DE EDAD O DE QUIENES NO TIENEN LA CAPACIDAD PARA COMPRENDER EL SIGNIFICADO DEL HECHO O DE PERSONAS QUE NO TIENEN CAPACIDAD PARA RESISTIRLO"],"texto":"Agravación de la pena.- Las penas previstas por el presente Capítulo se aumentarán en una mitad a la que corresponda por el delito cometido, cuando:\n\nI.- El sujeto activo tenga parentesco por consanguinidad, afinidad o civil, tenga la custodia o tutela,\n\nII.- El sujeto activo habite en el mismo domicilio con la víctima aunque no existiese parentesco alguno,\n\nIII.- Se cometa en centros educativos, de recreo, deportivos, asistencia social, cuidado infantil, hospitales;\n\nIV.- Cuando el sujeto activo emplee violencia física o moral en la comisión de los delitos previstos en este capítulo,\n\nV.- Cuando el sujeto activo fuere ministro de culto religioso;\n\nVI.- Cuando el sujeto activo se valga de la función pública que desempeñe o de una situación de subordinación sobre el sujeto pasivo, o desempeñe o ejerza una profesión, oficio o cargo y aproveche los medios o circunstancias que ello le proporciona,\n\nEn el supuesto previsto en la fracción I de este artículo, además se les privará de todo derecho a los bienes de la víctima y del derecho a alimentos que le correspondiera por su relación con la víctima, así como del ejercicio de la patria potestad de manera definitiva.\n\nEn el supuesto previsto en la fracción VI de este artículo al sujeto activo, además se le destituirá del empleo, cargo o comisión públicos e inhabilitará para desempeñar otro, hasta por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta.","nota":"Artículo Reformado\n\nHistorial de la fuente: Fue reformado por Decreto No. 100, publicado en el Periódico Oficial No 41, de fecha 1 de octubre de 1999, Tomo CVI, expedido por la H. XVI Legislatura, siendo Gobernador Constitucional del Estado, el C. Lic. Alejandro González Alcocer 7 de octubre 1998-2001; fue reformado por Decreto No. 191, publicado en el Periódico Oficial No. 7, de fecha 17 de febrero de 2006, Tomo CXIII, expedido por la H. XVIII Legislatura siendo Gobernador Constitucional el C. Eugenio Elorduy Walther 2001-2007; fue reformado por Decreto No. 330, publicado en el Periódico Oficial No. 20, de fecha 11 de mayo de 2007, Sección I, Tomo CXIV, expedido por la Honorable XVIII Legislatura, siendo Gobernador Constitucional el C. Lic. Eugenio Elorduy Walter 2001-2007; fue reformado por Decreto No. 247, publicado en el Periódico Oficial No. 24, de fecha 22 de mayo de 2015, Sección I, Tomo CXXII, expedido por la H. XXI Legislatura, siendo Gobernador Constitucional el C. Francisco Arturo Vega de Lamadrid 2013-2019;","url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-266/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-266.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"baja-california/codigo-penal","numero":"263","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-263/"},{"ley":"queretaro/codigo-penal","numero":"166 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-penal/articulo-166-bis/"},{"ley":"baja-california/codigo-penal","numero":"261 Quarter","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-261-quarter/"},{"ley":"cdmx/codigo-penal","numero":"131","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-131/"},{"ley":"baja-california/codigo-penal","numero":"129 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-129-bis/"}]}},"cita":"Artículo 266, Código Penal de Baja California (Baja California). 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