{"ley":{"id":"baja-california/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Baja California","abreviatura":"CPBC","titulo":"Código Penal para el Estado de Baja California","jurisdiccion":"baja-california","materia":"penal","publicacion_original":"1989-08-20","ultima_reforma":"2026-08-28","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Baja California","fuente":"H. 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Se omiten el encabezado y el pie repetidos de cada página.","Números de artículo: las palabras latinas del rótulo se escriben con mayúscula inicial ('12 BIS' -> '12 Bis'; '307-BIS' -> '307-Bis'); se conserva la grafía de la fuente ('Quarter').","Las marcas editoriales de la fuente ('Artículo Reformado', 'Párrafo Adicionado', …) y la entrada del historial de reformas que la fuente publica después de los transitorios originales van en nota_reforma del artículo, no en el texto."]},"articulo":{"numero":"317 Ter","clave":"317ter","slug":"317-ter","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","PARTE ESPECIAL","TITULO TERCERO. DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA COMETIDOS POR PARTICULARES","CAPITULO IV. DELITOS COMETIDOS CONTRA SERVIDORES PÚBLICOS"],"texto":"Tipo y punibilidad. - Se le impondrá una pena de tres a ocho años de prisión y multa de doscientas a cuatrocientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, así como la reparación del daño a quien:\n\nI. Aceche, vigile o realice actos tendientes a obtener información de las instituciones de seguridad pública y de procuración de justicia sin contar con el derecho o la autorización legal correspondiente para ello, y la utilice para sí o comunique a otro por cualquier medio con la finalidad de:\n\na. Cometer, organizar, planear, facilitar o encubrir un delito; o,\n\nb. Entorpecer, eludir, obstaculizar o impedir el cumplimiento de las funciones de las citadas instituciones públicas.\n\nII. Intervenga, dañe o altere los elementos que integran el sistema de video vigilancia de seguridad pública, instaladas en la vía pública o en inmuebles destinados a la prestación de un servicio público.\n\nIII. 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Jaime Bonilla Valdez 2019-2021; fue reformado por Decreto No. 138, publicado en el Periódico Oficial No. 55, Índice, de fecha 12 de septiembre de 2025, Tomo CXXXII, expedido por la H. XXV Legislatura, siendo Gobernadora Constitucional la C. Marina del Pilar Ávila Olmeda, 2021-2027;","url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-317-ter/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-317-ter.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"baja-california/codigo-penal","numero":"258","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-258/"},{"ley":"baja-california/codigo-penal","numero":"307","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-307/"},{"ley":"jalisco/codigo-penal","numero":"262","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-penal/articulo-262/"},{"ley":"morelos/codigo-penal","numero":"212 Quintus","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-penal/articulo-212-quintus/"},{"ley":"sonora/codigo-penal","numero":"238","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-penal/articulo-238/"}]}},"cita":"Artículo 317 Ter, Código Penal de Baja California (Baja California). Texto vigente, última reforma 28 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-317-ter/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}