{"ley":{"id":"baja-california/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Baja California","abreviatura":"CPBC","titulo":"Código Penal para el Estado de Baja California","jurisdiccion":"baja-california","materia":"penal","publicacion_original":"1989-08-20","ultima_reforma":"2026-08-28","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Baja California","fuente":"H. Congreso del Estado de Baja California — Leyes y Códigos","fuente_url":"https://www.congresobc.gob.mx/TrabajoLegislativo/Leyes","archivo_url":"https://www.congresobc.gob.mx/Documentos/ProcesoParlamentario/Leyes/TOMO_V/20260828_CODPENAL.PDF","sha256":"331c3ab23cf742eab23fc0ac22c9e1ebd8214c5d9d154f616cbae0cd8523a5f1","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/","notas_verificacion":["1 párrafos del .doc no se localizaron en el PDF (omitidos): \u0007","2 marcadores de lista ('A.', 'B.') del PDF unidos al párrafo que numeran (la lista automática de Word no aparece en el texto del .DOC)","Párrafos: límites tomados del .DOC oficial de la misma edición (https://www.congresobc.gob.mx/Documentos/ProcesoParlamentario/Leyes/TOMO_V/20260828_CODPENAL.DOC); texto tomado del PDF oficial. Se omiten el encabezado y el pie repetidos de cada página.","Números de artículo: las palabras latinas del rótulo se escriben con mayúscula inicial ('12 BIS' -> '12 Bis'; '307-BIS' -> '307-Bis'); se conserva la grafía de la fuente ('Quarter').","Las marcas editoriales de la fuente ('Artículo Reformado', 'Párrafo Adicionado', …) y la entrada del historial de reformas que la fuente publica después de los transitorios originales van en nota_reforma del artículo, no en el texto."]},"articulo":{"numero":"320 Bis","clave":"320bis","slug":"320-bis","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","PARTE ESPECIAL","TITULO TERCERO. DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA COMETIDOS POR PARTICULARES","CAPITULO VII. FALSEDAD ANTE LAS AUTORIDADES"],"texto":"Tipo y punibilidad.- Comete el delito de uso indebido de medios de comunicación de emergencia y denuncia, la persona que de forma dolosa reporte hechos falsos a instituciones públicas que presten servicios de emergencia, protección civil, bomberos o seguridad pública y provoque la movilización y presencia de elementos de dichas instituciones, a la que se le impondrá de tres meses a dos años de prisión y multa de quinientos a mil días del valor de la unidad de medida y actualización vigente.\n\nEn caso de reincidencia se impondrá de dos a cuatro años de prisión y multa de quinientos a mil días del valor de la unidad de medida y actualización vigente.","nota":"Artículo Adicionado\n\nHistorial de la fuente: Fue adicionado por Decreto No. 318, publicado en el Periódico Oficial No. 10, de fecha 22 de febrero de 2019, Sección III, Tomo CXXVI, expedido por la H. XXII Legislatura, siendo Gobernador Constitucional el C. Francisco Arturo Vega de Lamadrid 2013-2019;","url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-320-bis/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-320-bis.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"estado-de-mexico/codigo-penal","numero":"116 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-penal/articulo-116-bis/"},{"ley":"baja-california/codigo-penal","numero":"279 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-279-bis/"},{"ley":"baja-california/codigo-penal","numero":"302","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-302/"},{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"445","epigrafe":"Sustracción, ocultamiento, alteración, disimulo o afectación de información o documentación oficial o resguardada","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-445/"},{"ley":"baja-california/codigo-penal","numero":"280","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-280/"}]}},"cita":"Artículo 320 Bis, Código Penal de Baja California (Baja California). Texto vigente, última reforma 28 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-320-bis/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}