{"ley":{"id":"cdmx/codigo-civil","nombre":"Código Civil de la Ciudad de México","abreviatura":"CCCDMX","titulo":"Código Civil para el Distrito Federal","jurisdiccion":"cdmx","materia":"civil","publicacion_original":null,"ultima_reforma":"2026-08-20","ultima_reforma_fuente":"Gaceta Oficial de la Ciudad de México","fuente":"Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la Ciudad de México — Leyes y códigos","fuente_url":"https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/index.php/leyes/codigos","archivo_url":"https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/images/leyes/2025/CODIGOS_2025/CODIGO_CIVIL_PARA_EL_DF_15.4.docx","sha256":"b1d3b74ea3b5289ca83b18f7e965697ff9332499b31027633730527fd4094308","descargado":"2026-10-07","url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/","notas_verificacion":["art. 243: inicia con 'Se deroga.' pero conserva más texto en la fuente; se deja como 'vigente' con el texto literal completo","art. 1549: inicia con '(DEROGADO, G.O. 23 DE JULIO DE 2012)' pero conserva más texto en la fuente; se deja como 'vigente' con el texto literal completo","art. 3049: inicia con '(DEROGADO, G.O. 23 DE JULIO DE 2012)' pero conserva más texto en la fuente; se deja como 'vigente' con el texto literal completo","art. 3054: inicia con '(DEROGADO, G.O. 23 DE JULIO DE 2012)' pero conserva más texto en la fuente; se deja como 'vigente' con el texto literal completo","Fracciones e incisos son listas autonumeradas de Word; el marcador ('I.', 'a)') se reconstruyó desde numbering.xml y se contrastó contra el PDF de la misma edición."]},"articulo":{"numero":"3003","clave":"3003","slug":"3003","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO CUARTO. DE LAS OBLIGACIONES","TERCERA PARTE","TITULO SEGUNDO. Del registro publico","CAPITULO I. De su organización"],"texto":"Son obligaciones de quienes desempeñan la función registral, las siguientes:\n\nI. Admitir el título, y practicar los asientos de presentación de avisos preventivos o de avisos de otorgamiento a que se refiere el artículo 3016 de este Código, por orden de presentación de los documentos, salvo que exista motivo fundado que lo impida.\n\nII. Practicar los asientos que le sean solicitados en los plazos señalados en el presente; o en su caso denegar o suspender la inscripción de un documento.\n\nIII. Expedir los certificados en los plazos fijados en el presente Código o en la Ley Registral, salvo que exista motivo fundado que lo impida.\n\nIV. Derogada.\n\nV. Derogada.\n\nPara quienes desempeñen la función registral de manera indebida, se deberá observar lo dispuesto en el título quinto, capítulo único de la Ley Registral para el Distrito Federal.","nota":"(REFORMADO G.O. 20 DE JUNIO DE 2014)\n(REFORMADA G.O. 20 DE JUNIO DE 2014)\n(REFORMADA G.O. 20 DE JUNIO DE 2014)\n(REFORMADA G.O. 20 DE JUNIO DE 2014)\n(DEROGADA G.O. 20 DE JUNIO DE 2014)\n(DEROGADA G.O. 20 DE JUNIO DE 2014)\n(REFORMADO G.O. 20 DE JUNIO DE 2014)","url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-3003/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-3003.md"},"cita":"Artículo 3003, Código Civil de la Ciudad de México (Ciudad de México). Texto vigente, última reforma 20 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-3003/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}