{"ley":{"id":"cdmx/codigo-civil","nombre":"Código Civil de la Ciudad de México","abreviatura":"CCCDMX","titulo":"Código Civil para el Distrito Federal","jurisdiccion":"cdmx","materia":"civil","publicacion_original":null,"ultima_reforma":"2026-08-20","ultima_reforma_fuente":"Gaceta Oficial de la Ciudad de México","fuente":"Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la Ciudad de México — Leyes y códigos","fuente_url":"https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/index.php/leyes/codigos","archivo_url":"https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/images/leyes/2025/CODIGOS_2025/CODIGO_CIVIL_PARA_EL_DF_15.4.docx","sha256":"b1d3b74ea3b5289ca83b18f7e965697ff9332499b31027633730527fd4094308","descargado":"2026-10-07","url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/","notas_verificacion":["art. 243: inicia con 'Se deroga.' pero conserva más texto en la fuente; se deja como 'vigente' con el texto literal completo","art. 1549: inicia con '(DEROGADO, G.O. 23 DE JULIO DE 2012)' pero conserva más texto en la fuente; se deja como 'vigente' con el texto literal completo","art. 3049: inicia con '(DEROGADO, G.O. 23 DE JULIO DE 2012)' pero conserva más texto en la fuente; se deja como 'vigente' con el texto literal completo","art. 3054: inicia con '(DEROGADO, G.O. 23 DE JULIO DE 2012)' pero conserva más texto en la fuente; se deja como 'vigente' con el texto literal completo","Fracciones e incisos son listas autonumeradas de Word; el marcador ('I.', 'a)') se reconstruyó desde numbering.xml y se contrastó contra el PDF de la misma edición."]},"articulo":{"numero":"97","clave":"97","slug":"97","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO. De las personas","TITULO CUARTO. Del Registro Civil","CAPITULO VII. De las actas de matrimonio"],"texto":"Las personas que pretendan contraer matrimonio, deberán presentar un escrito ante el Juez del Registro Civil de su elección, que deberá contener:\n\nI. Los nombres, apellidos, edad, ocupación, domicilio y nacionalidad de los pretendientes, nombre, apellidos y nacionalidad de sus padres;\n\nII. Que no tienen impedimento legal para casarse, y\n\nIII. Que es su voluntad unirse en matrimonio.\n\nEste escrito deberá ser firmado por los solicitantes y deberá contener su huella digital. La voluntad deberá confirmarse y verificarse ante la autoridad del Registro Civil.\n\nPara el caso de matrimonios fuera de las oficinas del Registro Civil deberá observarse lo establecido en el Reglamento del Registro Civil.\n\nEl Juez o Jueza del Registro Civil hará del conocimiento de las y los pretendientes inmediatamente después de la presentación de la solicitud, si alguno de ellos o ellas se encuentra inscrito o inscrita en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.","nota":"(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, G.O. 13 DE ENERO DE 2004)\n(REFORMADA, G.O. 29 DE JULIO DE 2010)\n(REFORMADA, D.O.F. 14 DE MARZO DE 1973)\n(REFORMADA, D.O.F. 14 DE MARZO DE 1973)\n(REFORMADO, G.O. 13 DE JULIO DE 2016)\n(ADICIONADO, G.O. 13 DE ENERO DE 2004)\n(REFORMADO, G.O.CDMX 28 DE JUNIO DE 2024)","url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-97/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-97.md"},"cita":"Artículo 97, Código Civil de la Ciudad de México (Ciudad de México). Texto vigente, última reforma 20 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-97/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}