{"ley":{"id":"cdmx/codigo-fiscal","nombre":"Código Fiscal de la Ciudad de México","abreviatura":"CFCDMX","titulo":"Código Fiscal de la Ciudad de México","jurisdiccion":"cdmx","materia":"fiscal","publicacion_original":"2009-12-29","ultima_reforma":"2025-12-19","ultima_reforma_fuente":"Gaceta Oficial de la Ciudad de México","fuente":"Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la Ciudad de México — Leyes y códigos","fuente_url":"https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/index.php/leyes/codigos","archivo_url":"https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/images/leyes/2025/2026/210126/CODIGO_FISCAL_DE_LA_CDMX_26.1.docx","sha256":"6f51ad414693b8cc73d2c6714b46ba889bfcc6ff996a0cc5545300a5bdc09f95","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/","notas_verificacion":["34 párrafos del DOCX no encontrados literalmente en el PDF de la misma edición (p. ej. marcadores de lista o diferencias de edición): 113: 'RANGO LÍMITE INFERIOR LÍMITE SUPERIOR CUOTA FIJA FACTOR DE APLICACIÓN SOBRE EL EXCEDENTE D' | 130: 'RANGO LÍMITE INFERIOR DE VALOR CATASTRAL DE UN INMUEBLE LÍMITE SUPERIOR DE VALOR CATASTRAL' | 160: 'MES DE BAJA FACTOR APLICABLE AL IMPUESTO ANUAL' | 161 Bis 4: 'MES DE ADQUISICIÓN FACTOR APLICABLE AL IMPUESTO CAUSADO' | 161 Bis 12: 'MES FACTOR APLICABLE AL IMPUESTO CAUSADO' | 164 Ter 2: 'Nombre del Composición Toneladas Equivalencia' | 164 Ter 2: 'Dióxido de Carbono CO2 1 1' | 164 Ter 2: 'Óxido Nitroso N20 1 265' | 166: 'REHABILITACIÓN, AMPLIACIÓN, ADECUACIÓN O REMODELACIÓN DE OBRAS EXISTENTES A B C' | 166: 'DE SERVICIOS BÁSICOS DE AGUA AGUA POTABLE EN RED SECUNDARIA 100' | 166: 'DE INSTALACIONES SANITARIAS DRENAJE DE AGUAS SERVIDAS EN RED SECUNDARIA 100' | 166: 'DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS VIALIDAD ARTERIAS PRINCIPALES (EXCEPTO EJES VIALES) 48 32 20' | 166: 'EQUIPAMIENTO DE SALUD DE CONSULTA EXTERNA 48 32 20' | 166: 'ATENCIÓN DE EMERGENCIAS 48 32 20' | 166: 'EDUCACIÓN PREESCOLAR 63 37'","Los transitorios incluyen 616 imágenes (tablas publicadas como imagen en la fuente); su contenido no se transcribe. El articulado no contiene imágenes.","Fracciones e incisos son listas autonumeradas de Word; el marcador ('I.', 'a)') se reconstruyó desde numbering.xml y se contrastó contra el PDF de la misma edición."]},"articulo":{"numero":"164 Bis 6","clave":"164bis6","slug":"164-bis-6","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO. DE LOS INGRESOS","TÍTULO TERCERO. DE LOS INGRESOS POR CONTRIBUCIONES","CAPÍTULO VII BIS. Del Impuesto a la Venta Final de Bebidas con Contenido Alcohólico"],"texto":"Los contribuyentes de este impuesto, además de las obligaciones establecidas en este Código y en las demás disposiciones fiscales, tendrán las siguientes:\n\nI. Registrarse, para los efectos de este impuesto, ante la Secretaría, mediante aviso que será presentado en las formas o medios electrónicos, que para tal efecto autorice dicha dependencia.\n\nII. Llevar un registro pormenorizado de las ventas a que se refiere el artículo 164 BIS de este Código, por cada establecimiento, local, agencia o sucursal en que se efectúen, identificando los montos de cada una de dichas operaciones y las cantidades que integran la base del impuesto.\n\nIII. Expedir comprobante por cada una de las operaciones, sin que el impuesto establecido en este Capítulo se traslade en forma expresa y por separado.\n\nLa Secretaría de Desarrollo Económico y las Alcaldías tendrán la obligación de proporcionar a la Tesorería, de forma trimestral la información con la que cuenten sobre los establecimientos que realicen actividades relacionadas con este impuesto, a fin de mantener actualizado el padrón correspondiente y ejercer las facultades con que cuenta la autoridad fiscal.\n\nLa Secretaría a través de la Tesorería podrá emitir reglas de carácter general para el debido cumplimiento de las obligaciones fiscales de este impuesto.","nota":"Párrafo Adicionado G.O.CDMX. 27/12/24","url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-164-bis-6/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-164-bis-6.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"cdmx/codigo-fiscal","numero":"164 Ter 5","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-164-ter-5/"},{"ley":"codigo-fiscal-de-la-federacion","numero":"32-H","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-fiscal-de-la-federacion/articulo-32-h/"},{"ley":"ley-del-impuesto-especial-sobre-produccion-y-servicios","numero":"19","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-especial-sobre-produccion-y-servicios/articulo-19/"},{"ley":"cdmx/codigo-fiscal","numero":"141","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-141/"},{"ley":"ley-del-impuesto-sobre-la-renta","numero":"113-G","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-sobre-la-renta/articulo-113-g/"}]}},"cita":"Artículo 164 Bis 6, Código Fiscal de la Ciudad de México (Ciudad de México). 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