{"ley":{"id":"cdmx/codigo-fiscal","nombre":"Código Fiscal de la Ciudad de México","abreviatura":"CFCDMX","titulo":"Código Fiscal de la Ciudad de México","jurisdiccion":"cdmx","materia":"fiscal","publicacion_original":"2009-12-29","ultima_reforma":"2025-12-19","ultima_reforma_fuente":"Gaceta Oficial de la Ciudad de México","fuente":"Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la Ciudad de México — Leyes y códigos","fuente_url":"https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/index.php/leyes/codigos","archivo_url":"https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/images/leyes/2025/2026/210126/CODIGO_FISCAL_DE_LA_CDMX_26.1.docx","sha256":"6f51ad414693b8cc73d2c6714b46ba889bfcc6ff996a0cc5545300a5bdc09f95","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/","notas_verificacion":["34 párrafos del DOCX no encontrados literalmente en el PDF de la misma edición (p. ej. marcadores de lista o diferencias de edición): 113: 'RANGO LÍMITE INFERIOR LÍMITE SUPERIOR CUOTA FIJA FACTOR DE APLICACIÓN SOBRE EL EXCEDENTE D' | 130: 'RANGO LÍMITE INFERIOR DE VALOR CATASTRAL DE UN INMUEBLE LÍMITE SUPERIOR DE VALOR CATASTRAL' | 160: 'MES DE BAJA FACTOR APLICABLE AL IMPUESTO ANUAL' | 161 Bis 4: 'MES DE ADQUISICIÓN FACTOR APLICABLE AL IMPUESTO CAUSADO' | 161 Bis 12: 'MES FACTOR APLICABLE AL IMPUESTO CAUSADO' | 164 Ter 2: 'Nombre del Composición Toneladas Equivalencia' | 164 Ter 2: 'Dióxido de Carbono CO2 1 1' | 164 Ter 2: 'Óxido Nitroso N20 1 265' | 166: 'REHABILITACIÓN, AMPLIACIÓN, ADECUACIÓN O REMODELACIÓN DE OBRAS EXISTENTES A B C' | 166: 'DE SERVICIOS BÁSICOS DE AGUA AGUA POTABLE EN RED SECUNDARIA 100' | 166: 'DE INSTALACIONES SANITARIAS DRENAJE DE AGUAS SERVIDAS EN RED SECUNDARIA 100' | 166: 'DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS VIALIDAD ARTERIAS PRINCIPALES (EXCEPTO EJES VIALES) 48 32 20' | 166: 'EQUIPAMIENTO DE SALUD DE CONSULTA EXTERNA 48 32 20' | 166: 'ATENCIÓN DE EMERGENCIAS 48 32 20' | 166: 'EDUCACIÓN PREESCOLAR 63 37'","Los transitorios incluyen 616 imágenes (tablas publicadas como imagen en la fuente); su contenido no se transcribe. El articulado no contiene imágenes.","Fracciones e incisos son listas autonumeradas de Word; el marcador ('I.', 'a)') se reconstruyó desde numbering.xml y se contrastó contra el PDF de la misma edición."]},"articulo":{"numero":"220","clave":"220","slug":"220","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO. DE LOS INGRESOS","TÍTULO TERCERO. DE LOS INGRESOS POR CONTRIBUCIONES","CAPÍTULO IX. De los Derechos por la Prestación de Servicios","Sección Séptima. De los Derechos por Servicios de Control Vehicular"],"texto":"Por los servicios de control vehicular que se presten respecto a vehículos del servicio público, mercantil, privado y particular de transporte de pasajeros y de carga, así como lo relacionado al equipamiento auxiliar de transporte, excepto al servicio público de transporte individual de pasajeros, se pagarán las siguientes cuotas:\n\nI. Por el otorgamiento de concesiones y permisos:\n\na). Concesión de Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros:\n\n1. Por su otorgamiento:\n\n1.1. Por cada año que comprenda……………………………………………………………………..$55,091.00\n\n1.2. Por cada unidad que comprenda………………………………………………………………….$13,838.00\n\n2. Por su prórroga:\n\n2.1. Por cada año que comprenda………………………………………………………………...……$21,574.00\n\n2.2. Por cada unidad que comprenda…………………………………………………………………...$5,419.00\n\n3. Por reposición de título-concesión…………………………………………………………………...$5,330.00\n\n4. Se deroga.\n\nb). Autorización de Servicio de Transporte Público Metropolitano de Pasajeros:\n\n1. Por su otorgamiento, por cada itinerario de organizaciones y empresas de otras entidades…….$16,214.00\n\n2. Por cada vehículo adicional de otras entidades que ingresen, por unidad………………………….$5,177.00\n\n3. Por la vigencia anual, por cada vehículo…………………………………………………………………$336.00\n\n4. Por cada cajón vehicular autorizado en bases de servicio, por anualidad……………………………$755.00\n\n5. Por la realización de estudios técnicos para el establecimiento de itinerario y bases de servicio para la prestación del servicio público colectivo metropolitano de pasajeros……………………………$1,122.00\n\nc). Concesiones para el servicio público de transporte de carga en general:\n\n1. Por su prórroga, por cada vehículo que comprenda………………………………………………...$21,574.00\n\n2. Por reposición de título concesión…………………………………………………………………….$5,330.00\n\n3. Por cada cajón vehicular autorizado en bases y sitios establecidos…………………………………..$702.00\n\n4. Por el establecimiento de estación de servicio o sitio………………………………………………...$1,988.00\n\n5. Por el establecimiento de caseta………………………………………………………………………$2,303.00\n\n6. Por el otorgamiento de concesión de servicio público de transporte de carga en general……….$27,745.00\n\nd). Permisos de Transporte:\n\n1. Por su otorgamiento o prórroga, por cada vehículo que comprenda, por año:\n\n1.1. Transporte mercantil de pasajeros y de carga:\n\na). De valores…………………………………………………………………………………………...…$2,594.00\n\nb). De mensajería…………………………………………………………………………………………$2,594.00\n\nc). De sustancias tóxicas o peligrosas…………………………………………………………………$3,523.00\n\nd). Especializado de pasajeros y carga, y de turismo………………………………………………...$2,992.00\n\ne). Grúas…………………………………………………………………………………………………..$2,992.00\n\nf). Transporte de pasajeros escolar y de personal………………………………………………………$2,594.00\n\ng). Transporte de turistas en recorridos específicos…………………………………………………..$31,913.00\n\n1.2. Transporte privado de pasajeros y de carga:\n\na). De una negociación o empresa, así como las que operen y/o administren por sí mismas o a través de sus subsidiarias, aplicaciones para el control, programación y/o geolocalización en dispositivos fijos o móviles, para contratar servicios privados de transporte con chofer………………………………...$2,594.00\n\nb). De valores……………………………………………………………………………………………...$2,594.00\n\nc). De mensajería………………………………………………………………………………………….$2,594.00\n\nd). De sustancias tóxicas o peligrosas…………………………………………………………………..$3,328.00\n\ne). Especializado de pasajeros y carga, y de turismo……………………………………………………$2,992.00\n\nf). Transporte Privado Escolar………………………………………………………………………$1,558.00\n\ng). Transporte Privado de Personal……………………………………………………………………..$1,558.00\n\nh). Transporte de Pasajeros Especializado………………………………………………………..……$2,594.00\n\ni). Se deroga.\n\nj). Transporte de Pasajeros en Bicicletas o Motocicletas Adaptadas…………………………………$1,036.00\n\nk). Grúas……………………………………………………………………………………..……………$2,992.00\n\nl). Seguridad Privada:\n\n1. Automóviles……………………………………………………………………………………………$2,594.00\n\n2. Motocicletas……………………………………………………………………………………………$1,036.00\n\n2. Por su otorgamiento y revalidación de permisos complementarios para el establecimiento y operación de equipamiento auxiliar para el servicio de transporte público de pasajeros y de carga, por cada cajón vehicular autorizado por anualidad……………………………………………………….$1,761.00\n\n3. Por la vigencia anual de itinerario, por cada vehículo………………………………………………..$925.00\n\n4. Por reposición del Permiso……………………………………………………………………………$3,473.00\n\n5. Por la realización de estudios técnicos para el establecimiento de itinerarios y bases de servicio y sitios para la prestación del servicio público de transporte colectivo de pasajeros, y de carga……………..............................................................................................................................$1,063.00\n\nII. Autorización y Registro:\n\n1. Por el servicio de transporte de carga particular, por vehículo, por anualidad………………………$1,544.00\n\n2. Autorización especial para transporte de carga mercantil de mensajería en vehículos de más de 3.5\n\nToneladas…………………………………………………………………………………………………$2,594.00\n\nIII. Por el trámite de alta que comprende expedición inicial de placas, tarjeta de circulación y calcomanía, así como por su refrendo para la vigencia anual de las placas de matrícula:\n\na). Tratándose de vehículos de servicio público de transporte:\n\n1. Por el trámite de alta……………………………………………………………………………………$2,013.00\n\n2. Por el refrendo………………………………………………………………………………………….$1,461.00\n\nb). Tratándose de vehículos de servicio privado de transporte:\n\n1. Por el trámite de alta…………………………………………………………………………………….$1,909.00\n\n2. Por el refrendo………………………………………………………………………………………….$1,382.00\n\nc). Tratándose de servicio de transporte de carga:\n\n1. Por el trámite de alta……………………………………………………………………………………$2,013.00\n\n2. Por el refrendo………………………………………………………………………………………….$1,461.00\n\nIV. Por reposición de placas, por cada una:\n\na). Vehículos de servicio público de transporte………………………………………………………....$1,429.00\n\nb). Vehículos de servicio particular de transporte…………………………………………………...$1,186.00\n\nc). Vehículos de servicio de transporte de carga…………………………………………………….$1,429.00\n\nV. Por la expedición de permiso para circular sin placas, tarjeta de circulación o calcomanía, hasta por sesenta días naturales……………………..…………………………………………………………$1,178.00\n\nVI. Por la expedición de permisos para circular con aditamentos a la carrocería……………………….$435.00\n\nVII. Por reposición de tarjeta de circulación o calcomanía………………………………………………...$295.00\n\nVIII. Por cambio de carrocería, motor o domicilio y corrección de datos, incluyendo la expedición de nueva tarjeta de circulación……………………………………………………………………………………$228.00\n\nIX. Por sustitución de vehículos del servicio público de transporte de pasajeros o del servicio de transporte de carga, en todas sus modalidades, por vehículo, incluyendo la expedición de tarjeta de circulación\n\n………………………………………………………………………………………………………….……. $729.00\n\nX. Por la vigencia anual de la concesión o permiso y la revista………………………………………...$2,607.00\n\nXI. Por el trámite de baja de vehículo o la suspensión provisional de la prestación del servicio hasta por un Año……………………………………………………………………………………………………..$749.00\n\nXII. Por la autorización de cesión o transmisión de los derechos y obligaciones de una concesión, por cada vehículo que comprenda, incluyendo la expedición de tarjeta de circulación………………….$15,709.00\n\nXIII. Por la autorización a centros de capacitación para impartir los cursos a transportistas de pasajeros y de carga y a clínicas para aplicar la evaluación médica integral……………………………………$7,487.00\n\nXIV. Por el Registro:\n\na). Registro de representantes legales, mandatarios y apoderados de personas morales concesionarias y permisionarios del servicio de transporte, privado y mercantil de pasajeros y de carga…………...$7,487.00\n\nb). Registro de personas físicas o morales que presten servicios profesionales relacionados con el transporte motivo de su especialidad a particulares y a la Secretaría de Movilidad…………………$7,487.00\n\nc). Registro o cancelación de gravamen de concesión de transporte…………………………………$2,273.00\n\nXV. Por cualquier otro servicio distinto a los señalados en las fracciones anteriores…………………..$435.00","nota":"Numerales reformados en sus cuotas G.O.CDMX 19/12/25\nNumerales reformados en sus cuotas G.O.CDMX 19/12/25\nNumeral reformado en su cuota G.O.CDMX 19/12/25\nNumerales reformados en sus cuotas G.O.CDMX 19/12/25\nNumerales reformados en sus cuotas G.O.CDMX 19/12/25\nFracciones reformadas en sus cuotas G.O.CDMX 19/12/25\nFracciones reformadas en sus cuotas G.O.CDMX 19/12/25\nNumerales reformados en sus cuotas G.OCDMX 19/12/25\nNumeral reformado en su cuota G.O.CDMX 19/12/25\nNumeral reformado en su cuota G.O.CDMX 19/12/25\nNumeral reformado en su cuota G.O.CDMX 19/12/25\nNumeral reformado en su cuota G.O.CDMX 19/12/25\nNumerales reformados en sus cuotas G.O.CDMX 19/12/25\nNumerales reformados en sus cuotas G.O.CDMX 19/12/25\nNumerales reformados en sus cuotas G.O.CDMX 19/12/25\nNumerales reformados en sus cuotas G.O.CDMX 19/12/25\nIncisos reformados en sus cuotas G.O.CDMX 19/12/25\nFracción reformada en su cuota G.O.CDMX 19/12/25\nFracción reformada en su cuota G.O.CDMX 19/12/25\nFracción reformada en su cuota G.O.CDMX 19/12/25\nFracción reformada en su cuota G.O.CDMX 19/12/25\nFracción reformada en su cuota G.O.CDMX 19/12/25\nFracción reformada en su cuota G.O.CDMX 19/12/25\nFracción reformada en su cuota G.O.CDMX 19/12/25\nFracción reformada en su cuota G.O.CDMX 19/12/25\nFracción reformada en su cuota G.O.CDMX 19/12/25\nIncisos reformados de sus cuotas G.O.CDMX 19/12/25\nFracción reformada de su cuota G.O.CDMX 19/12/25","url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-220/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-220.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"cdmx/codigo-fiscal","numero":"221","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-221/"},{"ley":"cdmx/codigo-fiscal","numero":"294","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-294/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"cdmx/codigo-fiscal","numero":"222","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-222/"},{"ley":"cdmx/codigo-fiscal","numero":"219","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-219/"},{"ley":"ley-federal-de-derechos","numero":"148","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-derechos/articulo-148/"},{"ley":"ley-federal-de-derechos","numero":"149","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-derechos/articulo-149/"},{"ley":"cdmx/codigo-fiscal","numero":"223","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-223/"}]}},"cita":"Artículo 220, Código Fiscal de la Ciudad de México (Ciudad de México). 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