{"ley":{"id":"cdmx/codigo-fiscal","nombre":"Código Fiscal de la Ciudad de México","abreviatura":"CFCDMX","titulo":"Código Fiscal de la Ciudad de México","jurisdiccion":"cdmx","materia":"fiscal","publicacion_original":"2009-12-29","ultima_reforma":"2025-12-19","ultima_reforma_fuente":"Gaceta Oficial de la Ciudad de México","fuente":"Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la Ciudad de México — Leyes y códigos","fuente_url":"https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/index.php/leyes/codigos","archivo_url":"https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/images/leyes/2025/2026/210126/CODIGO_FISCAL_DE_LA_CDMX_26.1.docx","sha256":"6f51ad414693b8cc73d2c6714b46ba889bfcc6ff996a0cc5545300a5bdc09f95","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/","notas_verificacion":["34 párrafos del DOCX no encontrados literalmente en el PDF de la misma edición (p. ej. marcadores de lista o diferencias de edición): 113: 'RANGO LÍMITE INFERIOR LÍMITE SUPERIOR CUOTA FIJA FACTOR DE APLICACIÓN SOBRE EL EXCEDENTE D' | 130: 'RANGO LÍMITE INFERIOR DE VALOR CATASTRAL DE UN INMUEBLE LÍMITE SUPERIOR DE VALOR CATASTRAL' | 160: 'MES DE BAJA FACTOR APLICABLE AL IMPUESTO ANUAL' | 161 Bis 4: 'MES DE ADQUISICIÓN FACTOR APLICABLE AL IMPUESTO CAUSADO' | 161 Bis 12: 'MES FACTOR APLICABLE AL IMPUESTO CAUSADO' | 164 Ter 2: 'Nombre del Composición Toneladas Equivalencia' | 164 Ter 2: 'Dióxido de Carbono CO2 1 1' | 164 Ter 2: 'Óxido Nitroso N20 1 265' | 166: 'REHABILITACIÓN, AMPLIACIÓN, ADECUACIÓN O REMODELACIÓN DE OBRAS EXISTENTES A B C' | 166: 'DE SERVICIOS BÁSICOS DE AGUA AGUA POTABLE EN RED SECUNDARIA 100' | 166: 'DE INSTALACIONES SANITARIAS DRENAJE DE AGUAS SERVIDAS EN RED SECUNDARIA 100' | 166: 'DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS VIALIDAD ARTERIAS PRINCIPALES (EXCEPTO EJES VIALES) 48 32 20' | 166: 'EQUIPAMIENTO DE SALUD DE CONSULTA EXTERNA 48 32 20' | 166: 'ATENCIÓN DE EMERGENCIAS 48 32 20' | 166: 'EDUCACIÓN PREESCOLAR 63 37'","Los transitorios incluyen 616 imágenes (tablas publicadas como imagen en la fuente); su contenido no se transcribe. El articulado no contiene imágenes.","Fracciones e incisos son listas autonumeradas de Word; el marcador ('I.', 'a)') se reconstruyó desde numbering.xml y se contrastó contra el PDF de la misma edición."]},"articulo":{"numero":"380","clave":"380","slug":"380","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO TERCERO","TÍTULO PRIMERO. DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN","CAPÍTULO I. Del Procedimiento Administrativo de Ejecución"],"texto":"El deudor o, en su defecto, la persona con quien se entienda la diligencia de embargo, tendrá derecho a señalar los bienes en que éste se deba trabar, sujetándose al orden siguiente:\n\nI. Dinero, metales preciosos, frutos civiles que generen los inmuebles y depósitos bancarios, componentes de ahorro o inversión asociados a seguros de vida que no formen parte de la prima que haya de erogarse para el pago de dicho seguro, o cualquier otro depósito en moneda nacional o extranjera que se realicen en cualquier tipo de cuenta que tenga a su nombre el contribuyente en alguna de las entidades financieras o sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, salvo los depósitos que una persona tenga en su cuenta individual de ahorro para el retiro hasta por el monto de las aportaciones que se hayan realizado de manera obligatoria conforme a la Ley de la materia y las aportaciones voluntarias y complementarias hasta por un monto de 20 salarios mínimos elevados al año, tal como establece la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.\n\nII. Acciones, bonos, cupones vencidos, valores mobiliarios y en general, créditos de inmediato y fácil cobro, a cargo de dependencias o entidades de la Federación, Estados y Municipios y de instituciones o empresas particulares de reconocida solvencia;\n\nIII. Bienes muebles no comprendidos en las fracciones anteriores;\n\nIV. Bienes inmuebles, y\n\nV. Negociaciones comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas.\n\nLa persona con quien se entienda la diligencia de embargo podrá designar dos testigos, y si no lo hiciere o al terminar la diligencia los testigos designados se negaren a firmar, éstos podrán ser designados en el mismo acto por el actuario o persona habilitada por la autoridad fiscal de entre las personas que se encuentren presentes, haciendo constar en ambos casos dicha circunstancia en el acta que al efecto se levante por el actuario o la persona habilitada por la autoridad fiscal, sin que tales circunstancias afecten la legalidad del embargo.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-380/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-380.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"cdmx/codigo-fiscal","numero":"381","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-381/"},{"ley":"cdmx/codigo-fiscal","numero":"383","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-383/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"codigo-fiscal-de-la-federacion","numero":"155","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-fiscal-de-la-federacion/articulo-155/"},{"ley":"morelos/codigo-civil","numero":"2335","epigrafe":"SITUACION DE LOS FRUTOS EN LA PRENDA","url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-civil/articulo-2335/"},{"ley":"queretaro/codigo-civil","numero":"2779","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-2779/"},{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"2880","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-2880/"},{"ley":"aguascalientes/codigo-civil","numero":"2756","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-civil/articulo-2756/"}]}},"cita":"Artículo 380, Código Fiscal de la Ciudad de México (Ciudad de México). 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