{"ley":{"id":"cdmx/codigo-fiscal","nombre":"Código Fiscal de la Ciudad de México","abreviatura":"CFCDMX","titulo":"Código Fiscal de la Ciudad de México","jurisdiccion":"cdmx","materia":"fiscal","publicacion_original":"2009-12-29","ultima_reforma":"2025-12-19","ultima_reforma_fuente":"Gaceta Oficial de la Ciudad de México","fuente":"Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la Ciudad de México — Leyes y códigos","fuente_url":"https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/index.php/leyes/codigos","archivo_url":"https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/images/leyes/2025/2026/210126/CODIGO_FISCAL_DE_LA_CDMX_26.1.docx","sha256":"6f51ad414693b8cc73d2c6714b46ba889bfcc6ff996a0cc5545300a5bdc09f95","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/","notas_verificacion":["34 párrafos del DOCX no encontrados literalmente en el PDF de la misma edición (p. ej. marcadores de lista o diferencias de edición): 113: 'RANGO LÍMITE INFERIOR LÍMITE SUPERIOR CUOTA FIJA FACTOR DE APLICACIÓN SOBRE EL EXCEDENTE D' | 130: 'RANGO LÍMITE INFERIOR DE VALOR CATASTRAL DE UN INMUEBLE LÍMITE SUPERIOR DE VALOR CATASTRAL' | 160: 'MES DE BAJA FACTOR APLICABLE AL IMPUESTO ANUAL' | 161 Bis 4: 'MES DE ADQUISICIÓN FACTOR APLICABLE AL IMPUESTO CAUSADO' | 161 Bis 12: 'MES FACTOR APLICABLE AL IMPUESTO CAUSADO' | 164 Ter 2: 'Nombre del Composición Toneladas Equivalencia' | 164 Ter 2: 'Dióxido de Carbono CO2 1 1' | 164 Ter 2: 'Óxido Nitroso N20 1 265' | 166: 'REHABILITACIÓN, AMPLIACIÓN, ADECUACIÓN O REMODELACIÓN DE OBRAS EXISTENTES A B C' | 166: 'DE SERVICIOS BÁSICOS DE AGUA AGUA POTABLE EN RED SECUNDARIA 100' | 166: 'DE INSTALACIONES SANITARIAS DRENAJE DE AGUAS SERVIDAS EN RED SECUNDARIA 100' | 166: 'DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS VIALIDAD ARTERIAS PRINCIPALES (EXCEPTO EJES VIALES) 48 32 20' | 166: 'EQUIPAMIENTO DE SALUD DE CONSULTA EXTERNA 48 32 20' | 166: 'ATENCIÓN DE EMERGENCIAS 48 32 20' | 166: 'EDUCACIÓN PREESCOLAR 63 37'","Los transitorios incluyen 616 imágenes (tablas publicadas como imagen en la fuente); su contenido no se transcribe. El articulado no contiene imágenes.","Fracciones e incisos son listas autonumeradas de Word; el marcador ('I.', 'a)') se reconstruyó desde numbering.xml y se contrastó contra el PDF de la misma edición."]},"articulo":{"numero":"61","clave":"61","slug":"61","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO. DE LOS INGRESOS","TÍTULO SEGUNDO. DE LOS ELEMENTOS GENERALES DE LAS CONTRIBUCIONES","CAPÍTULO III. De los Derechos y Obligaciones de los Contribuyentes"],"texto":"Los contribuyentes que dictaminen el cumplimiento de sus obligaciones fiscales deberán presentar a través de los medios que establezca la Secretaría, a más tardar el 15 de marzo del ejercicio siguiente a aquel que se dictamina, el aviso para dictaminar, señalando las contribuciones objeto del dictamen, aún cuando el aviso se presente por primera ocasión. La presentación de la documentación se realizará de conformidad con las reglas de carácter general que al efecto emita la Secretaría.\n\nEl aviso a que se refiere este artículo no surtirá efectos cuando:\n\na). No se presente en el formato publicado;\n\nb). El Contador Público propuesto no cuente con el registro correspondiente ante las autoridades fiscales de la Ciudad de México antes de la presentación del aviso y compruebe haber cumplido con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 59, o su registro se encuentre suspendido en los términos del artículo 98, fracción II, de este Código;\n\nc). Exista impedimento del Contador Público que suscriba el aviso;\n\nd). Se esté practicando visita domiciliaria al contribuyente por el período al cual corresponde el aviso para dictaminar, salvo que se encuentren obligados por disposición del artículo 58 de este Código;\n\ne). El Contador Público propuesto no cumpla con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 59, y\n\nf). Cuando se presente de manera extemporánea; no obstante lo anterior, los contribuyentes a que hace referencia el artículo 58 de este Código, deberán cumplir con esta obligación.\n\nEl período del dictamen deberá abarcar las contribuciones causadas durante un año de calendario.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-61/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-61.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"cdmx/codigo-fiscal","numero":"62","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-62/"},{"ley":"cdmx/codigo-fiscal","numero":"68","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-68/"},{"ley":"cdmx/codigo-fiscal","numero":"98","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-98/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"cdmx/codigo-fiscal","numero":"15","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-15/"},{"ley":"cdmx/codigo-fiscal","numero":"105 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-105-bis/"},{"ley":"ley-federal-de-derechos","numero":"7","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-derechos/articulo-7/"},{"ley":"ley-del-impuesto-sobre-la-renta","numero":"178","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-sobre-la-renta/articulo-178/"}]}},"cita":"Artículo 61, Código Fiscal de la Ciudad de México (Ciudad de México). Texto vigente, última reforma 19 dic 2025. https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-61/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}