{"ley":{"id":"cdmx/codigo-penal","nombre":"Código Penal de la Ciudad de México","abreviatura":"CPCDMX","titulo":"Código Penal para el Distrito Federal","jurisdiccion":"cdmx","materia":"penal","publicacion_original":null,"ultima_reforma":"2026-08-21","ultima_reforma_fuente":"Gaceta Oficial de la Ciudad de México","fuente":"Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la Ciudad de México — Leyes y códigos","fuente_url":"https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/index.php/leyes/codigos","archivo_url":"https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/images/leyes/2025/2026/50226/CODIGO_PENAL_PARA_EL_DF_12.9.docx","sha256":"9adf8e2611f4fe8e100b8bb3d7f4e38854d1e54453a6d3de4ff1e5d85235cff3","descargado":"2026-10-07","url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/","notas_verificacion":["art. 136: inicia con 'Derogado.' pero conserva más texto en la fuente; se deja como 'vigente' con el texto literal completo","Fracciones e incisos son listas autonumeradas de Word; el marcador ('I.', 'a)') se reconstruyó desde numbering.xml y se contrastó contra el PDF de la misma edición."]},"articulo":{"numero":"179 Bis","clave":"179bis","slug":"179-bis","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO. PARTE ESPECIAL","TÍTULO QUINTO. DELITOS CONTRA LA LIBERTAD Y LA SEGURIDAD SEXUALES Y EL NORMAL DESARROLLO PSICOSEXUAL","CAPÍTULO III. ACOSO SEXUAL"],"texto":"A quien por sí o a través de interpósita persona, haciendo uso de medios tecnológicos, informáticos, de radiodifusión o de transmisión de datos, contacte a una persona menor de dieciocho años, o a quien no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o para resistirlo, con cualquiera de las siguientes finalidades:\n\nI. Solicitar, enviar, intercambiar o intentar obtener imágenes, audios o videos con contenido sexual explícito, o con connotación sexual;\n\nII. Solicitar, proponer o concertar un encuentro sexual, físico o virtual, con la víctima;\n\nIII. Inducir, persuadir, coaccionar o sugerir a la víctima la ejecución de actos sexuales o de exhibición corporal, con independencia de que se realicen o no, se le impondrá de cuatro a seis años de prisión y de quinientos a mil días de multa y la obligación de acudir a servicios reeducativos, los que en ningún caso excederán del tiempo impuesto en la pena de prisión, independientemente de las sanciones que correspondan por cualquier otro delito.\n\nLa pena se aumentará hasta en una mitad cuando el sujeto activo se haga pasar por menor de edad, servidor público, docente, persona de confianza o bien, cuando utilice una identidad falsa para lograr el contacto.\n\nEste delito se perseguirá de oficio.","nota":"Artículo reformado G.O. CDMX 24/12/25","url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-179-bis/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-179-bis.md"},"cita":"Artículo 179 Bis, Código Penal de la Ciudad de México (Ciudad de México). Texto vigente, última reforma 21 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-179-bis/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}