{"ley":{"id":"cdmx/codigo-penal","nombre":"Código Penal de la Ciudad de México","abreviatura":"CPCDMX","titulo":"Código Penal para el Distrito Federal","jurisdiccion":"cdmx","materia":"penal","publicacion_original":null,"ultima_reforma":"2026-08-21","ultima_reforma_fuente":"Gaceta Oficial de la Ciudad de México","fuente":"Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la Ciudad de México — Leyes y códigos","fuente_url":"https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/index.php/leyes/codigos","archivo_url":"https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/images/leyes/2025/2026/50226/CODIGO_PENAL_PARA_EL_DF_12.9.docx","sha256":"9adf8e2611f4fe8e100b8bb3d7f4e38854d1e54453a6d3de4ff1e5d85235cff3","descargado":"2026-10-07","url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/","notas_verificacion":["art. 136: inicia con 'Derogado.' pero conserva más texto en la fuente; se deja como 'vigente' con el texto literal completo","Fracciones e incisos son listas autonumeradas de Word; el marcador ('I.', 'a)') se reconstruyó desde numbering.xml y se contrastó contra el PDF de la misma edición."]},"articulo":{"numero":"293 Quáter","clave":"293quater","slug":"293-quater","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO. PARTE ESPECIAL","TÍTULO VIGÉSIMO. HECHOS DE CORRUPCIÓN Y DELITOS EN CONTRA DEL ADECUADO DESARROLLO DE LA JUSTICIA COMETIDOS POR SERVIDORES PÚBLICOS","CAPÍTULO II. DELITOS EN EL ÁMBITO DE LA PROCURACIÓN DE JUSTICIA"],"texto":"Se impondrán de dos a seis años de prisión, y una multa de quinientas a mil Unidades de Medida y Actualización a la persona servidora pública que, de forma indebida difunda, entregue, revele, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, videograbe, audiograbe, fotografíe, filme, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios, videos, información reservada, documentos del lugar de los hechos o del hallazgo, indicios, evidencias, objetos, instrumentos relacionados con el procedimiento penal o productos con uno o varios hechos, señalados por la Ley como delitos.\n\nLas sanciones previstas en el artículo anterior aumentarán en una tercera parte, sí la información que se difunda:\n\nI. Sea con el fin de menoscabar la dignidad de las víctimas o de sus familiares;\n\nII. Tratare de cadáveres de mujeres, niñas, o adolescentes, o\n\nIII. Sea de las circunstancias de su muerte, de las lesiones o del estado de salud de la víctima","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-293-quater/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-293-quater.md"},"cita":"Artículo 293 Quáter, Código Penal de la Ciudad de México (Ciudad de México). Texto vigente, última reforma 21 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-293-quater/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}