{"ley":{"id":"cdmx/ley-de-cultura-civica","nombre":"Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México","abreviatura":"LCCCDMX","titulo":"Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México","jurisdiccion":"cdmx","materia":"administrativo","publicacion_original":"2019-06-07","ultima_reforma":"2026-08-21","ultima_reforma_fuente":"Gaceta Oficial de la Ciudad de México","fuente":"Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la Ciudad de México — Leyes y códigos","fuente_url":"https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/index.php/leyes/leyes?start=27","archivo_url":"https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/images/leyes/2025/2026/190126/LEY_DE_CULTURA_CIVICA_DE_LA_CIUDAD_DE_MEXICO_3.1.docx","sha256":"342678e2711753f9002ed037dee27e427cd42372eb05b32a30f9fee67bc7f194","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/ley-de-cultura-civica/","notas_verificacion":["1 párrafos del DOCX no encontrados literalmente en el PDF de la misma edición (p. ej. marcadores de lista o diferencias de edición): 32: 'V, V BIS, VI, VII, VIII, X, XII, XIII, XIV y XIX C'","Fracciones e incisos son listas autonumeradas de Word; el marcador ('I.', 'a)') se reconstruyó desde numbering.xml y se contrastó contra el PDF de la misma edición."]},"articulo":{"numero":"42","clave":"42","slug":"42","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TÍTULO TERCERO. INFRACCIONES, SANCIONES Y DEL TRABAJO A FAVOR DE LA COMUNIDAD","CAPÍTULO III. DEL TRABAJO EN FAVOR DE LA COMUNIDAD"],"texto":"La Persona Juzgadora, valorando las circunstancias personales del infractor, podrá acordar la suspensión de la sanción impuesta y señalar los días, horas y lugares en que se llevarán a cabo el trabajo en favor a la comunidad y, sólo hasta la ejecución de las mismas cancelará la sanción de que se trate.\n\nLa Administración Pública de la Ciudad de México y las Alcaldías enviarán a la Consejería propuestas de trabajo en favor de la comunidad para que sean cumplidas por las personas infractoras, siguiendo los lineamientos y equivalencias de tiempo que ella misma determine.\n\nEn todos los casos, la Persona Juzgadora hará del conocimiento de la Persona Infractora la prerrogativa a que se refiere este artículo.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/ley-de-cultura-civica/articulo-42/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/ley-de-cultura-civica/articulo-42.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"sinaloa/codigo-penal","numero":"295","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sinaloa/codigo-penal/articulo-295/"},{"ley":"queretaro/codigo-penal","numero":"258","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-penal/articulo-258/"},{"ley":"chiapas/codigo-penal","numero":"355","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-penal/articulo-355/"},{"ley":"quintana-roo/codigo-penal","numero":"205","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-205/"},{"ley":"cdmx/ley-de-cultura-civica","numero":"46","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/ley-de-cultura-civica/articulo-46/"}]}},"cita":"Artículo 42, Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México (Ciudad de México). Texto vigente, última reforma 21 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/cdmx/ley-de-cultura-civica/articulo-42/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}