{"ley":{"id":"cdmx/ley-de-cultura-civica","nombre":"Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México","abreviatura":"LCCCDMX","titulo":"Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México","jurisdiccion":"cdmx","materia":"administrativo","publicacion_original":"2019-06-07","ultima_reforma":"2026-08-21","ultima_reforma_fuente":"Gaceta Oficial de la Ciudad de México","fuente":"Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la Ciudad de México — Leyes y códigos","fuente_url":"https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/index.php/leyes/leyes?start=27","archivo_url":"https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/images/leyes/2025/2026/190126/LEY_DE_CULTURA_CIVICA_DE_LA_CIUDAD_DE_MEXICO_3.1.docx","sha256":"342678e2711753f9002ed037dee27e427cd42372eb05b32a30f9fee67bc7f194","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/ley-de-cultura-civica/","notas_verificacion":["1 párrafos del DOCX no encontrados literalmente en el PDF de la misma edición (p. ej. marcadores de lista o diferencias de edición): 32: 'V, V BIS, VI, VII, VIII, X, XII, XIII, XIV y XIX C'","Fracciones e incisos son listas autonumeradas de Word; el marcador ('I.', 'a)') se reconstruyó desde numbering.xml y se contrastó contra el PDF de la misma edición."]},"articulo":{"numero":"90","clave":"90","slug":"90","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TÍTULO CUARTO. PROCEDIMIENTOS","CAPÍTULO IV. PROCEDIMIENTO POR QUEJA"],"texto":"El convenio de conciliación puede tener por objeto:\n\nI. La reparación del daño, y\n\nII. No reincidir en conductas que den motivo a un nuevo procedimiento.\n\nEn el convenio se establecerá el término para el cumplimiento de lo señalado en la fracción I, así como para los demás acuerdos que asuman las partes.\n\nCuando el daño se cause con motivo de lo previsto en la fracción XVII del artículo 28 de la Ley, el convenio se elaborará con base en el valor del daño que se establezca en el dictamen en materia de tránsito terrestre emitido por las personas peritos adscritos a la Consejería, respetando el principio de autonomía de voluntad de las partes, pero sin que el monto a negociar pueda exceder o sea inferior a un veinte por ciento del valor del daño dictaminado.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/ley-de-cultura-civica/articulo-90/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/ley-de-cultura-civica/articulo-90.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"cdmx/ley-de-cultura-civica","numero":"97","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/ley-de-cultura-civica/articulo-97/"},{"ley":"ley-federal-del-trabajo","numero":"939","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-del-trabajo/articulo-939/"},{"ley":"cdmx/codigo-fiscal","numero":"449-31","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-449-31/"},{"ley":"codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares","numero":"828","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares/articulo-828/"},{"ley":"cdmx/codigo-fiscal","numero":"449-11","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-449-11/"}]}},"cita":"Artículo 90, Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México (Ciudad de México). Texto vigente, última reforma 21 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/cdmx/ley-de-cultura-civica/articulo-90/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}