{"ley":{"id":"cdmx/ley-de-movilidad","nombre":"Ley de Movilidad de la Ciudad de México","abreviatura":"LMCDMX","titulo":"Ley de Movilidad de la Ciudad de México","jurisdiccion":"cdmx","materia":"administrativo","publicacion_original":"2014-07-14","ultima_reforma":"2025-08-27","ultima_reforma_fuente":"Gaceta Oficial de la Ciudad de México","fuente":"Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la Ciudad de México — Leyes y códigos","fuente_url":"https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/index.php/leyes/leyes?start=81","archivo_url":"https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/images/leyes/2025/LEY_DE_MOVILIDAD_DE_LA_CDMX_3.2.docx","sha256":"638a249d8fabf19b55967a815f88b3df5a3b775fc87299f703db0675399f5a72","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/ley-de-movilidad/","notas_verificacion":["Fracciones e incisos son listas autonumeradas de Word; el marcador ('I.', 'a)') se reconstruyó desde numbering.xml y se contrastó contra el PDF de la misma edición."]},"articulo":{"numero":"34","clave":"34","slug":"34","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES","CAPÍTULO II. DE LAS AUTORIDADES COMPETENTES"],"texto":"Son funciones del Fondo Público de Movilidad y Seguridad Vial:\n\nI. Promover alternativas de movilidad a través de propulsión humana, el mayor uso del transporte público, energías alternativas, menor dependencia de modos de transporte motorizados individuales y mejorar tecnologías y combustibles;\n\nII. Implementar acciones para la integración y mejora del servicio de transporte público;\n\nIII. Proponer mejoras a la infraestructura para la movilidad y servicios auxiliares;\n\nIV. Realizar estudios para la innovación, mejora tecnológica e informática del sector movilidad;\n\nV. Desarrollar programas de información, educación e investigación en materia de cultura de la movilidad;\n\nVI. Elaborar iniciativas que promuevan el diseño universal en la infraestructura para la movilidad y de transporte;\n\nVII. Desarrollar acciones para reducir hechos de tránsito en los puntos conflictivos de la Ciudad;\n\nVIII. Fomentar el desarrollo urbano orientado al transporte público y la distribución eficiente de bienes y mercancías; y\n\nIX. Desarrollar acciones vinculadas con inspección y vigilancia en las materias a que se refiere esta Ley y a los Programas Integrales de Movilidad y Seguridad Vial.\n\nX. Desarrollar acciones que protejan a los peatones y a los ciclistas.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/ley-de-movilidad/articulo-34/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/ley-de-movilidad/articulo-34.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"cdmx/ley-de-movilidad","numero":"32","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/ley-de-movilidad/articulo-32/"},{"ley":"cdmx/ley-de-movilidad","numero":"34 Ter","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/ley-de-movilidad/articulo-34-ter/"},{"ley":"cdmx/ley-de-movilidad","numero":"7","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/ley-de-movilidad/articulo-7/"},{"ley":"ley-general-de-movilidad-y-seguridad-vial","numero":"59","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-movilidad-y-seguridad-vial/articulo-59/"},{"ley":"cdmx/ley-de-movilidad","numero":"187","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/ley-de-movilidad/articulo-187/"}]}},"cita":"Artículo 34, Ley de Movilidad de la Ciudad de México (Ciudad de México). Texto vigente, última reforma 27 ago 2025. https://articuladomx.com/estados/cdmx/ley-de-movilidad/articulo-34/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}