{"ley":{"id":"cdmx/ley-de-movilidad","nombre":"Ley de Movilidad de la Ciudad de México","abreviatura":"LMCDMX","titulo":"Ley de Movilidad de la Ciudad de México","jurisdiccion":"cdmx","materia":"administrativo","publicacion_original":"2014-07-14","ultima_reforma":"2025-08-27","ultima_reforma_fuente":"Gaceta Oficial de la Ciudad de México","fuente":"Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la Ciudad de México — Leyes y códigos","fuente_url":"https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/index.php/leyes/leyes?start=81","archivo_url":"https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/images/leyes/2025/LEY_DE_MOVILIDAD_DE_LA_CDMX_3.2.docx","sha256":"638a249d8fabf19b55967a815f88b3df5a3b775fc87299f703db0675399f5a72","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/ley-de-movilidad/","notas_verificacion":["Fracciones e incisos son listas autonumeradas de Word; el marcador ('I.', 'a)') se reconstruyó desde numbering.xml y se contrastó contra el PDF de la misma edición."]},"articulo":{"numero":"53","clave":"53","slug":"53","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TITULO SEGUNDO. DE LA PLANEACIÓN Y LA POLÍTICA DE MOVILIDAD","CAPITULO III. DEL ESTUDIO DE IMPACTO DE MOVILIDAD"],"texto":"El estudio del impacto de movilidad tiene por objeto que la Secretaría evalúe y dictamine las posibles influencias o alteraciones generadas por la realización de obras y actividades privadas dentro del territorio de la Ciudad, sobre los desplazamientos de personas y bienes, a fin de evitar o reducir los efectos negativos sobre la calidad debida y la competitividad urbana, propiciar el desarrollo sustentable de la Ciudad, así como asegurar su congruencia con el Programa Integral de Movilidad, el Programa Integral de Seguridad Vial, el Programa General de Desarrollo Urbano los principios establecidos en esta Ley.\n\nEl procedimiento se inicia al presentar ante la Secretaría la solicitud de evaluación del estudio de impacto de movilidad, en sus diferentes modalidades y concluye con la resolución que ésta emita, de conformidad a los tiempos que para el efecto se establezcan en el Reglamento, los cuales no podrán ser mayores a cuarenta días hábiles.\n\nLa elaboración del estudio de impacto de movilidad se sujetará a lo que establece la presente Ley, el Reglamento y al pago de derechos ante la autoridad competente, conforme a lo dispuesto en el Código Fiscal de la Ciudad.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/ley-de-movilidad/articulo-53/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/ley-de-movilidad/articulo-53.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"cdmx/ley-de-movilidad","numero":"187","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/ley-de-movilidad/articulo-187/"},{"ley":"ley-general-de-movilidad-y-seguridad-vial","numero":"60","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-movilidad-y-seguridad-vial/articulo-60/"},{"ley":"ley-general-de-movilidad-y-seguridad-vial","numero":"12","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-movilidad-y-seguridad-vial/articulo-12/"},{"ley":"cdmx/ley-de-movilidad","numero":"197","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/ley-de-movilidad/articulo-197/"},{"ley":"ley-general-de-movilidad-y-seguridad-vial","numero":"58","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-movilidad-y-seguridad-vial/articulo-58/"}]}},"cita":"Artículo 53, Ley de Movilidad de la Ciudad de México (Ciudad de México). Texto vigente, última reforma 27 ago 2025. https://articuladomx.com/estados/cdmx/ley-de-movilidad/articulo-53/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}