{"ley":{"id":"chiapas/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Chiapas","abreviatura":"CCCHIS","titulo":"Código Civil para el Estado de Chiapas","jurisdiccion":"chiapas","materia":"civil","publicacion_original":"1938-02-02","ultima_reforma":"2026-07-28","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Chiapas","fuente":"H. Congreso del Estado de Chiapas — Legislación vigente (Códigos)","fuente_url":"https://web.congresochiapas.gob.mx/trabajo-legislativo/legislacion-vigente","archivo_url":"https://www.congresochiapas.gob.mx/new/Info-Parlamentaria/LEY_0003.pdf","sha256":"044c03971d9acfb60802ee5f1d6bd2fac5cf8ecc15c436d81601471cb6505c4e","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/","notas_verificacion":["84 rótulos que el PDF parte en dos líneas ('ART.' / '39.-') se leen como uno.","2 rótulos que el PDF parte en dos líneas ('ART. 405' / 'BIS.-') se leen como uno.","1 notas de reforma que el PDF parte en dos líneas se leen como una.","2 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","16 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","12 encabezados impresos sin su rótulo ('DE LA PRELACION', sin 'CAPÍTULO …') se toman como encabezado de los artículos que siguen.","Las notas de reforma impresas bajo un encabezado no forman parte del nombre del encabezado.","número de artículo repetido en la fuente: 157 (orden 160 y 265); el segundo se publica con clave '157-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 1392 (orden 1447 y 1448); el segundo se publica con clave '1392-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 1403 (orden 1459 y 1549); el segundo se publica con clave '1403-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 1662 (orden 1718 y 1748); el segundo se publica con clave '1662-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 2769 (orden 2837 y 2838); el segundo se publica con clave '2769-dup2'","huecos en la numeración base de los rótulos del texto fuente (1..3016): [2, 257, 1391, 1493, 1692]","Texto tomado del PDF oficial del Congreso; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. 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DE LOS DERECHOS DEL AUTOR","CAPITULO III"],"texto":"NO ES FALSIFICACION:\n\nI.- LA CITACION LITERAL O LA INSERCION DE TROZOS O PASAJES DE OBRAS PUBLICADAS;\n\nII.- LA REPRODUCCION O EL EXTRACTO DE ARTICULOS DE REVISTAS, DICCIONARIOS, PERIODICOS Y OTRAS OBRAS DE ESTA CLASE, SIEMPRE QUE SE EXPRESE LA OBRA DE DONDE SE HAN TOMADO Y QUE LA PARTE REPRODUCIDA NO SEA EXCESIVA, A JUICIO DE PERITOS;\n\nIII.- LA REPRODUCCION DE POESIAS, MEMORIAS, DISCURSOS, ETC., EN LAS OBRAS DE CRITICA LITERARIA, DE HISTORIA DE LA LITERATURA, EN LOS PERIODICOS Y EN LOS LIBROS DESTINADOS AL USO DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE EDUCACION;\n\nIV.- LA PUBLICACION DE UNA COLECCION DE COMPOSICIONES LITERARIAS EXTRAIDAS DE OTRAS OBRAS;\n\nV.- LA PUBLICACION DE ADICIONES O REFORMAS A UNA OBRA AJENA, SEPARADAMENTE;\n\nVI.- LA PUBLICACION, TRADUCCION O REPRODUCCION DE OBRAS DE AUTOR, MUERTO SIN HEREDEROS NI CESIONARIOS Y LAS DE AUTOR QUE NO HAYA OBTENIDO EL PRIVILEGIO CONFORME A LA LEY;\n\nVII.- LA REPRESENTACION DE UN DRAMA O LA EJECUCION DE UNA OBRA MUSICAL, SEA EN TODO, SEA EN PARTE, CUANDO SE VERIFIQUE SIN APARATO ESCENICO, YA EN CASAS PARTICULARES, YA EN CONCIERTOS PUBLCIOS (SIC), CUANDO NO SE PAGA POR ASISTIR;\n\nVIII.- LA REPRESENTACION O EJECUCION DE LAS OBRAS DRAMATICAS O MUSICALES, CUYOS PRODUCTOS SE DEDIQUEN EXCLUSIVAMENTE A ACTOS DE ASISTENCIA SOCIAL;\n\nIX.- LA PUBLICACION DE LOS LIBRETOS DE LAS OPERAS Y DE LA LETRA DE OTRAS COMPOSICIONES MUSICALES; A NO SER QUE EL PROPIETARIO SE HAYA RESERVADO ESE DERECHO;\n\nX.- LA TRADUCCION DE OBRAS YA PUBLICADAS SALVO LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 1196 Y 1197;\n\nXI.- LA REPRODUCCION HECHA EN PLASTICA DE OBRAS ARTISTICAS DE PINTURA, GRABADO O LITOGRAFIA, Y LA DE OBRAS DE AQUELLA ESPECIE, HECHA POR MEDIO DE ESTOS PROCEDIMIENTOS;\n\nXII.- LA APLICACION DE OBRAS ARTISTICAS COMO MODELOS PARA LOS PRODUCTOS DE LAS MANUFACTURAS Y FABRICAS, SIEMPRE QUE ELLO NO ENTRAÑE UNA REPRODUCCION.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-1246/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-1246.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"chiapas/codigo-civil","numero":"514","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-514/"},{"ley":"chiapas/codigo-civil","numero":"1503","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-1503/"},{"ley":"nuevo-leon/codigo-penal","numero":"245","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-penal/articulo-245/"},{"ley":"chiapas/codigo-civil","numero":"994","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-994/"},{"ley":"nuevo-leon/codigo-penal","numero":"347","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-penal/articulo-347/"}]}},"cita":"Artículo 1246, Código Civil de Chiapas (Chiapas). Texto vigente, última reforma 28 jul 2026. https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-1246/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}