{"ley":{"id":"chiapas/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Chiapas","abreviatura":"CCCHIS","titulo":"Código Civil para el Estado de Chiapas","jurisdiccion":"chiapas","materia":"civil","publicacion_original":"1938-02-02","ultima_reforma":"2026-07-28","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Chiapas","fuente":"H. Congreso del Estado de Chiapas — Legislación vigente (Códigos)","fuente_url":"https://web.congresochiapas.gob.mx/trabajo-legislativo/legislacion-vigente","archivo_url":"https://www.congresochiapas.gob.mx/new/Info-Parlamentaria/LEY_0003.pdf","sha256":"044c03971d9acfb60802ee5f1d6bd2fac5cf8ecc15c436d81601471cb6505c4e","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/","notas_verificacion":["84 rótulos que el PDF parte en dos líneas ('ART.' / '39.-') se leen como uno.","2 rótulos que el PDF parte en dos líneas ('ART. 405' / 'BIS.-') se leen como uno.","1 notas de reforma que el PDF parte en dos líneas se leen como una.","2 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","16 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","12 encabezados impresos sin su rótulo ('DE LA PRELACION', sin 'CAPÍTULO …') se toman como encabezado de los artículos que siguen.","Las notas de reforma impresas bajo un encabezado no forman parte del nombre del encabezado.","número de artículo repetido en la fuente: 157 (orden 160 y 265); el segundo se publica con clave '157-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 1392 (orden 1447 y 1448); el segundo se publica con clave '1392-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 1403 (orden 1459 y 1549); el segundo se publica con clave '1403-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 1662 (orden 1718 y 1748); el segundo se publica con clave '1662-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 2769 (orden 2837 y 2838); el segundo se publica con clave '2769-dup2'","huecos en la numeración base de los rótulos del texto fuente (1..3016): [2, 257, 1391, 1493, 1692]","Texto tomado del PDF oficial del Congreso; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página de cada hoja.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMA PUBLICADA MEDIANTE P.O. …)'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","Rótulos 'ART. 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"181 Quater","clave":"181quater","slug":"181-quater","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO. DE LAS PERSONAS","TITULO QUINTO. DEL MATRIMONIO","CAPITULO V. DE LA SOCIEDAD CONYUGAL"],"texto":"EN LA SOCIEDAD CONYUGAL SON PROPIOS DE CADA CONYUGE, SALVO PACTO EN CONTRARIO QUE CONSTE EN LAS CAPITULACIONES MATRIMONIALES:\n\nI. LOS BIENES Y DERECHOS QUE LE PERTENEZCAN AL TIEMPO DE CELEBRARSE EL MATRIMONIO, Y LOS QUE POSEA ANTES DE ESTE AUNQUE NO FUERA DUEÑO DE ELLOS, SI LOS ADQUIERE POR PRESCRIPCION DURANTE EL MATRIMONIO;\n\nII. LOS BIENES QUE ADQUIERA DESPUES DE CONTRAIDO EL MATRIMONIO, POR HERENCIA, LEGADO, DONACION O DON DE LA FORTUNA;\n\nIII. LOS BIENES ADQUIRIDOS POR CUALQUIER TITULO PROPIO QUE SEA ANTERIOR AL MATRIMONIO, AUNQUE LA ADJUDICACION SE HAYA HECHO DESPUES DE LA CELEBRACION DE ESTE; SIEMPRE QUE TODAS LAS EROGACIONES QUE SE GENEREN PARA HACERLO EFECTIVO CORRAN A CARGO DEL INTERESADO;\n\nIV. LOS BIENES QUE SE ADQUIERAN CON EL PRODUCTO DE LA VENTA O PERMUTA DE BIENES PROPIOS;\n\nV. OBJETO DE USO PERSONAL;\n\nVI. LOS INSTRUMENTOS NECESARIOS PARA LA PROFESION, ARTE U OFICIO, SALVO QUE ESTOS INTEGREN O PERTENEZCAN A UN ESTABLECIMIENTO O EXPLOTACION DE CARACTER COMUN. NO PERDERAN EL CARACTER DE PRIVATIVOS POR EL HECHO DE HABER SIDO ADQUIRIDOS CON FONDOS COMUNES, PERO EN ESTE CASO EL OTRO CONYUGE QUE LOS CONSERVE, DEBERA PAGAR A OTRO EN LA PROPORCION QUE CORRESPONDA; Y\n\nVII. 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SE EXCEPTUAN LA VIVIENDA, ENSERES Y MENAJE FAMILIAR.","nota":"(ADICIONADO, P.O. 9 DE NOVIEMBRE DE 2004)","url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-181-quater/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-181-quater.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"chiapas/codigo-civil","numero":"251","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-251/"},{"ley":"chiapas/codigo-civil","numero":"324","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-324/"},{"ley":"chiapas/codigo-civil","numero":"330","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-330/"},{"ley":"nuevo-leon/codigo-penal","numero":"276","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-penal/articulo-276/"},{"ley":"chiapas/codigo-civil","numero":"338","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-338/"}]}},"cita":"Artículo 181 Quater, Código Civil de Chiapas (Chiapas). Texto vigente, última reforma 28 jul 2026. https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-181-quater/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}