{"ley":{"id":"chiapas/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Chiapas","abreviatura":"CCCHIS","titulo":"Código Civil para el Estado de Chiapas","jurisdiccion":"chiapas","materia":"civil","publicacion_original":"1938-02-02","ultima_reforma":"2026-07-28","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Chiapas","fuente":"H. Congreso del Estado de Chiapas — Legislación vigente (Códigos)","fuente_url":"https://web.congresochiapas.gob.mx/trabajo-legislativo/legislacion-vigente","archivo_url":"https://www.congresochiapas.gob.mx/new/Info-Parlamentaria/LEY_0003.pdf","sha256":"044c03971d9acfb60802ee5f1d6bd2fac5cf8ecc15c436d81601471cb6505c4e","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/","notas_verificacion":["84 rótulos que el PDF parte en dos líneas ('ART.' / '39.-') se leen como uno.","2 rótulos que el PDF parte en dos líneas ('ART. 405' / 'BIS.-') se leen como uno.","1 notas de reforma que el PDF parte en dos líneas se leen como una.","2 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","16 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","12 encabezados impresos sin su rótulo ('DE LA PRELACION', sin 'CAPÍTULO …') se toman como encabezado de los artículos que siguen.","Las notas de reforma impresas bajo un encabezado no forman parte del nombre del encabezado.","número de artículo repetido en la fuente: 157 (orden 160 y 265); el segundo se publica con clave '157-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 1392 (orden 1447 y 1448); el segundo se publica con clave '1392-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 1403 (orden 1459 y 1549); el segundo se publica con clave '1403-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 1662 (orden 1718 y 1748); el segundo se publica con clave '1662-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 2769 (orden 2837 y 2838); el segundo se publica con clave '2769-dup2'","huecos en la numeración base de los rótulos del texto fuente (1..3016): [2, 257, 1391, 1493, 1692]","Texto tomado del PDF oficial del Congreso; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página de cada hoja.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMA PUBLICADA MEDIANTE P.O. …)'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","Rótulos 'ART. 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"318 Quinter","clave":"318quinter","slug":"318-quinter","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO. DE LAS PERSONAS","TITULO SEXTO. DEL PARENTESCO, DE LOS ALIMENTOS Y DE LA VIOLENCIA FAMILIAR","CAPÍTULO II BIS. DEL REGISTRO ESTATAL DE PERSONAS DEUDORAS ALIMENTARIAS MOROSAS"],"texto":"LA EXPEDICIÓN DE LA CONSTANCIA DE NO INSCRIPCIÓN DEL REGISTRO ESTATAL DE PERSONAS DEUDORAS ALIMENTARIAS MOROSAS, SERÁ REALIZADA A PETICIÓN DE LA PARTE INTERESADA, PREVIO PAGO DE DERECHOS. LA CONSTANCIA ES VÁLIDA HASTA QUE SE REALICE UNA NUEVA SOLICITUD O EL ESTATUS DE LA PERSONA CAMBIE Y SEA DECLARADA DEUDORA ALIMENTARIA MOROSA.\n\nPARA EFECTO DE LO ANTERIOR, EL PODER JUDICIAL DISPONDRÁ DE UN ÁREA ADMINISTRATIVA ENCARGADA DE LA EXPEDICIÓN DE LA CONSTANCIA, Y EN SU CASO, UN SITIO ELECTRÓNICO OFICIAL; LA CONSTANCIA DEBERÁ CONTENER, COMO MÍNIMO, LA SIGUIENTE INFORMACIÓN:\n\nI. NOMBRE COMPLETO Y CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN DE LA PERSONA SOLICITANTE.\n\nII. LA INFORMACIÓN SOBRE SU INSCRIPCIÓN O NO EN EL REGISTRO ESTATAL DE PERSONAS DEUDORAS ALIMENTARIAS MOROSAS.\n\nIII. MONTO DEL ADEUDO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, EN SU CASO.\n\nIV. NOMBRE DE LA PERSONA ACREEDORA ALIMENTARIA, EN SU CASO.\n\nV. ÓRGANO JURISDICCIONAL QUE ORDENÓ LA INSCRIPCIÓN, EN SU CASO.\n\nVI. DATOS DEL EXPEDIENTE O CAUSA JURISDICCIONAL DE LA CUAL DERIVA LA INSCRIPCIÓN, EN SU CASO.","nota":"(ADICIONADO, P.O. 17 DE SEPTIEMBRE DE 2012)\n\n(REFORMA PUBLICADA EN EL P. O. NÚM. 119 DE FECHA 28 DE JULIO DE 2026.)","url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-318-quinter/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-318-quinter.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"chiapas/codigo-civil","numero":"318 Decies","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-318-decies/"},{"ley":"chiapas/codigo-civil","numero":"318 Septimus","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-318-septimus/"},{"ley":"chiapas/codigo-civil","numero":"318 Quater","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-318-quater/"},{"ley":"chiapas/codigo-civil","numero":"318 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-318-bis/"},{"ley":"chiapas/codigo-civil","numero":"318 Octies","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-318-octies/"}]}},"cita":"Artículo 318 Quinter, Código Civil de Chiapas (Chiapas). Texto vigente, última reforma 28 jul 2026. https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-318-quinter/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}