{"ley":{"id":"chiapas/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Chiapas","abreviatura":"CCCHIS","titulo":"Código Civil para el Estado de Chiapas","jurisdiccion":"chiapas","materia":"civil","publicacion_original":"1938-02-02","ultima_reforma":"2026-07-28","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Chiapas","fuente":"H. Congreso del Estado de Chiapas — Legislación vigente (Códigos)","fuente_url":"https://web.congresochiapas.gob.mx/trabajo-legislativo/legislacion-vigente","archivo_url":"https://www.congresochiapas.gob.mx/new/Info-Parlamentaria/LEY_0003.pdf","sha256":"044c03971d9acfb60802ee5f1d6bd2fac5cf8ecc15c436d81601471cb6505c4e","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/","notas_verificacion":["84 rótulos que el PDF parte en dos líneas ('ART.' / '39.-') se leen como uno.","2 rótulos que el PDF parte en dos líneas ('ART. 405' / 'BIS.-') se leen como uno.","1 notas de reforma que el PDF parte en dos líneas se leen como una.","2 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","16 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","12 encabezados impresos sin su rótulo ('DE LA PRELACION', sin 'CAPÍTULO …') se toman como encabezado de los artículos que siguen.","Las notas de reforma impresas bajo un encabezado no forman parte del nombre del encabezado.","número de artículo repetido en la fuente: 157 (orden 160 y 265); el segundo se publica con clave '157-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 1392 (orden 1447 y 1448); el segundo se publica con clave '1392-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 1403 (orden 1459 y 1549); el segundo se publica con clave '1403-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 1662 (orden 1718 y 1748); el segundo se publica con clave '1662-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 2769 (orden 2837 y 2838); el segundo se publica con clave '2769-dup2'","huecos en la numeración base de los rótulos del texto fuente (1..3016): [2, 257, 1391, 1493, 1692]","Texto tomado del PDF oficial del Congreso; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página de cada hoja.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMA PUBLICADA MEDIANTE P.O. …)'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","Rótulos 'ART. 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"575","clave":"575","slug":"575","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO. DE LAS PERSONAS","TITULO NOVENO. DE LA TUTELA","CAPITULO X. DEL DESEMPEÑO DE LA TUTELA"],"texto":"CUANDO SEA TUTOR UNO DE LOS CONYUGES, RESPECTO AL OTRO CONSIDERADO INCAPAZ, CONTINUARA EJERCIENDO LOS DERECHOS CONYUGALES, CON LAS SIGUIENTES MODIFICACIONES:\n\nI.- EN LOS CASOS EN QUE CONFORME A DERECHO FUERE NECESARIO EL CONSENTIMIENTO DEL CONYUGE INCAPAZ, SE SUPLIRA ESTE POR EL JUEZ, CON AUDIENCIA DEL CURADOR.\n\nII.- EN LOS CASOS QUE EL CONYUGE INCAPAZ PUEDA QUERELLARSE DE SU CONSORTE, O DEMANDARLO PARA ASEGURAR SUS DERECHOS VIOLADOS O AMENAZADOS, SERA REPRESENTADA POR UN TUTOR INTERINO QUE EL JUEZ LE NOMBRARA. ES OBLIGACION DEL CURADOR, PROMOVER ESTE NOMBRAMIENTO; Y SI NO LO CUMPLE, SERA RESPONSABLE DE LOS PERJUICIOS QUE SE SIGAN AL INCAPACITADO. TAMBIEN PODRA PROMOVER ESE NOMBRAMIENTO EL MINISTERIO PUBLICO.\n\nIII.- NO PODRA GRAVAR NI ENAJENAR LOS BIENES QUE SEAN DE LA CLASE A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 562, A MENOS QUE EXISTA CAUSA JUSTIFICADA PARA ELLO, PREVIA AUDIENCIA DEL CURADOR Y AUTORIZACION JUDICIAL QUE SE CONCEDA.","nota":"(REFORMADO, P.O. 23 DE MARZO DE 2009)","url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-575/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-575.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"chiapas/codigo-civil","numero":"1966","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-1966/"},{"ley":"nuevo-leon/codigo-penal","numero":"18","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-penal/articulo-18/"},{"ley":"nuevo-leon/codigo-penal","numero":"79","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-penal/articulo-79/"},{"ley":"chiapas/codigo-civil","numero":"620","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-620/"},{"ley":"chiapas/codigo-civil","numero":"1183","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-1183/"}]}},"cita":"Artículo 575, Código Civil de Chiapas (Chiapas). Texto vigente, última reforma 28 jul 2026. https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-575/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}