{"ley":{"id":"chiapas/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Chiapas","abreviatura":"CCCHIS","titulo":"Código Civil para el Estado de Chiapas","jurisdiccion":"chiapas","materia":"civil","publicacion_original":"1938-02-02","ultima_reforma":"2026-07-28","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Chiapas","fuente":"H. Congreso del Estado de Chiapas — Legislación vigente (Códigos)","fuente_url":"https://web.congresochiapas.gob.mx/trabajo-legislativo/legislacion-vigente","archivo_url":"https://www.congresochiapas.gob.mx/new/Info-Parlamentaria/LEY_0003.pdf","sha256":"044c03971d9acfb60802ee5f1d6bd2fac5cf8ecc15c436d81601471cb6505c4e","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/","notas_verificacion":["84 rótulos que el PDF parte en dos líneas ('ART.' / '39.-') se leen como uno.","2 rótulos que el PDF parte en dos líneas ('ART. 405' / 'BIS.-') se leen como uno.","1 notas de reforma que el PDF parte en dos líneas se leen como una.","2 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","16 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","12 encabezados impresos sin su rótulo ('DE LA PRELACION', sin 'CAPÍTULO …') se toman como encabezado de los artículos que siguen.","Las notas de reforma impresas bajo un encabezado no forman parte del nombre del encabezado.","número de artículo repetido en la fuente: 157 (orden 160 y 265); el segundo se publica con clave '157-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 1392 (orden 1447 y 1448); el segundo se publica con clave '1392-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 1403 (orden 1459 y 1549); el segundo se publica con clave '1403-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 1662 (orden 1718 y 1748); el segundo se publica con clave '1662-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 2769 (orden 2837 y 2838); el segundo se publica con clave '2769-dup2'","huecos en la numeración base de los rótulos del texto fuente (1..3016): [2, 257, 1391, 1493, 1692]","Texto tomado del PDF oficial del Congreso; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. 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DURANTE UN AÑO SON INEMBARGABLES EL PRECIO DEPOSITADO Y EL IMPORTE DEL SEGURO.\n\nSI EL DUEÑO DE LOS BIENES VENDIDOS NO LO CONSTITUYE DENTRO DEL PLAZO DE SEIS MESES, LOS MIEMBROS DE LA FAMILIA A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 714, TIENEN DERECHO DE EXIGIR JUDICIALMENTE LA CONSTITUCION DEL PATRIMONIO FAMILIAR.\n\nTRANSCURRIDO UN AÑO DESDE QUE SE HIZO EL DEPOSITO, SIN QUE SE HUBIERE PROMOVIDO LA CONSTITUCION DEL PATRIMONIO, LA CANTIDAD DEPOSITADA SE ENTREGARA AL DUEÑO DE LOS BIENES.\n\nEN LOS CASOS DE SUMA NECESIDAD O DE EVIDENTE UTILIDAD, PUEDE EL JUEZ AUTORIZAR AL DUEÑO DEL DEPOSITO, PARA DISPONER DE EL ANTES DE QUE TRANSCURRA EL AÑO.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-732/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-732.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"chiapas/codigo-civil","numero":"724","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-724/"},{"ley":"chiapas/codigo-civil","numero":"715","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-715/"},{"ley":"chiapas/codigo-civil","numero":"828","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-828/"},{"ley":"chiapas/codigo-civil","numero":"729","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-729/"},{"ley":"chiapas/codigo-civil","numero":"720","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-720/"}]}},"cita":"Artículo 732, Código Civil de Chiapas (Chiapas). Texto vigente, última reforma 28 jul 2026. https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-732/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}