{"ley":{"id":"chiapas/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Chiapas","abreviatura":"CCCHIS","titulo":"Código Civil para el Estado de Chiapas","jurisdiccion":"chiapas","materia":"civil","publicacion_original":"1938-02-02","ultima_reforma":"2026-07-28","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Chiapas","fuente":"H. Congreso del Estado de Chiapas — Legislación vigente (Códigos)","fuente_url":"https://web.congresochiapas.gob.mx/trabajo-legislativo/legislacion-vigente","archivo_url":"https://www.congresochiapas.gob.mx/new/Info-Parlamentaria/LEY_0003.pdf","sha256":"044c03971d9acfb60802ee5f1d6bd2fac5cf8ecc15c436d81601471cb6505c4e","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/","notas_verificacion":["84 rótulos que el PDF parte en dos líneas ('ART.' / '39.-') se leen como uno.","2 rótulos que el PDF parte en dos líneas ('ART. 405' / 'BIS.-') se leen como uno.","1 notas de reforma que el PDF parte en dos líneas se leen como una.","2 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","16 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","12 encabezados impresos sin su rótulo ('DE LA PRELACION', sin 'CAPÍTULO …') se toman como encabezado de los artículos que siguen.","Las notas de reforma impresas bajo un encabezado no forman parte del nombre del encabezado.","número de artículo repetido en la fuente: 157 (orden 160 y 265); el segundo se publica con clave '157-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 1392 (orden 1447 y 1448); el segundo se publica con clave '1392-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 1403 (orden 1459 y 1549); el segundo se publica con clave '1403-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 1662 (orden 1718 y 1748); el segundo se publica con clave '1662-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 2769 (orden 2837 y 2838); el segundo se publica con clave '2769-dup2'","huecos en la numeración base de los rótulos del texto fuente (1..3016): [2, 257, 1391, 1493, 1692]","Texto tomado del PDF oficial del Congreso; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. 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DE LAS ACTAS DE DEFUNCION"],"texto":"EN EL CASO DE MUERTE EN EL MAR A BORDO DE UN BUQUE NACIONAL O EN EL ESPACIO AEREO NACIONAL EL ACTA SE FORMARA DE LA MANERA PRESCRITA EN EL ARTICULO 89 EN CUANTO FUERE POSIBLE Y LA AUTORIZARA EL JEFE O CAPITAN DE LA NAVE.\n\n(ADICIONADO, P.O. 3 DE NOVIEMBRE DE 1982)\n\nEN LOS CASOS DE INUNDACION, NAUFRAGIO, INCENDIO O CUALQUIERA OTRO SINIESTRO EN QUE NO SEA FACIL RECONOCER EL CADAVER, SE FORMARA EL ACTA CON LOS DATOS QUE SUMINISTREN LOS QUE LO RECOGIERON, EXPRESANDO EN CUANTO FUERE POSIBLE, LAS SEÑAS DEL MISMO Y DE LOS VESTIDOS U OBJETOS QUE CON EL SE HAYAN ENCONTRADO.\n\n(ADICIONADO, P.O. 3 DE NOVIEMBRE DE 1982)\n\nSI NO APARECE EL CADAVER, PERO HAY CERTEZA DE QUE ALGUNA PERSONA HA SUCUMBIDO EN EL LUGAR DEL DESASTRE, EL ACTA CONTENDRA EL NOMBRE DE LAS PERSONAS QUE HAYAN CONOCIDO A LA QUE NO APARECE, Y LAS DEMAS NOTICIAS QUE SOBRE EL SUCESO PUEDAN ADQUIRIRSE.","nota":"(REFORMADO [N. DE E. ADICIONADO], P.O. 13 DE ENERO DE 1982)","url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-94/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-94.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"chiapas/codigo-civil","numero":"1183","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-1183/"},{"ley":"chiapas/codigo-civil","numero":"557","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-557/"},{"ley":"chiapas/codigo-civil","numero":"2388","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-2388/"},{"ley":"chiapas/codigo-civil","numero":"2902","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-2902/"},{"ley":"chiapas/codigo-civil","numero":"2421","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-2421/"}]}},"cita":"Artículo 94, Código Civil de Chiapas (Chiapas). Texto vigente, última reforma 28 jul 2026. https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-civil/articulo-94/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}