{"ley":{"id":"chiapas/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Chiapas","abreviatura":"CPCHIS","titulo":"Código Penal para el Estado de Chiapas","jurisdiccion":"chiapas","materia":"penal","publicacion_original":"2007-03-14","ultima_reforma":"2026-04-29","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Chiapas","fuente":"H. Congreso del Estado de Chiapas — Legislación vigente (Códigos)","fuente_url":"https://web.congresochiapas.gob.mx/trabajo-legislativo/legislacion-vigente","archivo_url":"https://www.congresochiapas.gob.mx/new/Info-Parlamentaria/LEY_0012.pdf","sha256":"d8b365e8705ee00579f3cb60f4cce48fb63eb9a2b8cff39872979213e8f74743","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-penal/","notas_verificacion":["6 notas de reforma que el PDF parte en dos líneas se leen como una.","6 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","1 notas de reforma impresas después de un encabezado (fuera de un artículo) no se asignan a ningún artículo.","3 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","1 encabezados impresos sin su rótulo ('DE LA PRELACION', sin 'CAPÍTULO …') se toman como encabezado de los artículos que siguen.","Las notas de reforma impresas bajo un encabezado no forman parte del nombre del encabezado.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página de cada hoja.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMA PUBLICADA MEDIANTE P.O. …)'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","Rótulos 'ART. 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1').","Artículo 326 Bis: la fuente avisa que la SCJN (acción de inconstitucionalidad 79/2025) invalidó una «porción normativa tachada» del penúltimo párrafo. El texto del PDF no distingue el tachado: se publica el párrafo completo con la nota literal de la fuente."]},"articulo":{"numero":"195","clave":"195","slug":"195","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","PARTE ESPECIAL","TÍTULO TERCERO. DELITOS CONTRA LA FAMILIA E INCUMPLIMIENTO DE DEBERES ALIMENTARIOS (Reforma publicada mediante p.o. num. 353 3ra. Sección de fecha 09 de febrero de 2012)","CAPÍTULO I. INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DE ASISTENCIA FAMILIAR"],"texto":"Cuando se trate del delito de incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar o el establecido en el artículo 193, el procedimiento se suspenderá, poniéndose en libertad al activo, si éste liquida todas las cantidades que hubiere dejado de ministrar por concepto de alimentos y garantiza, suficientemente a juicio del Juez, el cumplimiento del pago oportuno de las pensiones futuras.\n\nSi ya se hubiera dictado sentencia condenatoria, se suspenderá su ejecución poniéndose en libertad al sentenciado, siempre y cuando éste cumpla sus obligaciones vencidas y garantice el cumplimiento de las futuras en los términos indicados en el párrafo anterior, haciéndole saber que de incurrir de nueva cuenta en incumplimiento, se hará efectiva la sentencia suspendida.\n\nEn todos los casos deberá recabarse la expresa conformidad del sujeto pasivo o de su tutor o representante legal tratándose de menores.\n\nLos términos de prescripción de los delitos se suspenderán mientras existe cumplimiento de las obligaciones, pero si el sujeto activo incumple con lo convenido, se reactivará el procedimiento en su contra o se hará efectiva la sentencia, ordenándose, en su caso, su reaprehensión.\n\n(Reforma publicada mediante p.o. num. 353 3ra. Sección de fecha 09 de febrero de 2012)\n\nEn cualquier caso, si el sujeto activo cumple satisfactoriamente sus obligaciones cuando menos por el término de dos años siguientes al convenio, el Juez de Ejecución podrá declarar extinguida la acción penal por estos hechos o la facultad punitiva del Estado, según el caso, sin perjuicio de que si en el futuro incumpliera nuevamente sus obligaciones pueda iniciarse otro procedimiento por el mismo delito constituido por hechos diferentes.","nota":"(Reforma publicada mediante p.o. num. 353 3ra. Sección de fecha 09 de febrero de 2012)","url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-penal/articulo-195/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-penal/articulo-195.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"chiapas/codigo-penal","numero":"197","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-penal/articulo-197/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-de-proteccion-y-defensa-al-usuario-de-servicios-financieros","numero":"72","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-proteccion-y-defensa-al-usuario-de-servicios-financieros/articulo-72/"},{"ley":"ley-del-issste","numero":"51","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-del-issste/articulo-51/"},{"ley":"baja-california/codigo-penal","numero":"236","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-236/"},{"ley":"queretaro/codigo-penal","numero":"211 Ter","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-penal/articulo-211-ter/"},{"ley":"puebla/codigo-penal","numero":"354 Quater","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-354-quater/"}]}},"cita":"Artículo 195, Código Penal de Chiapas (Chiapas). Texto vigente, última reforma 29 abr 2026. https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-penal/articulo-195/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}