{"ley":{"id":"chiapas/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Chiapas","abreviatura":"CPCHIS","titulo":"Código Penal para el Estado de Chiapas","jurisdiccion":"chiapas","materia":"penal","publicacion_original":"2007-03-14","ultima_reforma":"2026-04-29","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Chiapas","fuente":"H. Congreso del Estado de Chiapas — Legislación vigente (Códigos)","fuente_url":"https://web.congresochiapas.gob.mx/trabajo-legislativo/legislacion-vigente","archivo_url":"https://www.congresochiapas.gob.mx/new/Info-Parlamentaria/LEY_0012.pdf","sha256":"d8b365e8705ee00579f3cb60f4cce48fb63eb9a2b8cff39872979213e8f74743","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-penal/","notas_verificacion":["6 notas de reforma que el PDF parte en dos líneas se leen como una.","6 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","1 notas de reforma impresas después de un encabezado (fuera de un artículo) no se asignan a ningún artículo.","3 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","1 encabezados impresos sin su rótulo ('DE LA PRELACION', sin 'CAPÍTULO …') se toman como encabezado de los artículos que siguen.","Las notas de reforma impresas bajo un encabezado no forman parte del nombre del encabezado.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página de cada hoja.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMA PUBLICADA MEDIANTE P.O. …)'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","Rótulos 'ART. 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1').","Artículo 326 Bis: la fuente avisa que la SCJN (acción de inconstitucionalidad 79/2025) invalidó una «porción normativa tachada» del penúltimo párrafo. El texto del PDF no distingue el tachado: se publica el párrafo completo con la nota literal de la fuente."]},"articulo":{"numero":"199","clave":"199","slug":"199","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","PARTE ESPECIAL","TÍTULO TERCERO. DELITOS CONTRA LA FAMILIA E INCUMPLIMIENTO DE DEBERES ALIMENTARIOS (Reforma publicada mediante p.o. num. 353 3ra. Sección de fecha 09 de febrero de 2012)","CAPÍTULO II. VIOLENCIA FAMILIAR. (Reforma publicada mediante P.O. 343-2ª. Secc. Tomo III. de fecha 24 de enero DE 2018) (Reforma publicada mediante P.O. No. 042-2ª. Secc. Tomo III. de fecha 03 de julio de 2019) (Se reforma mediante P.O. Núm. 335 de fecha 06 de Marzo de 2024)"],"texto":"Al que cometa el delito de violencia familiar, se le impondrán de cinco a ocho años de prisión, una multa de sesenta a ciento cincuenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, la pérdida o suspensión de los derechos de familia respecto de la víctima; a juicio del juzgador, atendiendo a las circunstancias del hecho, la prohibición de ir a lugar determinado o de residir en él, la separación del sujeto activo del domicilio en caso de que lo cohabite con la víctima y la Jueza o el Juez estime oportuna esta medida, y el apercibimiento para que se abstenga de molestar a la víctima o a otros miembros de la familia.\n\nEn caso de reincidencia la pena prevista se aumentará al doble.\n\nEn cualquier caso, el Juez ordenará la sujeción obligatoria del sujeto activo del delito, a tratamiento psicológico especializado, así como al Programa de Reeducación para Personas Generadoras de Violencia, a través de instituciones públicas o privadas, cuyos servicios deberán ser integrales, especializados y gratuitos, con perspectiva de género y masculinidades, atendiendo al Principio de Máxima Protección de las Personas.\n\nEn caso de no cumplir con esta disposición, el Juez ordenará las medidas necesarias para el cumplimiento de sus determinaciones.\n\n(Se adiciona mediante P.O. Núm. 335 de fecha 06 de Marzo de 2024)\n\nLas penas previstas para el delito de violencia familiar, aumentarán hasta una tercera parte cuando se cometa a través de interpósita persona.","nota":"(Reforma publicada mediante P.O. 343-2ª. Secc. Tomo III. de fecha 24 de enero DE 2018)\n\n(Reforma publicada mediante P.O. No. 042-2ª. Secc. Tomo III. de fecha 03 de julio de 2019)","url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-penal/articulo-199/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-penal/articulo-199.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"chiapas/codigo-penal","numero":"200","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-penal/articulo-200/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"quintana-roo/codigo-penal","numero":"176-Quáter","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-176-quater/"},{"ley":"sonora/codigo-penal","numero":"234 B","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-penal/articulo-234-b/"},{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"251","epigrafe":"Violencia familiar","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-251/"},{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"186","epigrafe":"Homicidio atenuado por violencia familiar en contra del sujeto activo","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-186/"},{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"343 Ter","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-343-ter/"}]}},"cita":"Artículo 199, Código Penal de Chiapas (Chiapas). Texto vigente, última reforma 29 abr 2026. https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-penal/articulo-199/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}