{"ley":{"id":"chiapas/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Chiapas","abreviatura":"CPCHIS","titulo":"Código Penal para el Estado de Chiapas","jurisdiccion":"chiapas","materia":"penal","publicacion_original":"2007-03-14","ultima_reforma":"2026-04-29","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Chiapas","fuente":"H. Congreso del Estado de Chiapas — Legislación vigente (Códigos)","fuente_url":"https://web.congresochiapas.gob.mx/trabajo-legislativo/legislacion-vigente","archivo_url":"https://www.congresochiapas.gob.mx/new/Info-Parlamentaria/LEY_0012.pdf","sha256":"d8b365e8705ee00579f3cb60f4cce48fb63eb9a2b8cff39872979213e8f74743","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-penal/","notas_verificacion":["6 notas de reforma que el PDF parte en dos líneas se leen como una.","6 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","1 notas de reforma impresas después de un encabezado (fuera de un artículo) no se asignan a ningún artículo.","3 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","1 encabezados impresos sin su rótulo ('DE LA PRELACION', sin 'CAPÍTULO …') se toman como encabezado de los artículos que siguen.","Las notas de reforma impresas bajo un encabezado no forman parte del nombre del encabezado.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página de cada hoja.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMA PUBLICADA MEDIANTE P.O. …)'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","Rótulos 'ART. 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1').","Artículo 326 Bis: la fuente avisa que la SCJN (acción de inconstitucionalidad 79/2025) invalidó una «porción normativa tachada» del penúltimo párrafo. El texto del PDF no distingue el tachado: se publica el párrafo completo con la nota literal de la fuente."]},"articulo":{"numero":"276","clave":"276","slug":"276","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","PARTE ESPECIAL","TÍTULO DÉCIMO. DELITOS EN CONTRA DE LAS PERSONAS EN SU PATRIMONIO","CAPÍTULO I. ROBO"],"texto":"Además de las penas establecidas, el robo se entenderá agravado y la pena que le corresponda se aumentara de dos a siete años de prisión cuando el delito se realice:\n\nI.- En un lugar cerrado.\n\nII.- Por un dependiente o un trabajador doméstico contra su patrón o algún miembro de su familia.\n\nPara los efectos de esta fracción, se entiende por trabajador doméstico, la persona que por una contraprestación de cualquier naturaleza sirva a otro, aún cuando no viva en la misma casa.\n\nIII.- Por un huésped, comensal o invitado del sujeto pasivo o por alguno de los acompañantes de aquellos, siempre que el delito lo cometan en la casa donde reciben hospitalidad o alimento.\n\nIV.- Por el dueño o algún miembro de su familia en contra de sus dependientes o trabajadores domésticos, de sus huéspedes o invitados en la casa en donde presten sus servicios los primeros o reciban hospitalidad o alimento los últimos mencionados.\n\nV.- Por los dueños, sus dependientes o trabajadores domésticos en su casa, empresa o establecimiento comercial, en los que presten servicios al público y en los bienes de los invitados, huéspedes o clientes.\n\nVI.- Por los obreros, artesanos, aprendices, discípulos o trabajadores de cualquier índole, en el taller, la casa, la escuela, la oficina o lugar en el que habitualmente trabajen o aprendan o en cualquier otro sitio al que tengan acceso por el carácter que ostenten.\n\nVII.- Estando la víctima en vehículo particular o en un transporte público.\n\nVIII.- Aprovechando las condiciones de confusión que se produzcan por catástrofe o desorden público.\n\nIX.- Sobre partes de vehículos estacionados en la vía pública o en otro lugar destinado a su guarda o a reparación.\n\nX.- Sobre embarcaciones, aeronaves u objetos que se encuentren en ellas.\n\nXI.- Sobre equipaje o valores de viajero, en cualquier lugar durante el trayecto del viaje, incluyendo las terminales del transporte.\n\nXII.- Cuando el objeto del delito equiparable al robo hayan sido expedientes o actuaciones judiciales, documentos de protocolo, de oficinas o archivos públicos, o documentos que contengan obligación, liberación o transmisión de deberes, derechos u obligaciones que obren en expedientes oficiales, siempre y cuando la conducta afecte el servicio público o cause un daño o perjuicio a terceros. Si el delito lo comete un servidor público de la oficina en que se encuentre el documento o expediente objeto del delito, se impondrá además destitución e inhabilitación para desempeñar otro empleo, cargo o comisión público hasta por cinco años.\n\nXIII.- Para hacerse pasar como servidor público, el sujeto activo se valga de identificaciones falsas o para simular una orden de autoridad el sujeto activo se valga de documentos, sellos o cualquier otro instrumento que tienda a engañar al sujeto pasivo.\n\n(SE DEROGA MEDIANTE P.O. NUM. 315 SEGUNDA SECCIÓN DE FECHA 30 DE AGOSTO DE 2017)\n\nXIV.- Se Deroga\n\n(SE DEROGA MEDIANTE P.O. NÚM. 045 DE FECHA 18 DE JUNIO DEL 2025)\n\nXV.- Se deroga\n\nXVI.- En contra de menor de edad, de persona con discapacidad o de persona mayor de sesenta años de edad.\n\nXVII.- Por quien haya sido o sea miembro de algún cuerpo de seguridad pública o privada aunque no se encuentre en servicio.\n\n(SE DEROGA MEDIANTE P.O. NUM. 315 SEGUNDA SECCIÓN DE FECHA 30 DE AGOSTO DE 2017)\n\nXVIII.- Se Deroga\n\n(SE ADICIONA MEDIANTE P.O. NUM. 315 SEGUNDA SECCIÓN DE FECHA 30 DE AGOSTO DE 2017)\n\nAdemás de las penas establecidas, el robo se entenderá agravado y la pena que le corresponda se aumentara de cuatro a catorce años de prisión cuando el delito se realice en las siguientes circunstancias:\n\nI. Se cometa el ilícito en edificio, vivienda o cualquier lugar que se encuentre habitado o destinado a casa habitación, comprendiéndose en esta denominación tanto los lugares fijos como los de carácter móvil, sea cual fuere la materia de que estén construidos.\n\nII. En contra de un transeúnte. En todos los casos señalados en este artículo, si el delito de robo o su equiparable se realizaron con violencia, la pena correspondiente será la que resulte de aumentar la pena que corresponde al empleo de la violencia, más la pena que corresponda por la calificativa resultante.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-penal/articulo-276/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-penal/articulo-276.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"chiapas/codigo-penal","numero":"376","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-penal/articulo-376/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"quintana-roo/codigo-penal","numero":"145-Quinquies","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-145-quinquies/"},{"ley":"tamaulipas/codigo-penal","numero":"407","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-407/"},{"ley":"michoacan/codigo-penal","numero":"204","epigrafe":"Robo calificado grave","url":"https://articuladomx.com/estados/michoacan/codigo-penal/articulo-204/"},{"ley":"baja-california/codigo-penal","numero":"208","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-208/"},{"ley":"cdmx/codigo-penal","numero":"224","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-224/"}]}},"cita":"Artículo 276, Código Penal de Chiapas (Chiapas). Texto vigente, última reforma 29 abr 2026. https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-penal/articulo-276/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}