{"ley":{"id":"chiapas/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Chiapas","abreviatura":"CPCHIS","titulo":"Código Penal para el Estado de Chiapas","jurisdiccion":"chiapas","materia":"penal","publicacion_original":"2007-03-14","ultima_reforma":"2026-04-29","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Chiapas","fuente":"H. Congreso del Estado de Chiapas — Legislación vigente (Códigos)","fuente_url":"https://web.congresochiapas.gob.mx/trabajo-legislativo/legislacion-vigente","archivo_url":"https://www.congresochiapas.gob.mx/new/Info-Parlamentaria/LEY_0012.pdf","sha256":"d8b365e8705ee00579f3cb60f4cce48fb63eb9a2b8cff39872979213e8f74743","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-penal/","notas_verificacion":["6 notas de reforma que el PDF parte en dos líneas se leen como una.","6 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","1 notas de reforma impresas después de un encabezado (fuera de un artículo) no se asignan a ningún artículo.","3 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","1 encabezados impresos sin su rótulo ('DE LA PRELACION', sin 'CAPÍTULO …') se toman como encabezado de los artículos que siguen.","Las notas de reforma impresas bajo un encabezado no forman parte del nombre del encabezado.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página de cada hoja.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMA PUBLICADA MEDIANTE P.O. …)'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","Rótulos 'ART. 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1').","Artículo 326 Bis: la fuente avisa que la SCJN (acción de inconstitucionalidad 79/2025) invalidó una «porción normativa tachada» del penúltimo párrafo. El texto del PDF no distingue el tachado: se publica el párrafo completo con la nota literal de la fuente."]},"articulo":{"numero":"484","clave":"484","slug":"484","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","PARTE ESPECIAL","TÍTULO VIGÉSIMO SEXTO. DELITOS EN MATERIA ELECTORAL","CAPÍTULO IV. DELITOS ELECTORALES COMETIDOS POR FUNCIONARIOS PARTIDISTAS O CANDIDATOS."],"texto":"Se impondrá prisión de uno a seis años y multa de cuarenta a doscientos días de salario mínimo, al funcionario partidista o candidato que:\n\nI.- Por cualquier medio obligue a la abstención o a votar a su favor o en beneficio de un candidato o partido político determinado en el interior de la casilla o en el lugar donde los electores se encuentren formados;\n\nII.- Sustraiga, destruya, altere, oculte o haga uso indebido de documentos o materiales electorales;\n\nIII.- Por medio de la violencia física o moral, obstaculice el desarrollo normal de la votación o de los actos posteriores a la misma o con ese fin amenace a los funcionarios electorales;\n\nIV.- Propague de manera pública, noticias falsas en torno al desarrollo de la jornada electoral o de sus resultados;\n\nV.- Asuma cualquier conducta contraria a la ley, que impida la apertura o cierre de la votación o el funcionamiento de la casilla;\n\nVI.- Obtenga o utilice en su calidad de candidato o funcionario partidista, fondos o bienes de cualquier naturaleza, para su campaña electoral, cuya procedencia legal no haya sido demostrada ante las autoridades administrativas electorales competentes;\n\nVII.- Consienta en el desarrollo de las campañas electorales el empleo de símbolos distintivos, signos, emblemas o expresiones verbales o escritas que injurien a las autoridades, a los demás partidos políticos o candidatos o que tiendan a incitar a la violencia o al desorden;\n\nVIII.- Utilice a su favor en los actos de propaganda y proselitismo político, de campaña, los programas públicos de carácter social;\n\n(Reforma publicada mediante p.o. num. 353 3ra. Sección de fecha 09 de febrero de 2012)\n\nIX.- Implemente mecanismos de cualquier naturaleza, con la finalidad de ocultar información a la Comisión de Fiscalización Electoral sobre el uso y destino que haya dado a los recursos públicos empleados para sus actividades permanentes y de campaña; o\n\nX.-Utilice para fines personales, los recursos públicos destinados para el sostenimiento de actividades ordinarias del partido político al que pertenezca, así como aquellos consignados para la realización de actos proselitistas y de campaña, salvo viáticos, alimentos y transportación u otros relacionados de manera directa.\n\nPara el caso de la comisión de los delitos establecidos en las fracciones II, IX y X del presente numeral, la pena prevista en este artículo se aumentara hasta una mitad.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-penal/articulo-484/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-penal/articulo-484.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"chiapas/codigo-penal","numero":"485","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-penal/articulo-485/"},{"ley":"chiapas/codigo-penal","numero":"481","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-penal/articulo-481/"},{"ley":"chiapas/codigo-penal","numero":"483","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-penal/articulo-483/"},{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"406","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-406/"},{"ley":"cdmx/codigo-penal","numero":"356","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-356/"}]}},"cita":"Artículo 484, Código Penal de Chiapas (Chiapas). Texto vigente, última reforma 29 abr 2026. https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-penal/articulo-484/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}