{"ley":{"id":"chihuahua/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Chihuahua","abreviatura":"CCCHIH","titulo":"Código Civil del Estado de Chihuahua","jurisdiccion":"chihuahua","materia":"civil","publicacion_original":"1974-03-23","ultima_reforma":"2024-08-24","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Chihuahua","fuente":"H. Congreso del Estado de Chihuahua — Biblioteca Legislativa (Códigos)","fuente_url":"https://www.congresochihuahua.gob.mx/biblioteca/codigos/","archivo_url":"https://www.congresochihuahua2.gob.mx/biblioteca/codigos/archivosCodigos/13.pdf","sha256":"5a9335eb98124fcdf56c68d5ea7a54736bee3ec18d00589dd23f7b34ee357c8c","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/","notas_verificacion":["21 notas de reforma referidas a encabezados (libro, título o capítulo) no se asignan a ningún artículo","El encabezado de la fuente añade: 'Sentencia SCJN 109/2016'.","Texto tomado del PDF oficial (sin el encabezado repetido de cada página); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco en el PDF.","Las notas editoriales de la fuente entre corchetes ('[Artículo reformado mediante Decreto No. …]') van en nota_reforma del artículo, no en el texto.","art. 257: el rótulo no trae la palabra 'ARTÍCULO' en la fuente ('257. Los cónyuges divorciados…'); se reconoce por posición (entre 256 y 258).","Rótulos agrupados de la fuente ('Artículos 199 y 200 derogados', 'Artículo del 289 al 292. Derogados.'): cada número del grupo se publica como artículo derogado con el rótulo literal como texto (la fuente no trae texto propio para cada uno): 379 al 383 Bis, 2892 al 2893, 2896 al 2900, 2901 al 2913, 2921 al 2936","Transitorios agrupados por el encabezado de cada decreto de reforma ('DECRETO No. …' o 'Publicado en el Periódico Oficial …'); los decretos sin encabezado propio quedan con el decreto anterior."]},"articulo":{"numero":"35","clave":"35","slug":"35","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO. DE LAS PERSONAS","TÍTULO CUARTO. DEL REGISTRO CIVIL","CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES"],"texto":"En el Estado de Chihuahua, la prestación del servicio del Registro Civil, así como la dirección y control del mismo, estará a cargo del Ejecutivo Estatal, a través de la Secretaría de Gobierno. A fin de poder cumplir con esta atribución, la Secretaría de Gobierno contará con las unidades técnicas necesarias, de conformidad con este Código, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la reglamentación que se expida. Los Titulares de dichas dependencias deberán autorizar los actos del estado civil de las personas y extenderán las actas relativas; además, ejercerán las atribuciones que la ley y los reglamentos les concedan.\n\nEl Ejecutivo del Estado, previo convenio con los Ayuntamientos, podrá delegar en éstos la facultad a que se refiere este artículo.","nota":"[Artículo reformado mediante Decreto No. 464-94 I P.O. publicado en el P.O.E. No. 96 del 30 de noviembre de 1994]","url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-35/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-35.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-general-para-la-inclusion-de-las-personas-con-discapacidad","numero":"58","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-para-la-inclusion-de-las-personas-con-discapacidad/articulo-58/"},{"ley":"chihuahua/codigo-civil","numero":"36","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-36/"},{"ley":"nuevo-leon/codigo-civil","numero":"2891","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-civil/articulo-2891/"},{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"2866","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-2866/"},{"ley":"ley-general-de-los-derechos-de-ninas-ninos-y-adolescentes","numero":"139","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-los-derechos-de-ninas-ninos-y-adolescentes/articulo-139/"}]}},"cita":"Artículo 35, Código Civil de Chihuahua (Chihuahua). Texto vigente, última reforma 24 ago 2024. https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-35/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}