{"ley":{"id":"chihuahua/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Chihuahua","abreviatura":"CCCHIH","titulo":"Código Civil del Estado de Chihuahua","jurisdiccion":"chihuahua","materia":"civil","publicacion_original":"1974-03-23","ultima_reforma":"2024-08-24","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Chihuahua","fuente":"H. Congreso del Estado de Chihuahua — Biblioteca Legislativa (Códigos)","fuente_url":"https://www.congresochihuahua.gob.mx/biblioteca/codigos/","archivo_url":"https://www.congresochihuahua2.gob.mx/biblioteca/codigos/archivosCodigos/13.pdf","sha256":"5a9335eb98124fcdf56c68d5ea7a54736bee3ec18d00589dd23f7b34ee357c8c","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/","notas_verificacion":["21 notas de reforma referidas a encabezados (libro, título o capítulo) no se asignan a ningún artículo","El encabezado de la fuente añade: 'Sentencia SCJN 109/2016'.","Texto tomado del PDF oficial (sin el encabezado repetido de cada página); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco en el PDF.","Las notas editoriales de la fuente entre corchetes ('[Artículo reformado mediante Decreto No. …]') van en nota_reforma del artículo, no en el texto.","art. 257: el rótulo no trae la palabra 'ARTÍCULO' en la fuente ('257. Los cónyuges divorciados…'); se reconoce por posición (entre 256 y 258).","Rótulos agrupados de la fuente ('Artículos 199 y 200 derogados', 'Artículo del 289 al 292. Derogados.'): cada número del grupo se publica como artículo derogado con el rótulo literal como texto (la fuente no trae texto propio para cada uno): 379 al 383 Bis, 2892 al 2893, 2896 al 2900, 2901 al 2913, 2921 al 2936","Transitorios agrupados por el encabezado de cada decreto de reforma ('DECRETO No. …' o 'Publicado en el Periódico Oficial …'); los decretos sin encabezado propio quedan con el decreto anterior."]},"articulo":{"numero":"64","clave":"64","slug":"64","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO. DE LAS PERSONAS","TÍTULO CUARTO. DEL REGISTRO CIVIL","CAPÍTULO II. DE LAS ACTAS DE NACIMIENTO"],"texto":"Cuando el hijo nazca de una mujer casada que viva con su marido no podrá atribuirse la paternidad a otro que no sea a aquél, salvo que exista sentencia ejecutoriada que declare el desconocimiento de la misma.\n\nEn aras de proteger el interés superior del menor y a efecto de privilegiar el establecimiento de su verdadera identidad, cuando una mujer casada que se encuentre separada físicamente de su marido, procree un hijo con otro hombre, este podrá reconocerlo como hijo suyo, con el consentimiento de la madre, siempre y cuando esta última compruebe, ante la autoridad judicial competente, en los términos de lo dispuesto por el Código de Procedimientos Civiles, la separación física de su cónyuge por más de 300 días anteriores al nacimiento del hijo. De igual forma, de no mediar el reconocimiento del padre biológico, la mujer estará en posibilidad de llevar a cabo el registro como madre soltera, previa justificación de lo antes señalado.\n\nEn caso de que quien aparezca como el padre no sea el cónyuge de la madre, el acta de nacimiento del hijo no contendrá el estado civil de aquéllos.","nota":"[Artículo reformado mediante Decreto No. 825-2012 II P.O. publicado en el P.O.E. No. 60 del 28 de julio de 2012]","url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-64/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-64.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"chihuahua/codigo-civil","numero":"351","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-351/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"nuevo-leon/codigo-civil","numero":"326","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-civil/articulo-326/"},{"ley":"queretaro/codigo-civil","numero":"361","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-361/"},{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"345","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-345/"},{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"342","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-342/"},{"ley":"chihuahua/codigo-civil","numero":"322","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-322/"}]}},"cita":"Artículo 64, Código Civil de Chihuahua (Chihuahua). Texto vigente, última reforma 24 ago 2024. https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-64/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}