{"ley":{"id":"chihuahua/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Chihuahua","abreviatura":"CCCHIH","titulo":"Código Civil del Estado de Chihuahua","jurisdiccion":"chihuahua","materia":"civil","publicacion_original":"1974-03-23","ultima_reforma":"2024-08-24","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Chihuahua","fuente":"H. Congreso del Estado de Chihuahua — Biblioteca Legislativa (Códigos)","fuente_url":"https://www.congresochihuahua.gob.mx/biblioteca/codigos/","archivo_url":"https://www.congresochihuahua2.gob.mx/biblioteca/codigos/archivosCodigos/13.pdf","sha256":"5a9335eb98124fcdf56c68d5ea7a54736bee3ec18d00589dd23f7b34ee357c8c","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/","notas_verificacion":["21 notas de reforma referidas a encabezados (libro, título o capítulo) no se asignan a ningún artículo","El encabezado de la fuente añade: 'Sentencia SCJN 109/2016'.","Texto tomado del PDF oficial (sin el encabezado repetido de cada página); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco en el PDF.","Las notas editoriales de la fuente entre corchetes ('[Artículo reformado mediante Decreto No. …]') van en nota_reforma del artículo, no en el texto.","art. 257: el rótulo no trae la palabra 'ARTÍCULO' en la fuente ('257. Los cónyuges divorciados…'); se reconoce por posición (entre 256 y 258).","Rótulos agrupados de la fuente ('Artículos 199 y 200 derogados', 'Artículo del 289 al 292. Derogados.'): cada número del grupo se publica como artículo derogado con el rótulo literal como texto (la fuente no trae texto propio para cada uno): 379 al 383 Bis, 2892 al 2893, 2896 al 2900, 2901 al 2913, 2921 al 2936","Transitorios agrupados por el encabezado de cada decreto de reforma ('DECRETO No. …' o 'Publicado en el Periódico Oficial …'); los decretos sin encabezado propio quedan con el decreto anterior."]},"articulo":{"numero":"913","clave":"913","slug":"913","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO. DE LOS BIENES","TÍTULO CUARTO. DE LA PROPIEDAD","CAPÍTULO VI. DE LA COPROPIEDAD"],"texto":"Cuando los diferentes pisos de una casa pertenecieren a distintos propietarios sin que estén sujetos al Régimen de Propiedad en Condominio, y si los títulos de propiedad no arreglan los términos en que deban contribuir a las obras necesarias, se observarán las siguientes reglas:\n\nI. Las paredes maestras, el tejado o azoteas, y las demás cosas de uso común, estarán a cargo de todos los propietarios en proporción al valor de su piso;\n\nII. Cada propietario costeará el suelo de su piso;\n\nIII. El pavimento del portal, puerta de entrada, patio común y obras de policía, comunes a todos, se costearán a prorrata por todos los propietarios;\n\nIV. La escalera que conduce al piso primero se costeará a prorrata entre todos, excepto el dueño del piso bajo; la que desde el primer piso conduce al segundo, se costeará por todos, excepto por los dueños del piso bajo y del primero, y así sucesivamente.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-913/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-913.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"hidalgo/codigo-civil","numero":"1023","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-civil/articulo-1023/"},{"ley":"queretaro/codigo-civil","numero":"942","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-942/"},{"ley":"puebla/codigo-civil","numero":"1084","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-1084/"},{"ley":"guanajuato/codigo-civil","numero":"971","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-971/"},{"ley":"chihuahua/codigo-civil","numero":"952","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-952/"}]}},"cita":"Artículo 913, Código Civil de Chihuahua (Chihuahua). Texto vigente, última reforma 24 ago 2024. https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-913/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}