{"ley":{"id":"coahuila/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Coahuila","abreviatura":"CCCOAH","titulo":"Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza","jurisdiccion":"coahuila","materia":"civil","publicacion_original":"1999-06-25","ultima_reforma":"2026-04-10","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza","fuente":"H. Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza — Leyes vigentes","fuente_url":"https://www.congresocoahuila.gob.mx/epub/leyes","archivo_url":"https://www.congresocoahuila.gob.mx/archivos/epub/captura/8/Codigo%20Civil%20para%20el%20Estado%20de%20Coahuila%20de%20Zaragoza.pdf","sha256":"981ea65bbe8f4b0efbd2f22e39441af078b546ea38cac72e4e7bfaddc0861999","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/","notas_verificacion":["8 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","72 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","número de artículo repetido en la fuente: 728 (orden 762 y 763); el segundo se publica con clave '728-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 735 (orden 770 y 771); el segundo se publica con clave '735-dup2'","Texto tomado del PDF oficial; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página de cada hoja.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio."]},"articulo":{"numero":"113","clave":"113","slug":"113","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO. DEL DERECHO DE LAS PERSONAS","TÍTULO SEGUNDO. DE LAS PERSONAS FÍSICAS","CAPÍTULO IX. DE LOS AUSENTES E IGNORADOS","SECCIÓN PRIMERA. DE LA AUSENCIA"],"texto":"El representante del ausente será su cónyuge; pero a falta de éste o si está impedido, el juez elegirá de entre los hijos mayores de edad del ausente al que estime más apto, o en su defecto al ascendiente más próximo en grado o a alguno de los presuntos herederos que sean mayores de edad, y si no hubiere ninguno conocido, nombrará a una persona domiciliada en el lugar del juicio que llene los requisitos que este código exige para los tutores.\n\n(ADICIONADO, P.O. 18 DE OCTUBRE DE 2019)\n\nSon aplicables por analogía al representante, las disposiciones que este código establece para los tutores.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-113/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-113.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"jalisco/codigo-civil","numero":"95","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-civil/articulo-95/"},{"ley":"estado-de-mexico/codigo-civil","numero":"4.367","epigrafe":"Incomparecencia de presuntos herederos del ausente","url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-civil/articulo-4-367/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"465","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-465/"},{"ley":"nuevo-leon/codigo-civil","numero":"484","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-civil/articulo-484/"},{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"481","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-481/"}]}},"cita":"Artículo 113, Código Civil de Coahuila (Coahuila). Texto vigente, última reforma 10 abr 2026. https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-113/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}