{"ley":{"id":"coahuila/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Coahuila","abreviatura":"CCCOAH","titulo":"Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza","jurisdiccion":"coahuila","materia":"civil","publicacion_original":"1999-06-25","ultima_reforma":"2026-04-10","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza","fuente":"H. Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza — Leyes vigentes","fuente_url":"https://www.congresocoahuila.gob.mx/epub/leyes","archivo_url":"https://www.congresocoahuila.gob.mx/archivos/epub/captura/8/Codigo%20Civil%20para%20el%20Estado%20de%20Coahuila%20de%20Zaragoza.pdf","sha256":"981ea65bbe8f4b0efbd2f22e39441af078b546ea38cac72e4e7bfaddc0861999","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/","notas_verificacion":["8 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","72 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","número de artículo repetido en la fuente: 728 (orden 762 y 763); el segundo se publica con clave '728-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 735 (orden 770 y 771); el segundo se publica con clave '735-dup2'","Texto tomado del PDF oficial; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página de cada hoja.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio."]},"articulo":{"numero":"1460","clave":"1460","slug":"1460","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO CUARTO. DE LOS BIENES, DE LOS DERECHOS REALESY DE LA POSESIÓN","TÍTULO TERCERO. DE LAS DIFERENTES CLASES DE DERECHOS REALES","CAPÍTULO I. DE LA PROPIEDAD","SECCIÓN QUINTA. DEL DERECHO Y DE LAS RELACIONES DE VECINDAD"],"texto":"El titular de la renta puede exigir en todo momento que el obligado a la misma, a cambio de la transmisión de la propiedad de la parte invadida de la finca, le indemnice el valor que esta parte tenía al tiempo de la extralimitación.\n\nSi hace uso de esta facultad, se determinarán los derechos y obligaciones de ambas partes según las disposiciones sobre la compraventa.\n\nLa renta ha de seguirse satisfaciendo por el tiempo que medie hasta la transmisión de la propiedad.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-1460/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-1460.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"coahuila/codigo-civil","numero":"1458","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-1458/"},{"ley":"coahuila/codigo-civil","numero":"2844","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-2844/"},{"ley":"nuevo-leon/codigo-civil","numero":"2303","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-civil/articulo-2303/"},{"ley":"hidalgo/codigo-civil","numero":"2396","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-civil/articulo-2396/"},{"ley":"sonora/codigo-civil","numero":"2676","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/articulo-2676/"}]}},"cita":"Artículo 1460, Código Civil de Coahuila (Coahuila). Texto vigente, última reforma 10 abr 2026. https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-1460/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}