{"ley":{"id":"coahuila/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Coahuila","abreviatura":"CCCOAH","titulo":"Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza","jurisdiccion":"coahuila","materia":"civil","publicacion_original":"1999-06-25","ultima_reforma":"2026-04-10","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza","fuente":"H. Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza — Leyes vigentes","fuente_url":"https://www.congresocoahuila.gob.mx/epub/leyes","archivo_url":"https://www.congresocoahuila.gob.mx/archivos/epub/captura/8/Codigo%20Civil%20para%20el%20Estado%20de%20Coahuila%20de%20Zaragoza.pdf","sha256":"981ea65bbe8f4b0efbd2f22e39441af078b546ea38cac72e4e7bfaddc0861999","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/","notas_verificacion":["8 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","72 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","número de artículo repetido en la fuente: 728 (orden 762 y 763); el segundo se publica con clave '728-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 735 (orden 770 y 771); el segundo se publica con clave '735-dup2'","Texto tomado del PDF oficial; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página de cada hoja.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio."]},"articulo":{"numero":"1889","clave":"1889","slug":"1889","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO QUINTO. DE LOS HECHOS, LOS ACTOS Y LOS NEGOCIOS JURÍDICOS","TÍTULO SEGUNDO. DE LOS ACTOS JURÍDICOS NOMINADOS QUE GENERAN OBLIGACIONES","CAPÍTULO IV. DE LOS ILÍCITOS CIVILES","SECCIÓN QUINTA. DE LA CUANTIFICACIÓN Y REPARACIÓN DEL DAÑO"],"texto":"Si no existe una percepción fija, la indemnización se calculará por peritos, quienes a este fin tomarán en cuenta las capacidades y aptitudes de la víctima en relación con su profesión, arte, oficio, trabajo o actividad a la que normalmente se dedique; pero si los elementos de que en el caso dispongan los peritos resultaren insuficientes para emitir un dictamen debidamente fundado, lo mismo en el caso de\n\nque la víctima no disfrute de ninguna percepción o no desarrolle ninguna actividad productiva, la indemnización de los perjuicios se calculará sobre la base del salario mínimo más alto que esté en vigor en la región, en la época en que el lesionado deje de trabajar.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-1889/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-1889.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"nuevo-leon/codigo-civil","numero":"1812 Bis I","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-civil/articulo-1812-bis-i/"},{"ley":"ley-general-de-victimas","numero":"153","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-victimas/articulo-153/"},{"ley":"puebla/codigo-civil","numero":"1994","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-1994/"},{"ley":"puebla/codigo-civil","numero":"1993","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-1993/"},{"ley":"nuevo-leon/codigo-civil","numero":"1813 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-civil/articulo-1813-bis/"}]}},"cita":"Artículo 1889, Código Civil de Coahuila (Coahuila). Texto vigente, última reforma 10 abr 2026. https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-1889/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}