{"ley":{"id":"coahuila/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Coahuila","abreviatura":"CCCOAH","titulo":"Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza","jurisdiccion":"coahuila","materia":"civil","publicacion_original":"1999-06-25","ultima_reforma":"2026-04-10","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza","fuente":"H. Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza — Leyes vigentes","fuente_url":"https://www.congresocoahuila.gob.mx/epub/leyes","archivo_url":"https://www.congresocoahuila.gob.mx/archivos/epub/captura/8/Codigo%20Civil%20para%20el%20Estado%20de%20Coahuila%20de%20Zaragoza.pdf","sha256":"981ea65bbe8f4b0efbd2f22e39441af078b546ea38cac72e4e7bfaddc0861999","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/","notas_verificacion":["8 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","72 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","número de artículo repetido en la fuente: 728 (orden 762 y 763); el segundo se publica con clave '728-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 735 (orden 770 y 771); el segundo se publica con clave '735-dup2'","Texto tomado del PDF oficial; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página de cada hoja.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio."]},"articulo":{"numero":"3629","clave":"3629","slug":"3629","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO OCTAVO. DEL REGISTRO PUBLICO","TÍTULO QUINTO. DEL FUNCIONAMIENTO Y EFECTOS DEL REGISTRO","CAPÍTULO II. DE LAS PERSONAS QUE TIENEN DERECHO DE PEDIR LA INSCRIPCIÓN Y DE LA CALIFICACIÓN REGISTRAL (REFORMADO, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2014)"],"texto":"El Coordinador Jurídico de la oficina registral correspondiente, calificará bajo su responsabilidad los documentos que se presenten para la práctica de alguna inscripción o anotación, la que suspenderá o denegará en los casos siguientes:\n\nI. Cuando el título presentado no sea de los que deben inscribirse o anotarse.\n\nII. Cuando el documento no revista las formas extrínsecas que establezca la ley.\n\nIII. Cuando los funcionarios ante quienes se haya otorgado o ratificado el documento, no hayan hecho constar la capacidad de los otorgantes o cuando sea notoria la incapacidad de éstos.\n\nIV. Cuando el contenido del documento sea contrario a las leyes prohibitivas o de interés público.\n\n(REFORMADA, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2014)\n\nV. Cuando haya incompatibilidad entre el texto del documento y los asientos del Registro Público del Estado de Coahuila de Zaragoza.\n\nVI. Cuando no se individualicen los bienes del deudor sobre los que se constituya un derecho real, o cuando no se fije la cantidad máxima que garantice un gravamen en el caso de obligaciones de monto indeterminado.\n\nVII. Cuando falte algún otro requisito que deba llenar el documento de acuerdo con este código u otras leyes aplicables","nota":"(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2014)","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-3629/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-3629.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"3021","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-3021/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"3003","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-3003/"},{"ley":"guanajuato/codigo-civil","numero":"2511","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-2511/"},{"ley":"codigo-de-comercio","numero":"31","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-31/"},{"ley":"nuevo-leon/codigo-civil","numero":"2905","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-civil/articulo-2905/"}]}},"cita":"Artículo 3629, Código Civil de Coahuila (Coahuila). Texto vigente, última reforma 10 abr 2026. https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-3629/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}