{"ley":{"id":"coahuila/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Coahuila","abreviatura":"CCCOAH","titulo":"Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza","jurisdiccion":"coahuila","materia":"civil","publicacion_original":"1999-06-25","ultima_reforma":"2026-04-10","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza","fuente":"H. Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza — Leyes vigentes","fuente_url":"https://www.congresocoahuila.gob.mx/epub/leyes","archivo_url":"https://www.congresocoahuila.gob.mx/archivos/epub/captura/8/Codigo%20Civil%20para%20el%20Estado%20de%20Coahuila%20de%20Zaragoza.pdf","sha256":"981ea65bbe8f4b0efbd2f22e39441af078b546ea38cac72e4e7bfaddc0861999","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/","notas_verificacion":["8 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","72 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","número de artículo repetido en la fuente: 728 (orden 762 y 763); el segundo se publica con clave '728-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 735 (orden 770 y 771); el segundo se publica con clave '735-dup2'","Texto tomado del PDF oficial; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página de cada hoja.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio."]},"articulo":{"numero":"3671","clave":"3671","slug":"3671","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO OCTAVO. DEL REGISTRO PUBLICO","TÍTULO QUINTO. DEL FUNCIONAMIENTO Y EFECTOS DEL REGISTRO","CAPÍTULO VI. DE LA EXTINCIÓN DE LAS INSCRIPCIONES Y DE LAS ANOTACIONES"],"texto":"La cancelación de las inscripciones de hipoteca constituidas en garantía de títulos transmisibles por endoso, puede hacerse;\n\nI. Presentándose la escritura otorgada por los que hayan cobrado los créditos, en la cual debe constar haberse inutilizado en el acto de su otorgamiento los títulos endosables.\n\nII. Por solicitud firmada por dichos interesados y por el deudor, a la cual se acompañen inutilizados los referidos títulos.\n\nIII. Por ofrecimiento de pago y consignación del importe de los títulos, hechos de acuerdo con las disposiciones relativas.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-3671/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-3671.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"3038","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-3038/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"3038","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-3038/"},{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"2906","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-2906/"},{"ley":"nuevo-leon/codigo-civil","numero":"2931","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-civil/articulo-2931/"},{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"3039","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-3039/"}]}},"cita":"Artículo 3671, Código Civil de Coahuila (Coahuila). Texto vigente, última reforma 10 abr 2026. https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-3671/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}