{"ley":{"id":"coahuila/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Coahuila","abreviatura":"CCCOAH","titulo":"Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza","jurisdiccion":"coahuila","materia":"civil","publicacion_original":"1999-06-25","ultima_reforma":"2026-04-10","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza","fuente":"H. Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza — Leyes vigentes","fuente_url":"https://www.congresocoahuila.gob.mx/epub/leyes","archivo_url":"https://www.congresocoahuila.gob.mx/archivos/epub/captura/8/Codigo%20Civil%20para%20el%20Estado%20de%20Coahuila%20de%20Zaragoza.pdf","sha256":"981ea65bbe8f4b0efbd2f22e39441af078b546ea38cac72e4e7bfaddc0861999","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/","notas_verificacion":["8 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","72 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","número de artículo repetido en la fuente: 728 (orden 762 y 763); el segundo se publica con clave '728-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 735 (orden 770 y 771); el segundo se publica con clave '735-dup2'","Texto tomado del PDF oficial; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página de cada hoja.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio."]},"articulo":{"numero":"767","clave":"767","slug":"767","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO TERCERO. DEL DERECHO HEREDITARIO","TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES PRELIMINARES"],"texto":"El coheredero que quiera vender a un extraño su derecho hereditario debe notificar a los demás coherederos por medio de notario, judicialmente o por medio de dos testigos, las bases o condiciones en que se ha concertado la venta, a fin de que aquéllos, dentro del término de diez días naturales, hagan uso del derecho del tanto.\n\nSi los herederos hacen uso de este derecho, el vendedor está obligado a consumar la venta a su favor, conforme a las bases concertadas. Por el solo transcurso de dichos diez días sin hacerlo valer, caduca el derecho del tanto. La venta será nula si se hace omitiéndose la notificación prescrita en este artículo, o en circunstancias, condiciones o términos distintos al contenido de la notificación.\n\nEl derecho del tanto concedido en el párrafo anterior no podrá hacerse valer si la enajenación se hizo a un coheredero.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-767/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-767.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"chihuahua/codigo-civil","numero":"1194","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-1194/"},{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"1292","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-1292/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"1292","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-1292/"},{"ley":"hidalgo/codigo-civil","numero":"1273","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-civil/articulo-1273/"},{"ley":"queretaro/codigo-civil","numero":"1185","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-1185/"}]}},"cita":"Artículo 767, Código Civil de Coahuila (Coahuila). Texto vigente, última reforma 10 abr 2026. https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-767/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}