{"ley":{"id":"coahuila/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Coahuila","abreviatura":"CPCOAH","titulo":"Código Penal de Coahuila de Zaragoza","jurisdiccion":"coahuila","materia":"penal","publicacion_original":"2017-10-27","ultima_reforma":"2026-05-19","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza","fuente":"H. Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza — Leyes vigentes","fuente_url":"https://www.congresocoahuila.gob.mx/epub/leyes","archivo_url":"https://congresocoahuila.gob.mx/transparencia/03/Leyes_Coahuila/coa08_Nuevo_Codigo.pdf","sha256":"b8e0b7c2335e25a54015151a8737b5bcc7e40a24706f346b161202ca605f57b1","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/","notas_verificacion":["1 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","6 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","1 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","Texto tomado del PDF oficial; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página de cada hoja.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","El rótulo trae el epígrafe entre paréntesis ('Artículo 30 (Tipo penal)'): se publica como epígrafe sin los paréntesis."]},"articulo":{"numero":"128","clave":"128","slug":"128","epigrafe":"Legitimación activa y vías alternas para pedir la reparación","estado":"vigente","ubicacion":["Libro Primero. Disposiciones generales","Quinta Parte. Persecución de los delitos culposos","Título Quinto. Consecuencias jurídicas del delito","Capítulo Décimo. Reparación del daño","Sección Segunda. Vías alternas y legitimados subsidiarios para la reparación del daño"],"texto":"La legitimación activa y las vías alternas para pedir la reparación se sujetarán a las pautas siguientes:\n\nI. (Petición de la reparación del daño en la vía civil por víctimas u ofendidos)\n\nCuando la víctima u ofendido pida la reparación del daño en la vía civil, la pretensión resarcitoria se desincorporará de la acción penal. Lo mismo se observará respecto a los terceros que realizaron gastos para auxiliar a la víctima u ofendidos.\n\nII. (Víctimas indirectas legitimadas para pedir la reparación del daño cuando muera la víctima directa)\n\nCuando la víctima muera, tendrán derecho a la reparación del daño, en orden de prelación: 1) Quienes dependían económicamente del ofendido, junto con quienes tengan derecho a alimentos conforme a la ley, concurriendo con derechos iguales, y, 2) los herederos.\n\nIII. (Reparación del daño exigible a terceros obligados)\n\nCuando dicha reparación se exija a terceros obligados, tendrá el carácter de responsabilidad civil, exigible por esa vía. Sin embargo, ello no impedirá para que si en el proceso penal se condena a la persona imputada a la reparación del daño, los terceros obligados también sean condenados, siempre y cuando el ministerio público, o la víctima u ofendido hayan pedido la reparación contra alguno de aquéllos, precisando los conceptos de misma, a más tardar dentro de los siguientes cinco días de que se haya dictado auto de vinculación a proceso, y para tal efecto soliciten audiencia, con cita al tercero obligado, para que tenga oportunidad de preparar su defensa, y en la audiencia del juicio o en la de\n\nindividualización de penas y de reparación, pueda probar y alegar en contra, tanto respecto a su calidad, como en cuanto al daño o su monto.\n\nIV. (Obligación civil de reparar el daño para el inimputable que lo cause)\n\nLa reparación del daño se considerará obligación civil para el inimputable que lo cause y para los terceros obligados a su custodia. La reparación podrá pedirse por quienes resintieron directamente el daño ocasionado por el hecho realizado por el inimputable o por el titular del bien jurídico afectado.\n\nV. (Legitimados a pedir la reparación del daño, cuando la víctima no pueda pedirla)\n\nEn el caso en que quien resintió el daño o el titular del bien no pudiera pedir personalmente la reparación, se considerarán como legitimados a los familiares de aquéllos, en el orden de prelación que señala el Código Nacional de Procedimientos Penales respecto a los familiares de las víctimas directas.\n\nEn los casos de las dos fracciones anteriores, los legitimados podrán pedir la reparación en el procedimiento para inimputables si así lo permite la ley, o bien en el procedimiento penal o en la vía civil.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-128/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-128.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"estado-de-mexico/codigo-penal","numero":"27","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-penal/articulo-27/"},{"ley":"ley-general-para-prevenir-sancionar-y-erradicar-los-delitos-en-materia-de-trata-de-personas","numero":"50","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-para-prevenir-sancionar-y-erradicar-los-delitos-en-materia-de-trata-de-personas/articulo-50/"},{"ley":"baja-california/codigo-penal","numero":"180 Quater","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-180-quater/"},{"ley":"estado-de-mexico/codigo-penal","numero":"26","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-penal/articulo-26/"},{"ley":"jalisco/codigo-penal","numero":"34","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-penal/articulo-34/"}]}},"cita":"Artículo 128, Código Penal de Coahuila (Coahuila). Texto vigente, última reforma 19 may 2026. https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-128/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}